asistencia jurídica gratuitaEl Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado un informe que critica el Anteproyecto de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita aprobado por el Consejo de Ministros de 11 de enero de 2013 y que ya había sido valorado en este sentido por otras instituciones hace algunos meses.

Estas son las conclusiones más destacadas:

– Que el Gobierno haya reformado la actual ley de justicia gratuita mediante Real Decreto ley 3/13, en algunos aspectos de la mismas, como la modificación del ámbito subjetivo de la misma o los requisitos de acceso, en tanto que considera discutible la utilización de este instrumento jurídico en esta materia, en la medida que afecta al derecho fundamental de acceso a la justicia del art. 24 de la CE.

– Que no se hace ninguna mención a los recursos económicos que, para la adecuada prestación del servicio, tendrán las CCAA que tienen transferidas las competencias en esta materia, considerando que se han de articular mecanismos que den garantía para la adecuada disponibilidad presupuestaria de las CCAA competentes.

– En cuanto al límite económico para poder ver reconocido el derecho a asistencia jurídica gratuita, el informe apuesta por la consideración de los ingresos netos del solicitante y no de los ingresos brutos, con la finalidad de garantizar un auténtico acceso a la tutela judicial efectiva.

– Por lo que respecta a la ampliación del ámbito subjetivo de reconocimiento, el informe realiza una apuesta para incluir otros colectivos que pueden encontrarse en situación similar a los contemplados a los que han visto reconocido su derecho en el Anteproyecto y en el Real decreto Ley 3/13.

– Se apuesta por la ampliación del contenido del derecho también a la mediación, en todo su alcance, y no en la forma parcial en que está contemplada en la propuesta del Minsiterio.

– Critica la necesidad de ratificación del ciudadano para mantener el derecho en segunda instancia o en fase de ejecución.

– Se critica la creación del Comité de Consultas del que indica que tampoco queda claro ámbito competencial ni valor jurídico de sus informes.

– Se rechaza la forma en que el anteproyecto contempla la consideración del abuso de derecho o la regulación de la insostenibilidad de la pretensión, en tanto que la regulación propuesta no da garantías suficientes al ciudadano.

– Considera que la ampliación de las tareas que en el sistema son atribuidas a los colegios de abogados no vayan acompañadas de la previsión de incremento de la correspondiente subvención para garantizar el funcionamiento del sistema.

– Pone de manifiesto que el anteproyecto puede implicar una invasión de competencias autonómicas en lo que respecta a la supervisión y control económico del sistema.

– Finalmente, se critica también la modificación proyectada en lo que respecta al régimen de costas procesales.

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