El pasado 26 de abril, se alcanzó un acuerdo entre el Parlamento Europeo y la Presidencia búlgara del Consejo de la UE. Un acuerdo histórico y con un importante impacto en el entorno audiovisual, publicitario y de las nuevas tecnologías, pues permitirá que se apruebe la propuesta legislativa que modifica la Directiva sobre servicios audiovisuales y de medios de comunicación.

No es aún accesible la versión resultante de este acuerdo, pero sabemos ya que habrá muchas novedades; ya sean en la extensión del ámbito subjetivo, en las plataformas de video demanda y de intercambio de vídeos (incluso la transmisión en vivo en estas plataformas), en las cuotas mínimas de contenido europeo o en las cuotas máximas de publicidad y flexibilización de sus horarios, o en relación con algunas prohibiciones en relación con la violencia, terrorismo, odio y pornografía en el entorno de las nuevas tecnologías.

directiva AVMS - diario juridico

Cabe destacar las siguientes novedades:

La mejora de la protección de los menores contra los contenidos nocivos

Se aplicarán en la televisión o en los servicios de vídeo a la carta a las cuales será impuesta la obligación de adoptar medidas adecuadas para la protección de los menores.  

Extensión de las normas audiovisuales europeas a las plataformas e imposiciones específicas

La Directiva se aplicará a los vídeos creados por los usuarios que se intercambian en plataformas cuando facilitar contenido audiovisual constituya una función esencial del servicio.

Las plataformas de video tendrán que contribuir (ya sea a través de una inversión directa en contenido o una contribución a fondos nacionales) en el desarrollo de producciones audiovisuales europeas.

La promoción de obras europeas en los catálogos a la carta, con un porcentaje del 30 % de contenidos europeos como mínimo, llevarán implícita la obligación de que los proveedores de servicios no agreguen una ventana con contenido a la pantalla durante la transmisión de un programa en televisores inteligentes, intentando proteger la integridad de las señales de transmisión.

La publicidad

Las nuevas reglas imponen una cuota máxima de publicidad del 20% del período de emisión diaria entre las 6.00 y las 18.00 horas. Entre las 18:00 y las 0:00 (horario de máxima audiencia) la publicidad solo contará con un máximo del 20% del tiempo de transmisión. Pasará a existir, entonces, una mayor libertad en términos de gestión de publicidad y se dejarán de aplicar los actuales 12 minutos por hora, y las entidades de radiodifusión podrán elegir con mayor libertad el momento de emitir anuncios durante todo el día.

Violencia, odio, terrorismo y pornografía

Los contenidos que inciten a violencia, odio, terrorismo  y pornografía serán prohibidos. Las plataformas de intercambio de videos se encargarán de reaccionar rápidamente cuando los usuarios denuncien el contenido o lo marquen como nocivo y tendrán de crear un mecanismo transparente, fácil de usar y eficaz para permitir a los usuarios informar o marcar el contenido nocivo.

Existen otras reglas que se relacionan con la independencia de los reguladores sector audiovisual en relación con los poderes públicos y el refuerzo del principio del país de origen.

Después de tan importante noticia, y para que se concluya todo este procedimiento, restará necesario obtener la confirmación oficial por parte del Consejo y la aprobación del Parlamento Europeo en sesión plenaria (y, como no, la incorporación en las normativas nacionales).


comisión europea -diario juridicoAutor: David Serras Pereira

Abogado (Of Counsel) IP, Derecho del Entretenimiento, Música y Startups en JGSA Abogados.

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