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	<title>Comentarios para diariojuridico.com - Derecho y Noticias Jurídicas</title>
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	<description>toda la actualidad del mundo del derecho</description>
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		<title>Comentario en Los notarios podrán casar y divorciar de mutuo acuerdo por muccius</title>
		<link>http://www.diariojuridico.com/actualidad/noticias/los-notarios-podran-casar-y-divorciar-de-mutuo-acuerdo.html#comment-4859</link>
		<dc:creator>muccius</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 22 Feb 2012 16:07:41 +0000</pubDate>
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		<description>La letrada de lo que no tiene ni idea es de la función de los notarios en general sin más, a partir de ahí lo que diga sólo rezuma corporativismo e inmovilismo ante las reformas sin duda pensando en el interés general, já. Todos los días en las notarías se formalizan negocios jurídicos en los que el notario controla el consentimiento de las partes, libre e informado, controla la legalidad y redacta el documento público, cuya matriz se conserva en el protocolo notarial. El notario es un funcionario público, imparcial por ley, con obligación de asesorar a las partes en especial a la más débil, que presta su función en la notaría (oficina pública) y todo ello plasmado en el documento público (escritura) con los efectos consabidos de título ejecutivo, prueba plena etc, lo más parecido a una sentencia. La letrada parece olvidar que todos los días en las notarías se formalizan negocios de derecho de familia (no en vano la oposición a notarías es bastante más dura que la de judicaturas y, eso, en derecho de familia, también) y también con menores! Como emancipaciones, reconocimientos de hijos extramatrimoniales, compraventas en nombre de menores, particiones hereditarias con menores y así un largo etcétera. Olvida también que los notarios ya suplen a los letrados en muchas ocasiones, no hay más que darse una vuelta por pueblos en los que no hay juzgado, ni siquiera abogados (pues no hay &quot;negocio&quot;) y sí en cambio, notario, a quien acuden las gentes del pueblo en busca de consejo legal en los más variados asuntos, sí, también y sobre todo de derecho de familia y sucesorio. Por último, no sé a qué viene tanto temor por parte de los abogados, si la vía notarial será siempre voluntaria pudiendo optarse por la vía judicial &quot;supuestamente gratuita&quot;. Quizá lo que se teme es que ocurra como en otras materias de la jurisdicción voluntaria ya atribuidas a notarios como las declaraciones de herederos abintestato, en que el 99% se hacen ante notario y no por la vía judicial. Y es que a veces los datos son tozudos, hasta 1992, declaración de herederos abintestato judicial (6 meses y 600€ según el valor de la herencia); vía notarial (20 días y 150€ fijos). No me extrañaría que con las separaciones y divorcios pase lo mismo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>La letrada de lo que no tiene ni idea es de la función de los notarios en general sin más, a partir de ahí lo que diga sólo rezuma corporativismo e inmovilismo ante las reformas sin duda pensando en el interés general, já. Todos los días en las notarías se formalizan negocios jurídicos en los que el notario controla el consentimiento de las partes, libre e informado, controla la legalidad y redacta el documento público, cuya matriz se conserva en el protocolo notarial. El notario es un funcionario público, imparcial por ley, con obligación de asesorar a las partes en especial a la más débil, que presta su función en la notaría (oficina pública) y todo ello plasmado en el documento público (escritura) con los efectos consabidos de título ejecutivo, prueba plena etc, lo más parecido a una sentencia. La letrada parece olvidar que todos los días en las notarías se formalizan negocios de derecho de familia (no en vano la oposición a notarías es bastante más dura que la de judicaturas y, eso, en derecho de familia, también) y también con menores! Como emancipaciones, reconocimientos de hijos extramatrimoniales, compraventas en nombre de menores, particiones hereditarias con menores y así un largo etcétera. Olvida también que los notarios ya suplen a los letrados en muchas ocasiones, no hay más que darse una vuelta por pueblos en los que no hay juzgado, ni siquiera abogados (pues no hay &#8220;negocio&#8221;) y sí en cambio, notario, a quien acuden las gentes del pueblo en busca de