La Contratación Pública en España es uno de los motores económicos de nuestro país. Pese al momento de crisis en el que nos encontramos aún alcanza sobre el 10 % del PIB. En este escenario y para prevenir pleitos y conflictos complejos, AEADE  ha puesto en marcha en colaboración con diferentes juristas relacionados con la administración pública el Tribunal de Arbitraje de la Contratación Pública,  TACOP, una entidad presidida por el prestigioso jurista Alberto Dorrego, años atrás Director Gnal de Modernización de la Justicia.” Impulsar el arbitraje en la contratación pública supone, e n primer lugar suponer poder tener solucionados aquellas controversias jurídicas via arbitral en plazos más cortos en relación con los propios de la jurisdicción contencioso administrativa. “explica Dorrego.  “Además sacar el conflicto del ámbito jurisdiccional es evidente que elimina las tensiones propias cuando lo trasladas al campo arbitral. Creo que al final le aporta muchas mas garantías tanto a la administración como a los propios operadores privados.”

TACOP ,configurado como un comité especializado de Aeade, está llamado a conocer de las controversias relativas a la ejecución, modificación y extinción de los contratos adjudicados por entes, organismos o entidades del sector público que no tengan carácter de Administraciones públicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 320 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público. “Ello incluye la totalidad de las entidades públicas empresariales y sociedades públicas, así como un diverso grupo de entes del sector público, que actúan contractualmente en régimen de derecho privado, vinculados a la Administración General del Estado, a las Comunidades Autónomas y a todas las entidades locales españolas (municipios, provincias e islas).”subraya su presidente . Desde su punto de vista esta iniciativa tiene visos de exportarse sin demasiados problemas al ámbito autónomico :” la Ley de Contratos del Estado con muy pocas variaciones se aplique de forma similar en comunidades autónomas y entidades locales.Todo esto hace que exista unas prácticas; una doctrina y un cuerpo legislativo que sea común a todo el sector público español. En este contexto que TACOP amplie su actividad entraría dentro de lo lógico”.

Alberto Dorrego de Carlos es   Abogado y Socio-Director de EIUS, firma legal especializada en Derecho Administrativo y Sectores Regulados, y, en particular, en el desarrollo, construcción y explotación de infraestructuras públicas, estructuras de colaboración público-privada (PPP) para la gestión de servicios públicos y contratación administrativa. Asimismo desarrolla unaimportante actividad profesional en el ámbito regulatorio de los transportes, energía, telecomunicaciones, y las tecnologías de la información (TIC).

Nuestro entrevistado  es Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. En 1991 ingresó por oposición en el Cuerpo de Letrados de las Cortes Generales, habiendo estado destinado como tal durante varios años en la Comisión de Justicia e Interior y en la Comisión de Administraciones Públicas del Congreso de los Diputados y en la Comisión de industria del Senado. Actualmente se encuentra en situación de excedencia.

En las Cortes Generales ha desempeñado también el cargo de Director de Gobierno Interior del Senado (1995) y el de Director de Comisiones del Congreso de los Diputados (1996-2002), con la función de coordinar la actividad legislativa de la Cámara. Asimismo, entre 2004 y 2005 desempeño el cargo de Secretario General Adjunto del Congreso de los Diputados.

Entre 2002 y 2004 ocupó el cargo de Director General para la Modernización de la Administración de Justicia del Ministerio de Justicia, desde donde impulsó y coordinó importantes reformas legislativas del sistema jurídico español y numerosos proyectos de modernización de la organización judicial.

Dorrego es  autor de numerosas obras jurídicas, particularmente en materia de Derecho público español. Destacan en este ámbito sus diversos comentarios a la legislación de contratos administrativos y la reciente publicación en 2009 por la editorial LA LEY- WOLTERS KLUWER, junto con otros colaboradores, de uno de los mas conocidos tratados españoles en materia de PPP titulado “ La Colaboración Público-Privada en la Ley de Contratos del Sector Público: aspectos administrativos y financieros”. Es asimismo autor de numerosos artículos en revistas jurídicas especializadas. Colaborador habitual en prensa escrita y otros medios de comunicación.

Alberto Dorrego participa asiduamente en Cursos, encuentros científicos, seminarios y ponencias en materias jurídicas de su especialidad en Derecho público español, así como sobre cuestiones relacionadas con el sistema constitucional, la Institución parlamentaria y la Administración de Justicia, en las que cuenta con una amplia experiencia profesional.

