Ramiro Grau Morancho
Ramiro Grau Morancho

Estas bolsas, existentes en la práctica totalidad de las administraciones públicas, se forman con los “aspirantes” a personal interino y contratado temporal y casi siempre se eligen con criterios políticos, pues los partidos consideran que estos puestos son parte del “botín” obtenido al acceder al poder en la administración correspondiente. Es triste decirlo, pero es así.

Hay multitud de regulaciones para estas bolsas, más o menos una por administración. Se tiende a valorar, creo que demasiado, la experiencia previa con lo cual es la pescadilla que se muerde la cola: si no has trabajado, no tienes puntos, y si no tienes puntos no te llaman para trabajar…

Esa paradójica situación permite que quienes están en los primeros lugares de la bolsa permanezcan allí in illo tempore, y algunos hasta pasen directamente a la jubilación desde la bolsa. Es más, en algunas administraciones incluso se contempla como una de las causas “naturales” de baja en la bolsa la jubilación.

Nos encontramos por tanto con que la que tendría que ser excepcional se convierte en la norma general. Cada vez hay más personal temporal contratado, lo que supone un incremento camuflado del número de empleados públicos, pues no figuran en las plantillas correspondientes. Hoy en día, por ejemplo, según el Registro General de Personal del Ministerio para las Administraciones Públicas, andamos por unos tres millones de empleados públicos, entre funcionarios y laborales. En la práctica, son cuatro millones, si es que no se sobrepasa, incluso, esa cifra.

El artículo 38 de la Constitución reconoce la libertad de empresa. Parece evidente, por tanto, que el empresario tiene “derecho” a contratar a quien le parezca oportuno y que de la buena selección de sus trabajadores dependerá en gran parte el futuro de su negocio. No hay por tanto una igualdad entre los aspirantes y esta “selección” se presta a todo tipo de enchufes o irregularidades, que además no son combatibles judicialmente.

Pero la situación es distinta en el sector público. La Constitución reconoce el derecho a la igualdad en su artículo 14 y el art. 23.2, en sede de derechos fundamentales, establece que los ciudadanos españoles “tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes”.

Asimismo, el art. 103, 3 indica que “la ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad…y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones”.

¿Qué sucede en la práctica? Pues que por la práctica, en mi opinión viciada, de valorar demasiado los servicios prestados, permitir la reincorporación del contratado cesado a su lugar en la bolsa (mejorando incluso de posición por los nuevos servicios prestados), en lugar de pasarle al final de la misma, para dar oportunidades a todos los “aspirantes”, al final resulta que estos integrantes de las bolsas configuran lo que podríamos llamar una plantilla “B” de las administraciones públicas correspondientes, la plantilla paralela, dentro de una administración también paralela.

Pues bien, a lo que íbamos. La mayoría de estos interinos y contratados han acabado “asentándose” en la plaza, trabajo o empleo correspondiente, acudiendo a numerosos subterfugios legales: concursos-oposición, dónde se prima la experiencia por encima de la formación, oposiciones “amañadas”, transformación de contratados temporales en fijos, por el transcurso de varios años, tal y como prevé el Estatuto de los Trabajadores para las empresas privadas, pero que entiendo no es aplicable en la función pública, dónde deben primar los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, etc.

Por no hablar de convocatorias realizadas en plena canícula, cuándo la gente está de vacaciones, en la playa o en el pueblo (ahora mismo el Servicio Aragonés de Salud acaba de convocar numerosas interinidades), o en vacaciones de Semana Santa (era habitual en la Universidad de Zaragoza convocar las plazas para el nuevo curso en dichas fechas, y con sólo una semana para presentar toda la documentación, que en la práctica eran sólo cinco días hábiles, etc.).

¿Tiene solución esta situación? Por supuesto, pero dudo que se haga, pues como ya digo, son muchos los intereses creados.

En mi opinión las posibles soluciones serían las siguientes:

1. Establecer una duración temporal máxima de los nombramientos de interinos, al igual que sucede con el personal interino laboral regulado por el Estatuto de los Trabajadores. O, caso de que siguieran siendo necesarios los servicios, se contratase al siguiente en la bolsa, y así sucesivamente. (Al menos se movería un poco el mercado laboral, y además se produciría el efecto beneficioso de que habría más gente en condiciones de sustituir a funcionarios de carrera, caso de muerte, jubilación o incapacidad).

2. Limitar la duración de las contrataciones laborales temporales al período máximo que permita la legislación laboral, con el cese inmediato de los contratados, para evitar posibles pleitos para adquirir la condición de personal laboral, o el simple cambio a personal fijo, cuándo se trata de personas enchufadas a las que simplemente se ha querido colocar por la gatera.

3. Rescindir la práctica totalidad de estos contratos temporales, e interinidades, que en la mayoría de los casos son en fraude de ley, o abuso de derecho, totalmente arbitrarias, y carentes de sentido y necesidad.

