Ana SanzPor Ana Sanz, socia de ABA Abogadas y especialista en Derecho Laboral y de Familia

La reforma laboral de 2012 ha dado lugar a variados y profundos cambios a la hora de entender las relaciones laborales, pero la sociedad aún desconoce muchos de estos cambios y se hace preguntas, sobre todo en lo que se refiere a la reducción de salarios, y a los pasos a seguir en el caso de que así suceda. Ana Sanz, socia de ABA Abogadas, y especialista en Derecho Laboral da respuesta a algunas de estas cuestiones.

¿Es legal una reducción salarial? ¿En qué casos?

Desde la entrada en vigor de la última reforma laboral se permite, por primera vez en nuestra legislación, que el empresario lleve a cabo reducciones salariales unilaterales, no siendo necesario que se produzca una reducción de jornada. Hasta este momento, únicamente se podía reducir el salario de los trabajadores reduciendo las horas de trabajo, de tal modo que, la rebaja salarial era siempre proporcional a la reducción de jornada. Sin embargo, desde el mes de febrero de 2012 basta con que existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, para reducir el salario de los empleados, aunque continúen trabajando su jornada ordinaria.

¿Qué cuantía es legal? ¿Por cuánto tiempo?

El Estatuto de los Trabajadores (ET) no establece limitación temporal, y en cuanto a la cuantificación de la reducción está tendrá como límite el salario que se haya establecido en el convenio colectivo o de empresa que resulte de aplicación. De este modo, el empresario puede, cuando existan razones que así lo justifiquen, rebajar el salario de los empleados hasta el salario establecido convencionalmente aplicando el artículo 41 del ET. No obstante, si la necesidad empresarial fuera tal, que se hiciera preciso rebajar salarios incluso por debajo de los establecidos convencionalmente, la reforma ha establecido un procedimiento específico para inaplicar el convenio –descuelgue salarial- recogido en los artículos 82 y siguientes del ET.

¿Cuál es el procedimiento a seguir?

La empresa puede llevar a cabo o la reducción salarial, de manera individual o colectiva, siendo esta última cuando afecta a 10 o más trabajadores, en empresas que tengan menos de 100 trabajadores en plantilla, o al 10% de los trabajadores, en empresas que tienen entre 100 y 300 trabajadores, o bien afecta a más de 30 trabajadores en empresas con más de 300 empleados. En el caso de que la reducción individual, y por no afectar al número mínimo de trabajadores que se recoge en la legislación vigente para encontrarnos ante una medida colectiva, bastará con que el empresario notifique por escrito al trabajador la adopción de la medida, justificando en la referida comunicación cuáles son las medidas que obligan a la adopción de la misma. Comunicación, que deberá efectuarse con una antelación mínima de 15 días a la aplicación de la medida y, que deberá entregarse tanto al trabajador afectado como a los representantes de los trabajadores.

Y por otro lado, para la reducción salarial colectiva, se prevé un mecanismo similar al de los expedientes de regulación de Empleo (EREs), pero que no incluye la necesidad de presentación o comunicación ante la autoridad laboral. Así, se establece que la adopción de esta rebaja salarial, deberá ir precedida de un periodo de consultas, entre la empresa y los representantes de los trabajadores, no superior a 15 días, que versará sobre la causa que ha motivado la medida, y la posibilidad de evitar o reducir sus efectos. Además la ley establece, que al igual que en los EREs, las partes deberán negociar de buena fe, con vistas a la consecución de un acuerdo. Finalizado el periodo de consultas con acuerdo, se presumirá que concurren las causas justificativas y la reducción salarial sólo podrá ser impugnada ante la jurisdicción competente por la existencia de fraude, dolo, coacción o abuso de derecho en su conclusión. Si por el contrario, no se alcanzara acuerdo, la decisión sobre la modificación colectiva del salario será notificada por el empresario a los trabajadores una vez finalizado el periodo de consultas y surtirá efectos en el plazo de los siete días siguientes a su notificación.

¿Qué puede hacer el trabajador?

Ante una modificación sustancial de condiciones salariales, el trabajador puede optar por:

– Aceptar la medida

– La extinción de su relación laboral, teniendo en este caso derecho a una indemnización
de 20 días de salario por año trabajado, con el tope de 9 mensualidades.