consejo legal en los más variados asuntos, sí, también y sobre todo de derecho de familia y sucesorio. Por último, no sé a qué viene tanto temor por parte de los abogados, si la vía notarial será siempre voluntaria pudiendo optarse por la vía judicial &#8220;supuestamente gratuita&#8221;. Quizá lo que se teme es que ocurra como en otras materias de la jurisdicción voluntaria ya atribuidas a notarios como las declaraciones de herederos abintestato, en que el 99% se hacen ante notario y no por la vía judicial. Y es que a veces los datos son tozudos, hasta 1992, declaración de herederos abintestato judicial (6 meses y 600€ según el valor de la herencia); vía notarial (20 días y 150€ fijos). No me extrañaría que con las separaciones y divorcios pase lo mismo.</p>
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	<item>
		<title>Comentario en Los notarios podrán casar y divorciar de mutuo acuerdo por Juez</title>
		<link>http://www.diariojuridico.com/actualidad/noticias/los-notarios-podran-casar-y-divorciar-de-mutuo-acuerdo.html#comment-4857</link>
		<dc:creator>Juez</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 22 Feb 2012 14:57:59 +0000</pubDate>
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		<description>Pues yo soy Juez de Familia y suscribo al 100% lo que dice la Abogada Mónica Ruiz. No se trata de competencias sino de garantías.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Pues yo soy Juez de Familia y suscribo al 100% lo que dice la Abogada Mónica Ruiz. No se trata de competencias sino de garantías.</p>
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	<item>
		<title>Comentario en Los notarios podrán casar y divorciar de mutuo acuerdo por abogada</title>
		<link>http://www.diariojuridico.com/actualidad/noticias/los-notarios-podran-casar-y-divorciar-de-mutuo-acuerdo.html#comment-4854</link>
		<dc:creator>abogada</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 22 Feb 2012 12:04:18 +0000</pubDate>
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		<description>Nada de acuerdo con lo que dice esta letrada,los notarios no solo son funcionarios publicos sino tambien profesionales del derecho,y sobre todo,en derecho de familia,asi que creo q nuestra jurisdicción voluntaria esta plenamente capacitada para asumir estas competencias prestar plenas garantias y agilizar el trabajo de los juzgados.
Si es cierto, que en los divorcios de mutuo acuerdo si hay hijos seria conveniente q resolviera el juez atendiendo el interes del menor y los conflictos q pudieran surgirm</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Nada de acuerdo con lo que dice esta letrada,los notarios no solo son funcionarios publicos sino tambien profesionales del derecho,y sobre todo,en derecho de familia,asi que creo q nuestra jurisdicción voluntaria esta plenamente capacitada para asumir estas competencias prestar plenas garantias y agilizar el trabajo de los juzgados.<br />
Si es cierto, que en los divorcios de mutuo acuerdo si hay hijos seria conveniente q resolviera el juez atendiendo el interes del menor y los conflictos q pudieran surgirm</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario en El fin de las cámaras ocultas en los reportajes de investigación por Ferran Perez</title>
		<link>http://www.diariojuridico.com/profesionales-2/abogados/el-fin-de-las-camaras-ocultas-en-los-reportajes-de-investigacion.html#comment-4852</link>
		<dc:creator>Ferran Perez</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 22 Feb 2012 09:54:27 +0000</pubDate>
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		<description>Desde la época de Montesquieu siempre ha habido seguidores de la poca eficacia de la división de poderes y desde la sentencia del Estatuto de Autonomia de Catalunya se hace más patente el poder del encuentro previo frente al ejercicio de un poder independiente, objetivo e imparcial, única y exclusivamente, al servicio del pueblo soberano territorialmente delimitado. Yo felicito todo esfuerzo investigador, cientifico, alejado de &quot;lo rosa o amarillista&quot; aunque, en defensa de la justícia (valor constitucional)y del deber de cooperar con ella, se deba hacer uso de medios tecnológicos lícitos que, el dia a dia, hace menos ocultos y más necesarios.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Desde la época de Montesquieu siempre ha habido seguidores de la poca eficacia de la división de poderes y desde la sentencia del Estatuto de Autonomia de Catalunya se hace más patente el poder del encuentro previo frente al ejercicio de un poder independiente, objetivo e imparcial, única y exclusivamente, al servicio del pueblo soberano territorialmente delimitado. Yo felicito todo esfuerzo investigador, cientifico, alejado de &#8220;lo rosa o amarillista&#8221; aunque, en defensa de la justícia (valor constitucional)y del deber de cooperar con ella, se deba hacer uso de medios tecnológicos lícitos que, el dia a dia, hace menos ocultos y más necesarios.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Fernando de Rosa, vicepresidente del CGPJ: &#8220;Hay que lanzar al menor el mensaje que sus delitos graves no van a quedar impunes” por Derecho constitucional</title>