4. Hacer las bolsas rotatorias, como ya sucede en Correos, por ejemplo. Es decir, la persona que ya ha sido contratada, cuando cesa pasa a ocupar el último lugar de la bolsa, con lo cual la lista corre, y se da oportunidad de trabajar, adquirir experiencia, y ganar algún dinero a muchas más personas. No cómo ahora, que son bolsas de acero, donde la gente permanece inamovible, como si de un escalafón funcionarial se tratase.

Se conseguiría reducir así la enorme losa que el empleo público supone sobre la economía española, y el (incierto) despliegue económico del que el señor Rajoy habla un día sí y otro también. (Parece que confunde su boyante renta, como Registrador de la Propiedad de Torrevieja –que le atiende un Sustituto-, y sus ingresos como Presidente del Gobierno, con la asfixiante economía de la mayoría de los ciudadanos, que va de mal en peor).

En resumen, esta situación tiene soluciones, pero dudo mucho de que tanto el PP como el PSOE, o sus respectivos aliados territoriales (CIU, CC, UPN, PAR, etc.) tengan algún interés en aplicarlas, pues la mayoría de los “beneficiarios” son parientes de sus dirigentes, directivos y afiliados a los respectivos partidos. Y los políticos tienen claro que con su pan no se juega.


Ramiro Grau Morancho

Ex juez y fiscal sustituto, abogado, profesor universitario de Derecho y Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación.

11 Comentarios

  1. El autor tiene mucha razón en las medidas que propone. No hay derecho a que personas sin más mérito que la titulación, y un período de trabajo, normalmente por enchufe, se acaben consolidando en las famosas «bolsas», bloqueando el acceso a cientos de miles de personas que tienen idéntico derecho a obtener los empleos públicos, en condiciones de igualdad, y según sus méritos y capacidad, tal y como predica la Constitución…
    Desgraciadamente, hablar en España de interinos, contratados, eventuales, personal de confianza, etc., es hacerlo de ENCHUFADOS (y que me perdonen los pocos que no lo sean).
    Gracias, de nuevo, por decir las cosas claras.

  2. El artículo me parece muy sensato y meditado, y de lo mejor que he leído sobre el tema… Enhorabuena a don Ramiro por decir públicamente lo que muchos sabemos, pero la mayoría no nos atrevemos a decir en voz alta…

  3. Hoy en día, con el exceso de empleados públicos que hay en todas partes, y la total informatización, que reduce notablemente las actividades administrativas, lo lógico es que las Administraciones Públicas se adelgazasen, sin grandes traumas ni problemas, simplemente prescindiendo de todo este personal interino, contratado temporal, eventual, de confianza, etc.
    Obviamente, nada de esto se hará, pues la práctica totalidad son personas enchufadas, metidas «a dedo» en las administraciones como parte del «botín» de los partidos políticos en el poder, como muy bien dice el autor, además de las «comisiones» y mordidas correspondientes…
    Es triste decirlo, pero hay que dejar de votar al PP y al PSOE, pues ambos partidos están igual de corruptos. Y hacerlo a los nuevos partidos que asoman en lontananza, que seguramente serán igual de corruptos, pero al menos todavía no l son.

  4. Yo también pienso que lo mejor que se podría hacer con esas bolsas es que desaparecieran, y sus efectivos se fueran al paro. Y si aumenta el número de parados en un millón más de personas, pues que le vamos a hacer. Que se busquen la vida, como todo el mundo. Así reduciríamos LA ENORME LOSA que suponen los 4.000.000 millones de empleados públicos sobre la economía española. Empleados públicos que, en general, y salvo excepciones, SON BASTANTE IMPRODUCTIVOS.

  5. Artículo deficiente y comentarios tendenciosos. ¿Los empleados públicos son improductivos? Sanitarios, maestros, profesores, policías, bomberos…. Vergüenza me da esa opinión.
    ¿Transformación de contratos temporales en fijos? Ejemplos por favor, de los profesionales que he nombrado antes que les hayan transformado contratos temporales en fijos.

    Para los empleados públicos sujetos a derecho laboral, la situación de indefinido por sentencia no es equivalente a fijo, por lo que cualquier irregularidad en la contratación por parte de la Administración declarada judicialmente no convierte al trabajador en fijo, según reiterada jurisprudencia.

    Ejemplos de trabajadores torpes, lentos, incompetentes, malcarados hay en cualquier sitio. Los peores trabajadores públicos, frecuentemente, son los políticos. Ellos no tienen plaza fija, o sí?