El presidente de TACOP también tiene una vertiente docente:  Entre 1993 y 2002 ejerció la docencia como profesor de Derecho Administrativo de la Universidad Pontificia de Comillas-ICADE y de la Universidad Carlos III de Madrid. Asimismo ha sido profesor de Derecho Comunitario Europeo del Colegio Universitario San Pablo-CEU.

Respecto a condecoraciones y premios  Ostenta la Cruz de Honor de la Orden de San Raimundo de Peñafort, concedida por el Ministro de Justicia en 2004, entre las más destacadas

Sr. Dorrego, un experto como usted en derecho administrativo, ¿por qué aceptó el ofrecimiento de presidir esta institución arbitral?

Tengo que reconocer que esta iniciativa está empujada por diferentes profesionales del derecho administrativo que veníamos trabajando mucho tiempo en esta dirección.  Acepté el cargo de presidente del Comité de Designación de esta entidad por la ilusión que tengo en el proyecto. Creo que puede ser una iniciativa muy interesante para este sector

¿Qué objetivos se han marcado en este primer año de vida de esta entidad?

Sobre todo convencer tanto a los operadores públicos como a las empresas privadas de la necesidad de dirimir sus posibles disputas via arbitral. Creo que el arbitraje es una buena solución para las controversias que surjan en la ejecución de los contratos públicos. Sus usuarios podrán disfrutar de las ventajas de este método extrajudicial. Por todo ello queremos ganarnos la confianza de todos los operadores de este sector de tal forma que puedan incluir nuestra cláusula arbitral en los contratos que se rubriquen

TACOP es una iniciativa en la que esta inmersa AEADE, Corte Arbitral que viene diversificando su actividad. ¿Cree que esta estrategia es la mejor para posicionarse en el mercado del arbitraje?

En mi opinión si. El arbitraje requiere especialización. Y las Cortes son creíbles en la medida que cuentan con árbitros expertos en materias concretas de litigio y con contrastada experiencia. Así pasa en el sector público del que estamos hablando.

Ser creíble y generar confianza en aquellas empresas que se van a someter a tu convenio arbitral pasa de forma ineludible por tener árbitros especialistas y con experiencia en esa materia.

AEADE está desarrollando diferentes iniciativas en el arbitraje en sectores como el bancario; transporte o en la contratación pública. Creo que es el mejor camino para difundir el arbitraje en nuestro país desde la especialización.

¿Cuáles son las ventajas que va a suponer la actuación de TACOP en el ámbito de la contratación pública?

Son varias e importantes. En primer lugar suponer poder tener solucionados aquellas controversias jurídicas via arbitral en plazos más cortos en relación con los propios de la jurisdicción contencioso administrativa.

Además sacar el conflicto del ámbito jurisdiccional es evidente que elimina las tensiones propias cuando lo trasladas al campo arbitral. Creo que al final le aporta muchas mas garantías tanto a la administración como a los propios operadores privados.

Creo que sobre todo su aplicación se verá más clara en aquellos proyectos donde exista una estrecha colaboración de los entes públicos con los privados. En este caso los propios inversores internacionales tienen la seguridad del arbitraje para que esos proyectos se lleven a cabo sin problemas importantes en unos plazos bastante cortos de tiempo.

Desde fuera, Sr Dorrego da la sensación que la propia administración prefiere litigar que ir al arbitraje como método de controversia, ¿Cómo habrá que actuar para fomentar la práctica arbitral en el sector público?

Creo que esa afirmación que usted hace es algo tópica. Los hechos demuestran que no siempre es así.  En general la contratación pública es poco litigiosos como sector. Es cierto que muchos de los fallos judiciales benefician a la administración pero en ello no debe ver nada raro.

De todas formas creo que al propio sector público tampoco le conviene la demora y que se eternicen las disputas en materia de contratación pública.  Al final lo que se pretende es que estas relaciones empresariales sean jurídicamente previsibles y ciertas

Como bien sabe se acaba de hacer una reforma en la Ley de Arbitraje, ¿no cree que se ha perdido una oportunidad para impulsar esta iniciativa en el sector público?

Como bien sabe gracias a la legislación de contratación del sector público es posible dirimir los conflictos entre la administración y los empresarios privados.  Esta es una oportunidad se que incorpora a la Ley de Contratos del 2007 y que entra en vigor un año despúes. Supone el desarrollo del arbitraje en aquellos contratos que se ejecutan en aquellas entidades que no sean de forma estricta administración publica. No es por tanto un arbitraje abierto si hablamos en este sentido.

