Juan Carlos tiene una hija de 6 meses. Se llama Isabel, y la dió a luz una mujer india. Nació mediante la técnica de gestación subrogada, lo que comúnmente se conoce como vientre de alquiler. Una técnica que no es legal en España y que lleva a muchas personas que no pueden tener hijos a salir al extranjero, a los países en los que sí que está permitido para intentar ser padres. Pero el camino no es fácil. Las cantidades que se manejan no están al alcance de todos. Y el hecho de que no esté permitido en España les conlleva, de regreso a casa, una serie de complicaciones legales, especialmente relacionadas con la filiación y con la baja por maternidad.

La baja por maternidad

El caso de Juan Carlos ejemplifica algunas de estas complicaciones. Nacido en Sevilla pero afincado en Barcelona, este doctor hacía tiempo que quería ser padre pero no tenía pareja. “Siempre pensaba que las mujeres lo tenían más sencillo, porque podían recurrir a la fecundación in vitro. Pero para nosotros, los hombres, es mucho más complicado. Hasta que empecé a plantearme recurrir al vulgarmente llamado vientre de alquiler”. Su primer destino fue Estados Unidos, pero pronto descubrió que el precio que hay que pagar en el país americano – de cómo mínimo 120 mil euros – estaba fuera de su alcance. Fue entonces cuando se dirigió a la India – donde las cantidades oscilan entre los 40 mil y los 50 mil euros – y pudo ser padre. De regreso a Barcelona pidió la baja por maternidad porque quería poder cuidar de su hija. Su sorpresa fue que el permiso le fue denegado. El problema es que para poder obtenerlo, la Seguridad Social pide dos documentos: el del parto o el de la adopción. Y ellos no tienen ninguno de los dos. “Para mi esto ha sido un auténtico problema. Porque sin apenas tiempo debí buscar alguien que me transmitiera confianza para que cuidara de mi hija, siendo esta todavía muy, muy pequeña,” dice Juan Carlos.

Muchas familias a las que les había ocurrido lo mismo con anterioridad habían recurrido a la vía judicial. Y hay varias sentencias de Tribunales Superiores de Justicia de distintas comunidades que les dan la razón. “El problema – argumenta Juan Carlos, que ya ha interpuesto un recurso – es que habrán pasado meses o años hasta que un juez se pronuncie, y ya no habré podido cuidar a mi hija durante los primeros meses de vida”.

Según Antonio Vila-Coro, presidente de la Asociación española que agrupa estas familias, lo que está en juego aquí es “el derecho de nuestros hijos a ser cuidados por sus padres. Es un derecho que tienen todos los niños, y es una discriminación que los nuestros no tengan esa misma posibilidad”. En su caso, es padre de una niña nacida por esta técnica, y también le fue denegado el permiso cuando lo solicitó hace años. La ley española sólo contempla la posibilidad de que un hombre tenga derecho a la baja de maternidad en caso de fallecimiento de la madre, adopción o acogimiento. “Pero creemos – dice Vila Coro – que lo que debe primar es el interés del menor”. Él y su marido recurrieron a los tribunales, y aunque no les dieron la razón en primera instancia, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid les acabó dando la razón. De hecho, hay una frase en la sentencia que dice literalmente que “repugna la lógica más profunda que se haya denegado el permiso en este caso”.

Tipos de gestación

Podemos distinguir dos tipos:

La subrogación tradicional (o parcial), en que la madre de alquiler es inseminada artificialmente para gestar un bebé con su propio óvulo. Por otro lado la subrogación gestacional (o plena), en que la madre de alquiler se limita a gestar el embarazo puesto que ha sido inseminada artificialmente en un óvulo que no es suyo. El óvulo puede ser de la persona que contrata o que provenga de una donación anónima. En este caso, la mujer sólo alquilaría su útero.

La filiación

Este es el grueso de complicaciones que enfrentan las familias que optan por la gestación subrogada. Hasta el año 2010, no había ninguna regulación sobre esta técnica. El artículo 10 de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida establece que “el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero es nulo de pleno derecho”.

Los hombres o mujeres que salían al extranjero y tenían un bebé mediante la gestación subrogada debían entonces dirigirse a un Registro Civil cuando llegaban a España para realizar la inscripción de nacimiento. En algunos casos decían simplemente que habían tenido el niño en el extranjero – sin menores complicaciones – pero en otras, les tocaba emprender otra larga lucha. Esta última situación la han vivido, especialmente, las parejas de hombres homosexuales.

Es el caso de Antonio Vila-Coro, por ejemplo. Cuando llegó a España desde Estados Unidos, donde había nacido su hija, no le permitieron inscribirla en el registro porque entendían que faltaba la madre. Y como él mismo dijo “tuvimos que pasar por un periplo judicial de 3 años. 3 años en los que mi hija estuvo en un limbo legal”.

Esta situación cambió en el año 2010. Y aquí es importante distinguir el caso de Estados Unidos del resto de países en los que también se practica la gestación subrogada.

