Catalina GarayNacida en Melilla y licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona, Catalina Garay es un claro ejemplo de la internacionalización en el sector de la abogacía. Antes de terminar la carrera ya había trabajado como investigadora en la Universidad de Harvard, pero ha sido en Berlín donde esta letrada especializada en derecho penal e internacional privado ha decidido sentar su carrera profesional, como socia del despacho Gülpen & Garay. 

Garay aprendió alemán porque en su momento lo consideró un idioma relevante para un jurista. Tras dos décadas en el país germánico, no solo es una gran defensora de la forma de trabajar de ese territorio, sino que preside la Asociación de Abogados Alemanes en España, desde su creación en junio de 2011.

La entidad ha celebrado este mes su II Congreso bianual, en el Parador de Segovia, donde reconocidos juristas de ambos países hablaron sobre la amnistía fiscal y la autodenuncia, en una interesante comparación jurídica, y sobre las funciones del juez o fiscal instructor.

En el encuentro participaron ponentes de la talla de Antonio Moral García, magistrado de la sala 2a del tribunal supremo; Nielson Sánchez-Stewart, Doctor en Derecho y Presidente de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales del CGAE o José Antonio Martín Pallín, Magistrado emérito de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, entre otros.

Pregunta: ¿Cuándo nace la Asociación de Abogados Alemanes (DAV)?

Respuesta: Su origen se sitúa en 1871, una fecha muy importante para Alemania, porque es el año en que el país se unifica por primera vez. La DAV nace de la fusión entre la Asociación de Abogados Bávaros y la Asociación de Abogados Prusianos, que eran las dos más grandes. La DAV es la primera forma que tiene la abogacía alemana de autorregularse, también deontológicamente, y no es hasta 30 o 40 años más tarde cuando nacen los colegios de abogados.

¿Qué relación se establece entre la DAV y los colegios de abogados alemanes?

Los colegios se forman en figuras jurídicas de derecho público mientras que la DAV sigue siendo una asociación autónoma, en la que sus miembros se adhieren a ella voluntariamente. La convivencia entre ambas entidades ha sido mejor o peor en función de la época, y de quién preside el Colegio Federal de Abogados, el órgano rector de todos los colegios – equivalente al CGAE -.

Hay un pacto no escrito por el que los colegios de abogados asumen la parte deontológica y de protección al consumidor, así como la colegiación obligatoria y coordinación de la mutualidad de abogados. En cambio, la DAV asume las competencias de formación continuada, de manera que los cursos y exámenes para otorgar títulos de abogado especialista son responsabilidad de la entidad. Sin embargo, la actividad más importante de la DAV es la promoción y defensa de la abogacía.

¿Cuándo se decide crear la asociación en España?

DAV Spanien nace porque me lo piden. “Si se tiene que hacer en España, tiene que hacerlo la Garay”, dijeron. Pero antes ya había delegaciones en Italia, Gran Bretaña, Francia y Portugal.

Nosotros, España y Portugal, fuimos los que promovimos de que la DAV en el extranjero se admitiera como socios de pleno derecho también a los locales, ya que antes todas las delegaciones exigían que tuvieras una colegiación en Alemania como ‘Rechtsanwalt’, que no es lo mismo que colegiarse con el título de origen. Nosotros ya hemos empezado haciendo revolución.

¿Cuántos miembros tiene DAV Spanien?

Tenemos 2 años y algunos meses de vida y actualmente sumamos entre 30 y 40 miembros. Es un número pequeño, pero es que los socios son gente que tiene un interés más complejo que ser simplemente socios de la DAV de Berlín. Son personas que tienen interés en un ente que relacione España y Alemania.

Por otro lado, Alemania tiene 84 millones de habitantes y hay poco más de 100.000 abogados. Por ejemplo, en Berlín no se llega a los 10.000 abogados, mientras que en Madrid hay más de 70.000, una burrada. La colegiación en Alemania no es tan fácil como en España, tiene otros requisitos.

¿Cuál es el objetivo de la asociación en nuestro país?

Estamos hablándolo con las autoridades competentes pero nosotros queremos llevar a España la formación continuada para la especialidad de derecho alemán.

