A partir del 1 de enero de 2011 hasta el 31 de diciembre de ese mismo año ni las entidades locales ni sus entidades dependientes clasificadas en el sector Administraciones Públicas podrán acudir al crédito público o privado a largo plazo, en cualquiera de sus modalidades, para financiar sus inversiones.

Los ayuntamientos no podrán endeudarse a largo plazo durante todo el año 2011, un cambio significativo respecto al contenido original del decreto antidéficit publicado ayer en el BOE, que establecía que esta prohibición entraría en vigor desde hasta el 31 de enero de 2011.

De esta forma, los municipios españoles tendrán siete meses por delante para solicitar créditos públicos o privados a largo plazo que les ayuden a financiar sus proyectos.

También durante todo el año 2011 los ayuntamientos tampoco podrán sustituir total o parcialmente operaciones preexistentes, a excepción de aquellas que en valores actuales netos resulten beneficiosas para la entidad local en cuestión en el sentido de que ayudarían a reducir la carga financiara, el plazo de amortización o ambas cosas.

El decreto, que ahora deberá ser convalidado por el Parlamento, también contempla que las operaciones a corto plazo concertadas para cubrir situaciones transitorias de financiación deberán quedar canceladas a 31 de diciembre de cada año.

La Federación de Municipios y Provincias (FEMP) ha convocado hoy a los alcaldes con representación en este organismo para analizar el contenido del decreto de medidas antidéficit.

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