En este nuevo entorno donde cada vez más el abogado toma conciencia de la importancia de las nuevas tecnologías “ el papel del ordenamiento jurídico es ordenar las relaciones en ese entorno sofisticado que es la Red donde confluyen diversos derechos; el de información; privacidad o protección de datos”, comenta. Bajo su punta de vista la LISI es mejorable y el nuevo Reglamento de Protección de Datos plantea como única novedad lo relacionado con ficheros y tratamientos de datos no automáticos porque el resto de las novedades son aclaraciones y puntualizaciones que se realizan de la LOPD contando además con la interpretación que de esta Ley Organica han efectuado los tribunales a través de la jurisprudencia.
¿ Sr Cremades nuestra sociedad celebra por tercer año consecutivo el Día de internet, como valora esta efeméride?
Como usted sabrá esta celebración no es sino la respuesta al acuerdo de la Asamblea General de la ONU de celebrar el Día Mundial de las Telecomunicación y de la Sociedad de la Información. Cada 17 de mayo, se pone en marcha esta iniciativa que bajo el nombre de Día Mundial de Internet, pretende difundir y promover el uso de Internet en la sociedad y conseguir que sea accesible a todo el mundo.
Es evidente que Internet ha irrumpido en la vida de todos los ciudadanos, configurándose como una parte clave de organización de la sociedad. Internet ha llegado para quedarse y no cabe duda que está produciendo una revolución silenciosa alterando las relaciones de poder en la sociedad o incluso cambiando de alguna forma el funcionamiento del sistema capitalista. También ha impactado de lleno en el ordenamiento jurídico no nos cabe duda. Es evidente que una efeméride de este tipo no es sino un paso más hacia la configuración plena de la sociedad de la información
¿Qué cuestiones quedan pendientes en este terreno de accesibilidad?
No es tanto ocuparnos del acceso y cobertura del mismo; del hardware sino sobre todo del software. Desde esta perspectiva es evidente que quedan muchas tareas por hacer; la configuración de las relaciones entre particulares; como se configura el poder desde su capacidad de control de Internet, como la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Estados Unidos va delimitando el escenario donde confluye trabaja la libertad de expresión; la libertad de facto y la propia seguridad jurídica. De alguna forma el papel del ordenamiento jurídico es organizar las relaciones en ese entorno sofisticado es Internet donde confluyen diversos derechos; el de información; privacidad o protección de datos.
¿Desde esta ampliación del horizonte de Internet, cómo ayuda la legislación actual a su desarrollo háblenos de la LISI -LEY 56/2007que acaba de aprobarse?
Considero que es una ley mejorable. No podemos olvidar que cualquier regulación legislativa en Internet puede ser delicada. Es cierto que el ordenamiento jurídico no debe de renunciar a ofrecer estabilidad y seguridad al ciudadano pero Internet, como espacio libre, necesita de una regulación que sepa adaptarse a su flexibilidad. De todas formas, pese a las críticas y comentarios que se han vertido sobre la LISI, es una legislación muy nueva, pues no en vano su entrada en vigor es de hace varios meses por lo que es posible que necesite de un periodo de adaptación y del posterior desarrollo en su Reglamento posterior
La LISI impulsa el Plan Avanza 2006-10 para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en Europa y entre Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas eliminando los obstáculos para la expansión de la tecnología de la información y la comunicación: Pretende de alguna forma garantizar los derechos de los ciudadanos en el nuevo escaparate que es la sociedad de la información dotando de mayor seguridad a los ciudadanos
Otro aspecto que se subraya en la LISI es el impulso de la factura electrónica si se contrata con la Administración ¿cree que era necesario hacerlo obligatorio como lo recoge dicha ley?
Es un caso este similar al de la Ley de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a las Administraciones Públicas, aprobada en diciembre del 2006 por el Gobierno y que garantiza e impulsa que Los ciudadanos podrán realizar todas sus gestiones administrativas por medios electrónicos . Esto es posible porque se obliga a las Administraciones públicas a ofrecer sus servicios por Internet, móviles, televisión o cualquier medio electrónico futuro. Esta Ley cuenta con el apoyo de numerosas comunidades autónomas, ayuntamientos, y representantes del sector privado, usuarios, etc.
Desde mi punto de vista es evidente que el legislador ha querido hacer esta cuestión preceptiva para que de esta forma el empresario empiece a tomar conciencia de la importancia del nuevo mundo que se le abre con Internet. Puede que al principio sea una medida algo intervencionista pero es evidente que tendrá sus frutos. Por otro lado esta cuestión va a servir para comprobar cuál es el nivel tecnológico de las empresas y cómo se están preparando de cara a abordar su inmersión tecnológica futura
Entonces nos aproximamos al concepto de e-administración…
Empieza a ser una realidad, desde luego. Y según evoluciona nuestra sociedad es más necesaria que nunca su implantación. Con la ley antes citada de Acceso Electrónico a la Administración se consigue ese fin. Que hayan confluido en el tiempo de forma casi simultánea ambas disposiciones legislativas es lo que está generando que estamos cada vez más cerca del citado concepto e-administración. La informática y las comunicaciones se vienen utilizando en las Administraciones Públicas desde hace más de veinticinco años. Sin embargo, ha sido en los últimos años cuando se ha hecho evidente que las tecnologías de la información y las comunicaciones ya no constituyen una mera herramienta instrumental.
Estas tecnologías facilitan la realización de los procesos tradicionales de manera más rápida y eficiente, y permiten abordar procesos que sin ellas no serían ni posibles ni imaginables. Estas tecnologías han pasado a adquirir naturaleza estratégica.
