Ricardo Campo Galindo
Ricardo Campo Galindo

En el caso de haber sido víctima de una negligencia médica, es lógico que el paciente quiera reclamar los daños y perjuicios que ha podido sufrir como consecuencia de la misma. En ocasiones, dicha negligencia puede acarrear un claro empeoramiento de la calidad de vida del perjudicado, e incluso puede llevar al fallecimiento de una persona y ser los familiares los que reclaman dichos daños y perjuicios.

Sin embargo, es necesario alertar a las personas que inician este tipo de reclamaciones, que aún contando con los mejores médico especialistas que avalen su reclamación y por lo tanto informen que efectivamente sí ha habido negligencia, existen algunos riesgos de los que el perjudicado tiene que ser informado. Riesgos que se concretan básicamente en las posibles consecuencias económicas que la pérdida de la reclamación pueden suponer.

No es lo mismo si reclamamos contra la sanidad pública que si reclamamos contra la sanidad privada o un médico o un centro que no está acogido dentro del sistema público de salud.

En el caso de que nos encontremos dentro del sistema público de salud,  las reclamaciones van dirigidas en su mayoría contra Catsalut (o sistema público autónomo que gestione la sanidad). Tras un procedimiento administrativo, la reclamación acaba tramitándose en vía judicial en los juzgados contenciosos administrativos (salvo alguna excepciones). Lo cual quiere decir que en el caso de perder el juicio, puede existir una condena en costas. Dicha condena en costas, en la jurisdicción contenciosa administrativa, suele venir limitada a cuantías concretas, que pueden oscilar entre mil euros a cuatro mil euros. Sin embargo, también existen Sentencias en las que se condena en costas y no establecen límite alguno en cuanto a dichas costas, lo cual quiere decir que si existe tal condena y la reclamación económica es cuantiosa, podría el reclamante verse obligado a pagar una cuantía que podría ser perfectamente el 25% de la cuantía reclamada, es decir, si se reclaman 100.000 Euros, podría darse el caso en que el demandante acabara teniendo que pagar 25.000 Euros aproximadamente. Sin embargo, como decimos, dicha posibilidad es bastante improbable, ya que la mayoría de la Sentencias desestimatorias de los juicios contenciosos administrativos, contienen pronunciamientos de no pago de las costas, o bien del pago de las mismas con un límite económico que suele ser de unos 3.000 Euros. A fecha de hoy, no existe un criterio objetivo sobre los motivos que pueden llevar a condenar en costas con un límite económico, o bien que se dictamine dicha condena sin límite alguno, lo cual sería un auténtico drama para la persona que además de haber sufrido una negligencia, se ve obligada a pagar unos costes prácticamente inalcanzables.

Distingo es el caso de una reclamación contra un médico o centro privado, es decir,  en vía civil, en cuyo caso sí que el riesgo es mucho mayor. En la jurisdicción civil si se pierde el juicio, es más que probable que la condena e costas se dicte de forma automática (artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Tal y como establece dicho artículo “la parte que vea rechazadas todas sus pretensiones, le serán impuestas las costas, salvo que el tribunal aprecie y así lo razone, serias dudas de hecho o de derecho”.

Al ser un criterio subjetivo del juez que resuelve la reclamación, será él mismo quien determine si dichas dudas son suficientes para eximir del pago de las costas al paciente perjudicado por la negligencia. En este caso, si se condena en costas, tal y como hemos comentado, al no haber ningún límite sobre las mismas, puede darse el caso de que una persona que ha quedado con una invalidez y reclame por ejemplo unos 200.000 Euros de indemnización, si pierde el juicio y el juez no aprecia serias dudas de hecho o de derecho, tenga que abonar una cuantía que puede oscilar los 30.000 Euros por dichas costas.

Lógicamente en opinión de los abogados especializados en negligencias médicas de Campo & Cavia Abogados, dichas posibilidades hacen extremar la precaución en toda reclamación por negligencia médica, y el paciente debe saber en todo momento que a pesar de estar informada dicha negligencia por peritos médicos que gozan de gran experiencia en el sector, hay que prever todas las posibles eventualidades, y dar los pasos adecuados en cada momento para intentar tener previstos todos los posibles acontecimientos, sin que el paciente pueda llevarse una desagradable sorpresa sin haber sido previamente avisado por los profesionales que tramitan su reclamación.


Campo & Cavia Abogados, Departamento Negligencias Médicas

5 Comentarios

  1. Hola a mi marido lo operaron de prótesis de cadera en un hospital publico de valencia, sabiendo que tenia mucha artrosis y siendo. Una operación programada le pusieron una prótesis de titanio en vez de cementadA, que hizo una falsa vía y lesiono el nervio ciático, así lo tuvieron tres días en el hospital con unos dolores horribles porque decían que no tenían material adecuado, A los tres días lo volvieron a operar y la pierna se le quedo dormida, a los dos años le empeZo a moverse el nervio provocando dolores horribles. Teniendo que ir a la unidad del dolor para que le infiltraran la medicación directamente al nervio tengo 2 informes de diferentes hospitales que no puede trabajar en nada, su dolor es crónico e irreversible, creen que podíamos sacar algo yo hice una reclamación patrimonial a la comunidad valenciana que están a punto de resolver solicitando 150000 euros, pero no le han dado la absoluta, díganme algo por favor

  2. Hola le dejo mi desastre que me hicieron .yo fuy víctima de una negligencia yo quería que me asesoraran yo hice una demanda por negligencia medica que todavía estoy en proceso. Yo estaba trabajaando y me caí y tuve rotura de pelvis estuve haciendo rehabilitación y cada día me ponían los foco en la parte pelvica sin protección en mis partes bajas en fin que me quemaron todas mis partes baja ingles y pene e testículos que la cual fuy operado por que se me pego parte de piel en el penes cual que fuy operado de fimosis por quemaduras de primero y segundo grado lo denuncie con mi abogado entre con rotura de pelvis y salí quemado operado de quemaduras de fimosis es negligencia medica fue por mutua y la mutua no dice.nada lo cual emos tenido que hacer denuncia en fin mi pregunta es que derechos tengo indemnización lo cual mi abogada dice que si que esto es imndeniazado por daños prejuicios quisiera saber asta cuando podría ser lamindenizacion y saber que derechos y cuanto se tarda en las indemnización gracias espero un poco de asesoramiento y contestación lo antes posible gracias

  3. Mi hijo le afectaron el trigémino i el dentista le dijo que en un mes se le pasaría hace 2 años y mi hijo va de mal en peor y el dentista se despreocupo . Mi hijo esta desesperado y queriendo morir no hay derecho a que pasen estas cosas.
    Me gustará ria saber si pueden ayudarme
    Saludos

  4. Hola necesito hacerte una pregunta por favor. Tuve un juicio por negligencia médica de la cual tengo una incapacidad en ambas piernas. Este juicio lo perdí y decidí apelar, también la perdí lamentablemente. Me condenaron a pago de costas y me gustaría saber cual sería la cuantía? Mi abogado, el cual prácticamente no hablo en el juicio 🤦🏻‍♀️, marcó una cuantía de 285.000€. Que pasa si no llego económicamente a poder pagar? Yo no sabía ni me informó mi abogado que yo podría pagar las costas. Mi abogado me dijo que él las pagaria por chat de WhatsApp (pero del dicho al hecho). Agradezco tu respuesta.

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