		<link>http://www.diariojuridico.com/entrevista-destacada-2/fernando-de-rosa-vicepresidente-del-cgpj-hay-que-lanzar-al-menor-el-mensaje-que-sus-delitos-graves-no-van-a-quedar-impunes.html#comment-4826</link>
		<dc:creator>Derecho constitucional</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 21 Feb 2012 11:35:07 +0000</pubDate>
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		<description>Ya empieza a ser un hecho que la justicia no da abasto. Es cierto que hay materias en las que a día de hoy es necesario hacer recortes, pero no deberíamos poder tirar de justicia. Sin justicia ninguna sociedad funciona, debe por tanto aumentarse el número de jueces, aún a costa de subvencionarlo o reducir los sueldos de los actuales, pero no puede quedar la cosa así colgando de un hilo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Ya empieza a ser un hecho que la justicia no da abasto. Es cierto que hay materias en las que a día de hoy es necesario hacer recortes, pero no deberíamos poder tirar de justicia. Sin justicia ninguna sociedad funciona, debe por tanto aumentarse el número de jueces, aún a costa de subvencionarlo o reducir los sueldos de los actuales, pero no puede quedar la cosa así colgando de un hilo.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Reconocido el derecho de una mujer divorciada a cobrar su pensión mientras no encuentre trabajo por Reconocido el derecho de una mujer divorciada a cobrar su pensión mientras no encuentre trabajo. &#124; Porcar Abogados</title>
		<link>http://www.diariojuridico.com/actualidad/reconocido-el-derecho-de-una-mujer-divorciada-a-cobrar-su-pension-mientras-no-encuentre-trabajo.html#comment-4815</link>
		<dc:creator>Reconocido el derecho de una mujer divorciada a cobrar su pensión mientras no encuentre trabajo. &#124; Porcar Abogados</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 18 Feb 2012 12:39:55 +0000</pubDate>
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		<description>[...] http://www.diariojuridico.com/actualidad/reconocido-el-derecho-de-una-mujer-divorciada-a-cobrar-su-p...                       Aviso legal Contacto Copyright Mapa de la web [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] <a href="http://www.diariojuridico.com/actualidad/reconocido-el-derecho-de-una-mujer-divorciada-a-cobrar-su-p.." rel="nofollow">http://www.diariojuridico.com/actualidad/reconocido-el-derecho-de-una-mujer-divorciada-a-cobrar-su-p..</a>.                       Aviso legal Contacto Copyright Mapa de la web [...]</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Good bye “Despido express”, welcome “ERE express” por Ferran Perez</title>
		<link>http://www.diariojuridico.com/opinion/good-bye-despido-express-welcome-ere-express.html#comment-4809</link>
		<dc:creator>Ferran Perez</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 17 Feb 2012 08:34:14 +0000</pubDate>
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		<description>Apreciado y distinguido compañero, este tipo de comentario jamás saldria a la luz en campaña electoral y no porque no se pueda expresar que para eso estan las libertades constitucionalmente establecidas sino porque en nuestra sociedad lo que hay son mas trabajadores con derecho a voto y menos empresarios con el mismo derecho. Incluyo entre los primeros a cualquier tipo de directivo o gerente bien remunerado y en le segundo grupo a aquellos que también tiran del país (impuestos sin posibilidad de paraisos fiscales) y de sus familias (consumo obligado) satisfaciendo necesidades básicas cada vez mas caras y díficiles de mantener (agua, gas, luz, colegios, etc. El abogado visiona y explica la realidad con independencia e imparcialidad. Creo que los tiempos actuales es un error ver en la empresa, por privada que sea, una parcela propiedad de unos señores concretos pues al igual que las entidades financieras cumplen y tienen