Y el art 11 que blinda la oportunidad a autoridades administrativas el bloqueo de contenidos, ¿qué riesgo de censura hay en esta situación?
Es evidente que la presencia de la Administración de cualquier de sus formas en el campo de la libertad de expresión ha causado notables fricciones y genera bastante recelos. Todo lo que vaya en la línea de darle a los poderes públicos facultades para decidir en el campo de la información es bastante delicado. No es un asunto que haya quedado claramente legislado y es posible que existan problemas serios. Habría que en el futuro seguir legislando para evitar cualquier atisbo de censura previa.
En este contexto tendremos que ver cómo evolucionan las redes sociales y qué papel tiene el legislador respecto a las mismas. Es evidente sus grandes ventajas y capacidad de interacción. De alguna forma creo que aún necesitan actividades que la impulsen porque su desarrollo en nuestro país es incipiente aún. No me cabe ninguna duda que con el paso del tiempo será la aplicación estrella en la Red. Su posterior desarrollo va a estar íntimamente relacionado a que pueda ligarse a diferentes profesiones y colectivos concretos a medio plazo. Todavía las redes sociales tienen que demostrar todo su valor añadido y posibilidades desde luego.
Es la LISI una legislación litigante, ¿genera muchos pleitos en este marco tan amplio de la sociedad de la información?
Mas que generar disputas, que algunas surgen por temas concretos, es evidente que una de las mayores preocupaciones del empresario se encuentra en la protección de datos. El marco normativo de la LISI de forma general es flexible pero muchas de las consultas que reciben despachos como el nuestro tiene que ver como le comentaba con la protección de datos y de cómo adaptarse a la nueva legislación.
Como primera valoración al mismo le diré que el nuevo Reglamento que entró en vigor el pasado 19 de abril presenta como única novedad reseñable la inclusión en su ámbito de aplicación de los ficheros y tratamientos de datos no automatizados. El resto de las otras modificaciones son aclaraciones y puntualizaciones que se realizan de la LOPD contando además con la interpretación que de la Ley Orgánica han efectuado los Tribunales a través de la jurisprudencia.
¿En esta coyuntura ¿qué papel puede jugar el abogado en este nuevo escenario legislativo de la Protección de Datos?
La verdad es que esta legislación es muy intervencionista y tiene poco margen de maniobra. Creo que la Agencia de Protección de datos se equivoca en lugar de garantizar una buena política de protección de datos por su afán recaudatorio a través de sus multas y correspondientes sanciones. Algo tan sensible como es la protección de datos debería estar regulado de otra forma.
En esta situación el abogado juega un doble papel como asesor de sus clientes en protección de datos y gestionador de sus propios ficheros. Por este motivo deberán también adaptarse a la nueva situación con celeridad que marca la nueva ley. No podemos olvidar que Los despachos de abogados son empresas que gestionan miles de datos personales.
A medio plazo el papel de la abogacía será clave, es evidente que asistimos a una nueva rama del Derecho como es la Penal, Civil o Fiscal ahora con los expertos en Protección de Datos. Por si esto fuera poco, un abogado con un desempeño generalista también debe tener este conocimiento más o menos importante del fenómeno de la protección de datos.
Ahora que habla de comunicaciones seguras le recuerdo que el Consejo de la Abogacía a través de Red Abogacía está apostando mucho por la difusión de la firma electrónica entre el colectivo de letrados…
Es una buena noticia que la abogacía invierta en tecnología es una gran decisión, desde luego. Durante los últimos cuatro años, se ha modernizado el 95 por ciento de los Colegios de Abogados españoles mediante la implantación de la firma digital lo que significa que en España, 80.000 abogados ya emplean la firma digital para realizar comunicaciones seguras online. Cada vez estamos más cerca del concepto de e-abogacía impensable hace años.
De todas formas quien tiene que invertir es el propio abogado; debe impulsar la modernización de su despacho. Hay que romper con el mito falso por otra parte que el letrado está reñido con la tecnología. El abogado a nivel general está haciendo un gran esfuerzo por estar al día en el terreno de las nuevas tecnologías. Hoy en día, cualquiera de los grandes despachos de nuestro país tiene una dotación tecnológica importante. Y es que como telón de fondo ha irrumpido el Derecho de las Telecomunicaciones con profesionales bien formados en todos estos temas. Ya no es un coto cerrado a ciertos especialistas, sino como le mencionaba antes los abogados generalistas cada vez más se empapan de estos conceptos.
Por último, su bufete ha puesto en marcha el concepto de oficina digital.En estos dos años casi de funcionamiento ¿qué aceptación está teniendo?
Este proyecto está muy vinculado a la historia de este bufete, ligada al Derecho de las Telecomunicaciones que antes le citaba. El acuerdo suscrito por nuestra firma la inmobiliaria Aguirre-Newman, ha hecho posible la creación de un entorno en dos plantas acondicionado para medio centenar de trabajadores, y con todas las ventajas de las tecnologías más recientes disponibles. Todo está pensado para el confort de los trabajadores: sistemas digitales de climatización, acondicionamiento de iluminación, cuidada ambientación y ergonomía de los espacios de trabajo, alta conectividad local y uso de tecnologías inalámbricas.













(3 votes, average: 4,67 out of 5)


[…] grupo de científicos ha conseguido un hecho sin precedentes al dar vida a un gen del extinguido tigre de Tasmania en un ratón, informan en la última edición de la revista online “PLOS ONE” los expertos […]