¿Qué establece la nueva ley de Sociedades Profesionales?

El 16 de junio de 2007 entró en vigor la Ley 2/2007, de Sociedades Profesionales. Establece un régimen jurídico para estas organizaciones que antes no existía e introduce garantías jurídicas en sus actividades.

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30/09/09 , Redacción | sin comentarios

1 - La Ley de Sociedades Profesionales procura la aparición de una nueva clase de profesional colegiado, que es la propia sociedad profesional, mediante su constitución con arreglo a la Ley e inscripción en el Registro de Sociedades Profesionales del Colegio Profesional correspondiente.

2 - Se trata de sociedades externas para el ejercicio de las actividades profesionales a las que se imputa tal ejercicio realizado por su cuenta y bajo su razón o denominación social.

3 - La sociedad profesional objeto de la Ley es aquella que se constituye en centro subjetivo de imputación del negocio jurídico que se establece con el cliente o usuario, atribuyéndole los derechos y obligaciones que nacen del mismo, y, además, los actos propios de la actividad profesional de que se trate son ejecutados o desarrollados directamente bajo la razón o denominación social.

4 - Tres sociedades quedan afuera de este ámbito:

a) De medios: que tienen por objeto compartir infraestructura y distribuir costes.

b) De comunicación de ganancias.

c) De intermediación: que sirven de canalización o comunicación entre el cliente y el profesional (que realiza efectivamente la actividad profesional ya sea como socio o como asalariado).

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