obligaciones de enorme transcendencia pública (empleo, economia, etc) que hacen inevitable el concurso de los poderes públicos para salvaguardarlos. El despido libre, hoy, como alguna de las medidas más importantes adoptadas en la nueva reforma laboral, no son una garantía de trabajo inmediato y suficientemente remunerado para los más de 5 millones de parados (que habria que empezar a clasificar)por lo que el Estado no puede permanecer impasivo ni favorecer su incremento atendiendo los deseos de una de las partes. Hay alternativas jurídicas y deben buscarse. Por ejemplo, la de favorecer legalmente los pactos individuales dentro de unos límites marcados por la propia ley. En este sentido la ley bien podria decir: &quot;el contrato laboral ha de ser expreso y se rige por los pactos entre las partes que en todo caso no admiten el despido libre ni la renuncia al derecho de indemnización&quot;. Posteriormente, en la ley (entre otros derechos) se establecerá una indemnización mínima que mediante el pacto individual i el convenio de empresa puede ser ampliada que no reducida. Esta forma de actuar, que puede beneficar -como pasa con los contratos de alta dirección- a los mejores porque pueden asegurarse en el pacto individual mejor indemnización respeta las reglas del juego: la ley no entorpece pero si que garantiza, los sindicatos asumen su papel negociador y los trabajadores pueden pactar. Todo ello a pesar de que en estado de necesidad todo es asumible (de aqui que cobren más importancia los mínimos legales).

Un abrazo a todos los que la presente leyeren y entendieren.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Apreciado y distinguido compañero, este tipo de comentario jamás saldria a la luz en campaña electoral y no porque no se pueda expresar que para eso estan las libertades constitucionalmente establecidas sino porque en nuestra sociedad lo que hay son mas trabajadores con derecho a voto y menos empresarios con el mismo derecho. Incluyo entre los primeros a cualquier tipo de directivo o gerente bien remunerado y en le segundo grupo a aquellos que también tiran del país (impuestos sin posibilidad de paraisos fiscales) y de sus familias (consumo obligado) satisfaciendo necesidades básicas cada vez mas caras y díficiles de mantener (agua, gas, luz, colegios, etc. El abogado visiona y explica la realidad con independencia e imparcialidad. Creo que los tiempos actuales es un error ver en la empresa, por privada que sea, una parcela propiedad de unos señores concretos pues al igual que las entidades financieras cumplen y tienen obligaciones de enorme transcendencia pública (empleo, economia, etc) que hacen inevitable el concurso de los poderes públicos para salvaguardarlos. El despido libre, hoy, como alguna de las medidas más importantes adoptadas en la nueva reforma laboral, no son una garantía de trabajo inmediato y suficientemente remunerado para los más de 5 millones de parados (que habria que empezar a clasificar)por lo que el Estado no puede permanecer impasivo ni favorecer su incremento atendiendo los deseos de una de las partes. Hay alternativas jurídicas y deben buscarse. Por ejemplo, la de favorecer legalmente los pactos individuales dentro de unos límites marcados por la propia ley. En este sentido la ley bien podria decir: &#8220;el contrato laboral ha de ser expreso y se rige por los pactos entre las partes que en todo caso no admiten el despido libre ni la renuncia al derecho de indemnización&#8221;. Posteriormente, en la ley (entre otros derechos) se establecerá una indemnización mínima que mediante el pacto individual i el convenio de empresa puede ser ampliada que no reducida. Esta forma de actuar, que puede beneficar -como pasa con los contratos de alta dirección- a los mejores porque pueden asegurarse en el pacto individual mejor indemnización respeta las reglas del juego: la ley no entorpece pero si que garantiza, los sindicatos asumen su papel negociador y los trabajadores pueden pactar. Todo ello a pesar de que en estado de necesidad todo es asumible (de aqui que cobren más importancia los mínimos legales).</p>
<p>Un abrazo a todos los que la presente leyeren y entendieren.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Los científicos exigen a los líderes políticos que se active el empleo público en I+D para no perder décadas de investigación por Abel Ros</title>
		<link>http://www.diariojuridico.com/actualidad/los-cientificos-exigen-a-los-lideres-politicos-que-se-active-el-empleo-publico-en-id-para-no-perder-decadas-de-investigacion.html#comment-4800</link>