Nosotros estamos satisfechos de este marco normativo aunque creemos que es insuficiente viendo la coyuntura actual.  Creemos que el ámbito del arbitraje puede crecer con el paso del tiempo

En estos momentos creo que tenemos que dar buena respuesta a lo que ya está operativo. Hay que realizar buenos arbitrajes técnicamente, que sean solventes y creíbles.  Estoy seguro que si lo hacemos así las oportunidades que vengan del futuro serán notables.

¿ Y será posible exportar este sistema al modelo autonómico español tan heterogéneo?

Creo que se podrá hacer, tenemos mucha confianza en ello.  Hay una ventaja en estos temas es que la legislación de contratación pública es uniforme en nuestro país frente a la dispersión normativa que tenemos en otros sectores, propio de nuestro estado autonómico. Esto hace que la Ley de Contratos del Estado con muy pocas variaciones se aplique de forma similar en comunidades autónomas y entidades locales.

Todo esto hace que exista unas prácticas; una doctrina y un cuerpo legislativo que sea común a todo el sector público español. En este contexto será factible que una entidad como TACOP pueda extender su actividad a este contexto del que estamos hablando.

En este sentido puedo señalarle que la composición de TACOP a nivel de árbitros es muy plural.  Si se analiza nuestro listado de árbitros se puede comprobar que hay grandes juristas en materia de contratación pública que proceden prácticamente de todas las comunidades autónomas.

Hablaba de los árbitros de TACOP, ¿Cuál ha sido el criterio de selección de estos profesionales, muchos de ellos juristas de gran experiencia?

Sobre todo nos hemos centrado en el criterio de excelencia profesional.  Los rasgos que definen a nuestra lista arbitral tiene que ver con su amplia experiencia en el derecho público en general, y en la contratación pública en particular.  Todo ello hace que su conocimiento del sector sea profundo e importante.

Estamos hablando de una lista abierta: aquellos profesionales que tengal la experiencia y cualificación profesional adecuada podrán integrarse en la misma.

Respecto a las designaciones esperamos ser todo lo transparentes que se nos demanda, de tal forma que todos los árbitros que pertenecen a esta Corte sepan a qué atenerse. Creemos que así deben ser las reglas del juego

Al final la lista que hemos diseñado es bastante interesante y solvente. En ella tenemos tres grandes grupos profesionales;  en primer lugar tenemos los socios de derecho público de las principales firmas legales españolas,  profesionales de induscitible valía y reconocimiento en este sector.

Por otro lado también contamos con grandes Catedráticos especialistas en derecho administrativo, con una larga trayectoria lo que avala su independencia profesional y, por ultimo despachos más pequeños con profesionales solventes que en muchos casos fueron  altos funcionarios de la admon pública y que cuentan con una amplia experiencia en el funcionamiento de la propia administración

¿Cuál es su opinión sobre la postura del Ministerio de Justicia de identificar la mejora de la justicia con el desarrollo de los métodos extrajudiciales en España, no son dos cosas diferentes con poca coincidencia?

La reforma de la administración de justicia sigue siendo un tema que me interesa y del que reflexiono con frecuencia. Creo que en este contexto el arbitraje debe ocupar un papel importante al igual que resto de métodos extrajudiciales que conocemos.

Creo que el arbitraje está razonablemente bien regulado gracias a la ley del 2003 y a su posterior reforma de hace unas semanas. Sin embargo creo que hay que dar pasos adicionales y decisivos, tanto en el campo de la mediación, sobre todo en los terrenos de mediación obligatoria, ahora vedados al arbitraje.

Habría además que trabajar más de forma intensiva todos aquellos sistemas que resuelven controversias de forma previa a la via jurisdiccional, es el caso de la via administrativa donde la experiencia de los tribunales económicos administrativos ha sido buena iniciativa. Hay que explorar esta vía en la función pública o en la propia potestad sancionadora de  la administración.   Creo que esta iniciativa debe se  clave en cualquier proceso de reforma de la justicia que se ponga en marcha

La justicia tiene muchos problemas. Creo que uno de los más significativos es su excesiva litigiosidad.  Según los datos del Consejo de Europa sobre estos temas, estamos a la cabeza en estos asuntos, lo cual no deja de ser preocupante.

La litigosidad debe abordarse desde una doble perspectiva; una que analice los costes de  acceso a la justicia en toda sus vertientes y por otro lado desde el uso de los medios alternativos a los propios judiciales, como puedan ser el arbitraje y la mediación

 

 

 

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