Tribunal ConstitucionalEl Tribunal Constitucional ha publicado la memoria correspondiente al año 2012, en la que constata que el número de recursos y conflictos que llegaron al tribunal a lo largo del año se mantuvo estable respecto a años anteriores, concretamente 102 asuntos más que en 2011, siendo la mayoría peticiones por parte de ciudadanos de amparo de sus derechos fundamentales. El tribunal lo considera un incremento «numéricamente poco significativo» pero que rompe la tendencia a la baja en el ingreso de nuevos asuntos que venía observándose en los últimos años.

Se mantuvo con ello la tradicional preponderancia de los recursos de amparo, 7.205, lo que representó el 98,7% de los asuntos de ingreso. Los 89 asuntos restantes se repartieron del siguiente modo: 38 recursos de inconstitucionalidad, 42 cuestiones de inconstitucionalidad, ocho conflictos positivos de competencia y un conflicto negativo de competencia.

Los promotores de los 38 recursos de inconstitucionalidad, fueron, mayoritariamente, los Gobiernos y Parlamentos autonómicos, que impugnaron leyes y normas con rango de ley estatales en 20 ocasiones. A cierta distancia numérica se encuentran los nueve recursos de inconstitucionalidad interpuestos por el Presidente del Gobierno frente a leyes autonómicas. Por su parte, los Diputados o Senadores formularon tres recursos de inconstitucionalidad frente a leyes estatales y cuatro frente a leyes autonómicas.

Por otro lado, se presentaron 42 cuestiones de inconstitucionalidad, planteadas en su mayor parte por los diferentes Tribunales Superiores de Justicia, que en cinco ocasiones expresaron sus dudas respecto de la constitucionalidad de leyes estatales y en 17 lo hicieron con respecto a leyes autonómicas. asimismo, la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco elevó una cuestión en relación con la Norma Foral de las Juntas Generales de Álava 14/2009, de 17 de diciembre, de ejecución presupuestaria para 2010. El Tribunal Supremo promovió tres cuestiones de inconstitucionalidad, todas ellas respecto de normas legales estatales y los Juzgados 16 (seis en relación con leyes estatales y las otras diez respecto de disposiciones legales autonómicas).

Los ocho conflictos positivos de competencia planteados en 2012 muestran un equilibrio perfecto en cuanto a sus promotores, pues si cuatro de ellos fueron promovidos por los Gobiernos autonómicos frente a normas y resoluciones adoptadas por el Gobierno de la Nación, este mismo órgano planteó los otro cuatro respecto de actos y disposiciones generales dictadas por los ejecutivos autonómicos. Se planteó un conflicto negativo de competencia, que fue inadmitido a trámite por el ATC 163/2012, de 12 de septiembre.

Por su parte, los recursos de amparo fueron interpuestos en su inmensa mayoría por particulares: 7.121 del total de 7.205 recursos de nuevo ingreso (6.318 fueron promovidos por personas físicas y 803 por personas jurídicas de Derecho privado); los restantes 84 fueron interpuesto por órganos o entidades de Derecho público. Ni el Ministerio Fiscal ni el Defensor del Pueblo presentaron demandas de amparo constitucional.

Algo más de una cuarta parte de los recursos de amparo se interpusieron después de que se hubiera dictado una sentencia o auto por el Tribunal Supremo (1.905, un 26,43%). Los demás recursos de amparo procedieron de litigios y causas resueltos por otros órganos jurisdiccionales, entre los que numéricamente destacan las Audiencias Provinciales (2.355, un 32,68%) y los Tribunales Superiores de Justicia (1.660, un 23,03%); se presentaron 323 demandas de amparo frente a resoluciones de la Audiencia Nacional (un 4,48%), 27 frente a resoluciones del Tribunal Militar Central (0,38%) y 17 respecto de resoluciones dictadas por los Tribunales Militares Territoriales (0,23%).

En 5.964 de los recursos se solicitaba el amparo para una o varias de las garantías procesales proclamadas en el artículo 24 de la Constitución (lo que significa que estos derechos fueron invocados en el 82,77% de las demandas de amparo). El derecho a la igualdad proclamado en el artículo 14 de la Constitución fue invocado en 1.068 demandas de amparo (un 14,82% de los recursos de amparo). Los demás derechos fundamentales y libertades públicas fueron alegados en 1.737 demandas de amparo (24,10% de los recursos de amparo de nuevo ingreso).

El derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión del artículo 24.1 de la Constitución fue invocado en 5.564 demandas de amparo constitucional (77,22% de los recursos de amparo). De las garantías procesales del art. 24.2 CE destaca, por la frecuencia de su invocación, el derecho a la presunción de inocencia, que fue motivo del recurso de amparo en 884 ocasiones (12,26% de recursos de amparo), seguido a gran distancia del derecho a un proceso con todas las garantías (alegado en 497 recursos, lo que representa el 6,89% del total), el derecho a la prueba pertinente para la defensa (193 invocaciones, es decir, 6,27% del total) y el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, que figura en 104 demandas de amparo (1,44%).

Sentencias

El Tribunal Constitucional dictó 246 sentencias a lo largo de 2012. De ellas, el Pleno dictó 136: 102 en procesos de inconstitucionalidad y conflictos constitucionales (51 en recursos de inconstitucionalidad, 31 en cuestiones de inconstitucionalidad, 19 en conflictos positivos de competencia y una en conflicto en defensa de la autonomía local) y las 34 restantes en recursos de amparo previamente avocados por el Pleno para su conocimiento.

Las Salas dictaron un total de 109 sentencias: 59 la Sala Primera (49 en recursos de amparo, siete en cuestiones de inconstitucionalidad y tres en conflictos positivos de competencia) y 50 la Sala Segunda (40 en recursos de amparo, tres en cuestiones de inconstitucionalidad y siete en conflictos positivos de competencia). La Sección Cuarta dictó una sentencia en recurso de amparo cuyo conocimiento le había deferido la Sala Segunda de acuerdo con lo previsto en el art. 52 LOTC.

Admisión e inadmisión de recursos

Durante 2012 el Pleno admitió a trámite 81 procesos de inconstitucionalidad y conflictos constitucionales al tiempo que, como ya se ha reseñado anteriormente, inadmitió mediante auto 23 cuestiones de inconstitucionalidad, por falta de las condiciones procesales o por resultar notoriamente infundadas. También por auto el Pleno inadmitió dos recursos de amparo y un conflicto negativo de competencia.

Ingresados en pleno Por su parte, las Salas y Secciones inadmitieron por providencia la mayoría de los recursos de amparo presentados. Concretamente, en 2012 se admitieron a trámite 128 recursos de amparo y se dictaron hasta un total de 7.298 providencias de inadmisión. Tres de estas providencias de inadmisión fueron revocadas al estimarse —en los autos de los que ya se ha dado cuenta en el epígrafe anterior— el recurso de súplica interpuesto por el Ministerio Fiscal.

Resoluciones definitivas

Dejar una respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.