– Impugnarla ante el Juzgado al entender que no es ajustada la reducción salarial que le
han aplicado.

Si la medida de reducción salarial es individual el trabajador puede impugnarla en el juzgado en un plazo de 20 días desde la notificación por parte de la empresa. Si la medida es colectiva y no se alcanza un acuerdo, en los plazos previstos descritos anteriormente, esta decisión se podrá reclamar en conflicto colectivo, sin perjuicio de la acción individual, que quedará paralizada hasta la resolución de la demanda colectiva, en el supuesto de haberse interpuesto.

Naturalmente, la elección entre las distintas opciones es una decisión personal, que dependerá de las circunstancias de cada uno. No obstante, desde mi experiencia profesional, me gustaría señalar, que en la práctica las impugnaciones a las reducciones de salario –ya sean individuales o colectivas- suelen prosperar cuando la empresa incumple con los requisitos establecidos para llevarla a cabo, sobretodo con la falta de justificación de las razones económicas que llevan a la empresa a adoptar la medida, como la ausencia de entrega de documentación, o la falta de negociación efectiva en el periodo de consultas, entre otras. En el caso de que las empresas justifiquen plenamente las razones económicas, sería mejor optar por una de las dos primeras opciones.

35 Comentarios

  1. que aspectos de deben tener en cuenta para negociar un convenio propio con la empresa?
    se tiene que firmar el mismo dia que se inicia la negociacion?
    los representantes de los trabajadores deben disponer de tiempo para reunirse antes?

  2. Doctora la empresa donde trabajo me a reducido mi sueldo sin notificarme es mas la empresa me descuenta mi afp y no la deposita y mi contrato venció el 17 de setiembre del presente año que acciones puedo tomar

  3. Buenas noches

    Necesito asesoría en cuanto a que si la empresa en donde laboro me quiere cambiar de lugar de trabajo sin previa notificación y reducción de salario, en este caso que puedo hacer, como me puedo amparar para que no se me reduzca el salario y no me canalicen a otro lugar de trabajo

    De antemano agradezco su asesoria

    Atte
    Berenice Arciniega

  4. les expongo mi caso estoy trabajando actual mente pero me quieren bajar de puesto con un sueldo menor se puede hacer algo ???? esta permitido hacer algo así ??

    • Trabajo en un restaurante y somos 3 que no hemos papeles y por el virus solo nosotros 3 nos dejaron con 10 horas ala semana y los hotros que tienen papeles les dieron 30 horas eson nuevos tienen menos tiempo que se puede aser

  5. Buenas tardes en mi empresa me bajaron el sueldo pero firme una hoja que estaba conforme… Pero no era nada legal la hoja solo una notificación de enterado xq en el titulo de la hoja decía menorandum… Cheque en el seguro si me dieron de baja y volvieron a dar de alta con el sueldo que me rebajaron… Puedo hacer algo

  6. Hola
    El mes de enero mi sueldo base era 1.074,00€; y el mes de febrero mi sueldo base es 808.00€, no hay plus ni nada… es legal? Gracias

  7. Trabajo de martes a domingo descanso el lunes descanso 3 días al mes ya sea un miércoles un viernes o un domingo y en el mes no nos pagan ningún dominical esto si es legal somos 4 trabajadores uno descansa un miércoles otro viernes otro domingo otro miércoles así sucesivamente nos rotamos

  8. La empresa va cambiar de razón social que pasa con nosotros los empleados nos quieren hacer firmar la renuncia que debemos hacer

  9. Buenos dias
    me gustaria mucho saber su interpretacion y recibir comentarios sobre lo que me sucede:
    1.- En el mes de diciembre del año 2014, me reincorpore como trabajador con contrato permanente de una municipalidad provincial en la que labore los ultimos 08 años por diferentes modalidades de contratacions, un tiempo CAS y otras modalidades.
    2.- durante todo ese ese period mi sueldo era entre S/. 1500.00 y los ultimos cuatro años S/. 1800, al determinar mi reincorporacion como trabajador permanente mi sueldo a seguido en ese mismo monto hasta la fecha.
    3.- Resulta que esta ultima semana el jefe de personal tuvo una conversacion conmigo en el sentido de que mi sueldo es irregular y que no corresponde ala escala remunerativa y que me corresponde un monto inferior motivo por ql que me reduciran el monto de mis haberes.
    3.- Pero no solo es ese mi problema es aun mayor con la promesa de que se me aperturara un proceso administrativo por cobro indebido y que se me descontara de mis haberes reducidos los supuestos pagos de mas recibidos en este tiempo

    me podria brindar una respuestas y tambien me gustaria recibir algun tipo de jurisprudencia y comentarios de casos similares