¿Por qué? Pues porque la Dirección General de los Registros y del Notariado hizo una Instrucción en el año 2010 que establecía el procedimiento a seguir para inscribir a la criatura. Es decir, que por primera vez se reconocía la posibilidad de regularizar la situación de un bebé nacido mediante gestación subrogada en España. Y lo que decía esta instrucción, entre otras cosas, es que se debería presentar una sentencia del juez que acreditara que efectivamente se había seguido un proceso usando esta técnica. El problema es que el único país donde hay un juez que supervisa todo el procedimiento y que termina redactando una sentencia que lo acredita es en Estados Unidos. En los demás – India, Canadá o Ucraïna por ejemplo -no.

Y por eso en estos casos la inscripción del hijo puede convertirse en un rocambolesco proceso legal. En estos casos el hombre es padre biológico de la criatura – porque ha dado el esperma – y lo puede inscribir él. La pareja puede comenzar un proceso de adopción.

Última sentencia del Supremo

Para complicarlo todo un poco más, el Tribunal Supremo hizo pública una sentencia hace poco más de un mes en la que no se reconoce la filiación a una pareja de hombres valencianos que tuvieron gemelos en Estados Unidos.

Como explica Vila-Coro: “Ahora estas criaturas son hijos de españoles que viven en España pero que tienen la ciudadanía estadounidense – porque es allí donde nacieron. Es decir, que no son ciudadanos de este país a efectos legales”.

La asociación que reúne a las familias defiende que esta sentencia no tendrá efectos para los casos futuros porque ellos habían tenido hijos antes de 2010, antes por tanto de que se publicara la instrucción de la dirección general de registros y del notariado. Pero los efectos legales que pueda tener todavía son muy confusos.

Para resolver todo esto ellos piden que se legalice esta técnica en España. Están preparando una iniciativa legisliativa popular aunque todavía no saben cuándo comenzarán el proceso para recoger las firmas.

Iniciativa legislativa popular

Hay una asociación de Lugo que ha nacido con el objetivo de tirar adelante una ILP – Inciativa Legislativa Popular – para legalizar esta técnica. No han empezado a recoger firmas, porque lo que quieren hacer de momento es organizarse y hacer una campaña de sensibilización. Cuando se abra el período para recoger firmas tienen 9 meses, y es por eso que quieren tenerlo todo a punto. “Yo sí creo que la sociedad española puede estar preparada – dice Aurora González, secretaria de la asociación -. Hace años tampoco parecía posible regular la fecundación in vitro, y ahora se habla del tema con total normalidad. Con la gestación subrogada pasa lo mismo. Hasta hace poco tiempo mucha gente escondía que había recurrido a esta técnica, y ahora hay incluso muchos famosos que lo sacan a la luz”.

Afirma que la legalización de esta técnica supondría, por una parte, acabar con la discriminación de quien tiene recursos y quien no. “Ahora mismo, ir a EUA, el único país que ofrece garantías legales plenas, no está al alcance de todos. Estamos hablando de 120 mil euros de base, el precio puede subir si hay cualquier tipo de complicación”.

Además, subraya que permitiría que la gente que quiere ser madre y no puede tenga una segunda oportunidad. “Hay mujeres que por cualquier complicación médica o por el motivo que sea, no pueden ser madres. Mujeres que, poe ejemplo, por algún tipo de enfermedad hayan perdido el útero. Ahora mismo si no tienen recursos no tienen ninguna posibilidad, pero si fuera legal en España sí podrían”. Y considera que es también una buena opción para los hombres que, sin esto, lo único que pueden intentar es adoptar, lo que asegura te puede colocar en listas de espera durante años sin ninguna garantía.

¿Pero abocará esto a las mujeres que no tienen recursos a parir niños que no son suyos? Según Aurora, no. El texto que tienen preparado afirma que se deberá comprobar que la mujer gestante no puede tener dificultades económicas, debe tener al menos un hijo y debe estar vivo. “Entendemos que hay que poner unos filtros y unos controles porque no todas las mujeres están preparadas para esto. Pero para nosotros es importante que no lo hagan con motivaciones económicas”.

Tanto ella como Antonio coinciden en que ahora sí, quizás la sociedad está preparada para esto y puedan reunir las 500 mil firmas necesarias para llevar la iniciativa al Congreso. De hecho Antonio está convencido que con el tiempo la gente ya no hablará de vientres de alquiler – una expresión que considera despectiva – sino que se impondrá la normalidad del término gestación subrogada. “Hace unos años, la gente hablaba de los bebés probetas para referirse a la fecundación in vitro. Yo recuerdo incluso un titular de periódico que explicaba que había nacido el primer bebé probeta en España. Y ahora nadie le diría a una amiga, ¿has tenido un bebé probeta? Con esto igual. Tiempo al tiempo”.

2 Comentarios

  1. Que se prive a una mujer de hacer uso de los avances de la ciencia para ser madre me parece de muy poca solidaridad! Todos los centros de tratamiento de la infertilidad cuentas con profesionales que aconsejan a las futuras madres e incluso con equipos de psicólogos. En FIVSantander me ayudaron en todo lo que necesité cuando decidí dar este paso y recomiendo a cualquier mujer con problemas de fertilidad, si tienen alguna duda, ir allí aunque sea a informarse!

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