La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso del Abogado del Estado contra la sentencia de la Audiencia Nacional que declaró el derecho de los trabajadores de la agencia EFE a mantener las retribuciones de 2009 hasta nueva negociación de convenio.

Recuerda el Tribunal Supremo la singularidad del caso en el que, antes de las limitaciones salariales aplicadas por norma legal a finales de 2011, los trabajadores de EFE consintieron una importante reducción salarial durante dos años (2010-2011), tras uno previo de congelación salarial en 2009, colocándose en niveles retributivos por debajo de 2008.

Según la sentencia que se acaba de dictar, la masa salarial de Agencia EFE en el período 2009-2011 no contribuyó a la desviación del saldo presupuestario sino que contribuía a iniciar “la senda del reequilibrio” como pretendía el Real Decreto Ley 20-2011 en su exposición de motivos, por lo que no parece de recibo que pueda hacerse de peor condición a quienes acataron esa política, que a quienes no lo hicieron, penalizando así la contención salarial que es justamente lo contrario de lo que se persigue.

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