Ahora mismo, quien quiera formarse en derecho alemán ¿qué puede hacer en España?

Nada. En España ahora mismo no hay nada. Si eres español y tienes conocimientos adquiridos a través de un master, o eres abogado alemán, tienes tu formación de los éxamenes de Estado y quieres especializarte en algún campo del derecho germánico, no puedes hacer nada en España. Tienes que venir a Alemania. A mi me gustan las revoluciones.

¿Cree que va a haber gente interesada?

Sí. Conozco las demandas y necesidades porque hay mucho abogado alemán que reside en España, o que reside más de 180 días en el país y que siempre se queja de que ni siquiera existen seminarios de un día sobre derecho alemán dados por ponentes reconocidos o de renombre en determinadas materias. No hay nadie que lo organice. Ese es uno de nuestros objetivos.

Otra de las cuestiones que hemos visto y que nos interesa bastante es el acercamiento en la relación no solamente entre abogados sino entre juristas. Entre España y Alemania hay una comunicación muy fluida incluso entre juristas. Hay como una atracción en estos dos mundos, y lo que queremos hacer es acercarlos un poquito más.

¿Qué consejos daría a empresarios españoles que deciden hacer negocios en Alemania?

Alemania es un sitio en el que ser empresario o autónomo está muy reconocido. Hay gente de áreas totalmente diferentes que han venido aquí y han conseguido tener éxito. No ser multimillonarios, pero sí hacer algo en lo que se sienten bien e identificados. Eso aquí es posible.

Si quieres venir como emprendedor o como abogado, por supuesto tienes que venir con los deberes hechos. Para hacer negocios en Alemania no necesitas el alemán, pero para trabajar en Alemania sí que necesitas saber alemán y cuanto mejor y más rápido, mejor. Alemania es un país donde tienes que hacer las cosas trabajando mucho. Hay refranes en alemán que lo avalan, en los que se dice que nunca tendrás éxito si no pones ningún esfuerzo. El esfuerzo se compensa, pero tienes que ponerte en ello.

Lamentablemente, tengo que decir que todavía es mejorable el apoyo que dan los organismos españoles en Alemania a esta ola de emprendedores que están viniendo. Pero es un país en el que si tienes un koncepto, con k, si traes los primeros cálculos o presupuesto ya hechos, tienes un campo donde sembrar.

¿Y que recomendaría a los abogados que quieren trabajar en Alemania?

Para los abogados el problema grave que hay es que se creen que por poner un cartel ahí fuera van a llegarles los clientes lloviendo. Eso no es. Primero porque la colegiación en alemania es cara ya que te exigen un seguro de responsabilidad civil, que es caro. El cliente alemán es muy exigente y el riesgo que tiene ese joven abogado que piensa que le van a llover los clientes es que el primer error sin tener en orden el tema seguros puede salirle por un pico.

En cuanto a trabajar como contratado en Alemania, si tienes buenos conocimientos de idioma, tanto alemán como inglés y un buen curículum, puedes tener grandes posibilidades en grandes despachos, donde siempre hay un tráfico de entrada y salida de jóvenes abogados con aspiraciones a carreras internacionales. Aquí en Berlín o en Munich, Frankfurt, Hamburgo, Düsseldorf… puede haber un futuro.

Por último, hay una figura que queremos combatir desde la asociación: el abogado alemán que se españoliza trabajando en España. Llevo ejerciendo el derecho dos décadas en Alemania y ya me he encontrado varios casos como este. Es el perfil de abogado alemán colegiado en Alemania que se va a España, aprende español de aquella manera y recibe a todos los clientes alemanes que buscan un abogado que hable su idioma. Sin embargo, abusa del desconocimiento de su cliente del sistema o modo de hacer en España y le estafa con cantidades de dinero que rallan lo éticamente admisible. Muy duro. Son casos aislados pero habría que concienciar a los colegios de abogados españoles que cuando estos casos se dan, tomen las medidas deontológicas o disciplinarias correspondientes.

¿No lo hacen?

No, siempre tengo que recurrir a los colegios alemanes, porque allí sí les meten mano. El último caso lo gané gracias a eso. Y también hay que decirlo, a una buena actuación del fiscal español.

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