  10. Hola: trabajo en una agencia automotriz y tengo sindicato , me han bajado mi sueldo a un 30% y no se que hacer solo estamos esperando la respuesta del sindicato , y quiero saber alguna sujerencia de usted….GRACIAS

  11. En donde laboró me redujeron el salario casi a la mitad de lo que ganaba eso se puede hacer por parte de la empresa y con la condición que si uno quería o lo despiden del trabajo

  12. Buenos dias tengo un contrato a media jornada 4horas y me quieren reducir la jornada a 3horas se puede hacer? Pueden reducir una hora con el mismo contrato o me tienen que liquidar y hacer otro contrato gracias y un saludo

  13. En la empresa donde trabajó me avisaron el día 14 de febrero del 2017 que ya no me iban a depositar nada de mi salario y que se iba a cambiar el esquema sólo a comisiones sin sueldo alguno, que puedo hacer aqui?

  14. Trabajo actualmente en una empresa donde llevo 12 años e ascendido de pùesto en dos ocasiones, pero no e firmado ningún documento, tengo un salario básico, a partir de este mes de febrero el básico me lo bajaron a salario mínimo es aproximadamente la suma de $400.000, me los colocaron como horas extras para completar el salario que tenia, ¿eso me afectan vacaciones, prima cesantias y pensión? en caso de que me afecte que puedo hacer?

  15. Buenas noches, la empresa en que trabajo me bajo la categoria y me redujo el sueldo, sin consentimiento alguno es legal eso, agradezco su asesoramiento.

  16. buenas tardes, por un problema personal con mi jefe directo ( no es el patron ), el cual lo ha mezclado con el trabajo, asi mismo en una ocacion intento retenerme las comisiones por lo que acudi a recursos humanos y me las pagaron 3 dias despues, y hasta donde yo se, esta viendo la manera de reducirme mi salario, que me aconseja hacer.

  17. Pueden después de más de 10 años de cobrar comisiones en grupo somos tres y cobravamos por las ventas en grupo ahora pagan por lo que vende cada uno con el mismo porcentaje es legal que lo hagan

  18. TRABAJO EN EL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL, DESDE HACE 5 AÑOS, EN EL MES DE ABRIL DEL AÑO 2017, ME CAMBIARON DE PUESTO Y ME BAJARON MI SALARIO, QUISIERA SABER SI ESTA SITUACION ES LEGAL O NO. LE ADRADECERIA MUCHO SU RESPUESTA, QUE TENGA UN EXCELENTE DIA. GRACIAS

  19. trabajo en una empresa me han subido dos veces de puesto y de sueldo claro, sin hacer ninguna modificación en mi contrato solo se han hecho cambios de salarios ante el IMSS y ahora el dueño me quiere bajar de puesto con mis mismas obligaciones pero con menor salario.
    hasta donde yo se esto no se puede, pues tendría que haber una liquidación y una recontratación para que se pueda hacer la modificación del salario ante el imss.
    Por favor les pido una orientación…

    Gracias…

  20. Buenas tardes,

    Hoy fui a una entrevista de trabajo, pero me piden una carta de Infonavit de reducción de salario
    Que puedo Aser….gracias

  21. Yo estoy trabajando en una panaderia entre con un sueldo de 16mil500 empezó la pandemia y me bajó los hiarios a 6 horas y el sueldo obvio a 12mil pesos eso lo entendí! Mkclmoañera renuncio me quedo sola y me aumento el sueldo a 20mil 8 horas más más las horas extras pero el me aumento el sueldo a 20mil y en diciembre toman a otra muchacha y me bajó por que si el sueldo sin nkconsentimiento eso se puede hacer ?

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