		<dc:creator>Abel Ros</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 16 Feb 2012 13:48:51 +0000</pubDate>
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		<description>Mi comentario en http://elrincondelacritica.com/2012/02/sin-talento/ saludos</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Mi comentario en <a href="http://elrincondelacritica.com/2012/02/sin-talento/" rel="nofollow">http://elrincondelacritica.com/2012/02/sin-talento/</a> saludos</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario en J.A. Marín, Vicedecano del Colegio Notarial de Cataluña: &#8220;La futura ley de mediación tiene un reto muy importante en la regulación de la confidencialidad&#8221; por Media2r</title>
		<link>http://www.diariojuridico.com/actualidad/noticias/j-a-marin-vicedecano-del-colegio-notarial-de-cataluna-la-futura-ley-de-mediacion-tiene-un-reto-muy-importante-en-la-regulacion-de-la-confidencialidad.html#comment-4789</link>
		<dc:creator>Media2r</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 15 Feb 2012 14:07:12 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.diariojuridico.com/?p=66375#comment-4789</guid>
		<description>Considero que al igual que al los Notarios se les piensa abrir la puerta para poder ejercer de mediadores de familia en separaciones y divorcios de mutuo acuerdo y sin hijos así como en mediaciones empresariales ¿POR QUÉ NO LOS ABOGADOS pueden tener la posibilidad de ejercer como FEDATARIOS PÚBLICOS? como se esta estableciendo en muchos paises Europeos. Seamos recíprocos: ellos median y nosotros damos fé.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Considero que al igual que al los Notarios se les piensa abrir la puerta para poder ejercer de mediadores de familia en separaciones y divorcios de mutuo acuerdo y sin hijos así como en mediaciones empresariales ¿POR QUÉ NO LOS ABOGADOS pueden tener la posibilidad de ejercer como FEDATARIOS PÚBLICOS? como se esta estableciendo en muchos paises Europeos. Seamos recíprocos: ellos median y nosotros damos fé.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario en El Tribunal Supremo suspende la denominación del título de Ingeniero de la Edificación por Pepe</title>
		<link>http://www.diariojuridico.com/actualidad/noticias/el-tribunal-supremo-suspende-la-denominacion-del-titulo-de-ingeniero-de-la-edificacion.html#comment-4786</link>
		<dc:creator>Pepe</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 14 Feb 2012 23:09:21 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.diariojuridico.com/?p=63390#comment-4786</guid>
		<description>jajajajaja, pero que malos que somos, el único pays del mundo donde se les llama arquitectos técnicos es españa, en el resto del mundo son ingenieros, ya sean Enginers Buildins, Ingenieurs de travaux construction..... lo que si que no son es Arquitectos. 

La definición de ingeniero:

&quot;La ingeniería es el conjunto de conocimientos y técnicas científicas aplicadas a la creación, perfeccionamiento e implementación de estructuras (tanto físicas como teóricas) para la resolución de problemas que afectan la actividad cotidiana de la sociedad&quot;

Y quíen son los mayores conocedores de los trabajos en una obra, edificación......acierten!!!!! los Arquitectos técnicos,,,,,,pero en fin, si esto no es una discusión políticca que venga dios y lo vea.

Así seguirá funcionando España mientras los problemas políticos se antepongan a los sociales. Buena suerte por el reinado Español</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>jajajajaja, pero que malos que somos, el único pays del mundo donde se les llama arquitectos técnicos es españa, en el resto del mundo son ingenieros, ya sean Enginers Buildins, Ingenieurs de travaux construction&#8230;.. lo que si que no son es Arquitectos. </p>
<p>La definición de ingeniero:</p>
<p>&#8220;La ingeniería es el conjunto de conocimientos y técnicas científicas aplicadas a la creación, perfeccionamiento e implementación de estructuras (tanto físicas como teóricas) para la resolución de problemas que afectan la actividad cotidiana de la sociedad&#8221;</p>
<p>Y quíen son los mayores conocedores de los trabajos en una obra, edificación&#8230;&#8230;acierten!!!!! los Arquitectos técnicos,,,,,,pero en fin, si esto no es una discusión políticca que venga dios y lo vea.</p>
<p>Así seguirá funcionando España mientras los problemas políticos se antepongan a los sociales. Buena suerte por el reinado Español</p>
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