    • Le agradezco sus comentarios, y también sus críticas. Es cierto que la jurisprudencia más reciente establece la condición de trabajadores indefinidos de los contratados «a los que se les ha pasado el contrato», es decir han estado contratados temporalmente más tiempo del previsto legalmente. Ello supone, en la práctica, que se consolidan en su puesto de trabajo, es decir que nadie les echa a la calle e indemniza, como sería lo justo.
      Seguramente usted es una de las personas beneficiadas de estos chanchullos para obtener un empleo público. ¡Le felicito por ello! Pero ¿está seguro de que lo hubiera podido obtener en sana competitividad, en condiciones de igualdad, y valorándose únicamente el mérito y la capacidad, como exige nuestra prostituida Constitución?
      Mi experiencia de la vida me dice que sólo defienden este sistema quienes se han beneficiado o se siguen beneficiando de él.
      De cualquier forma, le animo a escribir un brillante artículo sobre el tema, dónde defienda sus puntos de vista. Me encantará leerlo.

  6. A ver si nos leemos las cosas antes de opinar sandeces.
    BOLETÍN ESTADÍSTICO DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. REGISTRO CENTRAL DE PERSONAL, página 12 párrafo 3ª cuando habla del personal al servicio de la Administración local, dice que para contarlo se usa los datos de Tesorería de la Seguridad Social, comprendiendo «todos los efectivos dados de alta» (por tanto, aquí no se escapa nadie):
    http://www.seap.minhap.gob.es/dms/es/publicaciones/centro_de_publicaciones_de_la_sgt/Periodicas/parrafo/Boletin_Estadis_Personal/BE_ENE-2014-PROTEGIDO/BE_ENE%202014%20PROTEGIDO.pdf#page=12
    Sigamos jugando a disparar sin sentido, venga

    • Usted se esconde en el anonimato, para decirme que opino «sandeces».
      Le recomienda lea mi libro LABORALIZACIÓN ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (Ed- Trivium, Madrid, 1998), págs. 48 a 53, y titulado, precisamente: EL NÚMERO (INDETERMINADO) DE TRABAJADORES. Extraigo algún párrafo, para no ser cansino:
      – Al hacer el desglose de la categoría personal laboral por ministerios (pág. 47 de los boletines), se aclara, en nota a pie de página, que: «No incluye el personal laboral con contrato de trabajo de duración no superior a 6 meses».
      – Además de estos contratados laborales, como nos explica la introducción al boletín de 1994 (págs. 9 y 10): «no se incluyen en ningún caso los considerados como Altos Cargos», que en España son varios miles de personas.
      – Respecto a las sociedades mercantiles del Sector Público Estatal, tampoco se incluyen, lo que suponía, nada menos que la cifra de 299..672 personas (pág. 36), según el referido boletín.
      – El boletín de 1997 indica que sólo se incluye al personal en situación administrativa de servicio activo, por lo que hay numerosos excedentes (miles, y, posiblemente, centenares de miles) de quienes no se tienen datos, o por lo menos no se quieren dar, pero que no dejan de ser una carga para la Administración, con su derecho al reingreso, en la forma legalmente establecida. Y AUNQUE NO HAGAN FALTA PARA NADA…, a diferencia de las empresas privadas, dónde sólo se puede reingresar si hay alguna vacante.
      – Se dice también (anexo I, ámbito estadístico, pág. 19), que: «No se incluyen los efectivos que prestan sus servicios en los Órganos Constitucionales y en el Consejo de Estado».
      – Y al facilitar los datos correspondientes a las Comunidades Autónomas se dice que: «No se incluyen los efectivos de las Sociedades dependientes de las CC.AA., de las Policías Autonómicas ni el personal sanitario en formación (MIR, etc).
      Termino ya, para no aburrir a los lectores.

  7. Buenos días a tofos:
    Conozco el tema al tener una gran amistad con el director provincial de un organismo publico,y ademas haberme presentado hace poco a una bolsa de un organismo,cuyas condiciones recurri sin exito.
    Estoy totalmente de acuerdo de la injusticia que genera esta situación, y lo propios directivos del servicio publico se ven a veces limitados, porque algunas personas concretas que no todas, con preferencia en la bolsa en la practica no tienen las compentencias necesarias para ejercer esa funcion.
    Como granito de arena aporto una idea más como medio para corregir esa desigualdad, y que incluí en mi recurso y sería la posibilidad de establecer una puntuacion a tener en cuenta por la realización de funciones similares a las requeridas en la empresa privada.
    Un saludo

  8. En la Universidad de Zaragoza, y seguramente en otras muchas Instituciones Públicas, hay interinos que llevan más de 25 años de antigüedad, sin pasar ni un día por el paro… Eso sí, están enchufados a 220 voltios de potencia, por lo menos.
    A esta gente les hablas de los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad para el acceso a las funciones públicas, y se descojonan…
    ¡Qué mierda de país, y que mierda de dirigentes, políticos y universitarios!

  9. Ni el PP ni el PSOE han tenido nunca interés en hacer rotatorias las bolsas pues este tipo de personal interino, eventual, contratado, temporal, etc., son parte de su «botín», y estos puestos se utilizan para colocar a los suyos. Esa es la realidad.

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