Batería de sentencias del TUE contra Batasuna

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, además de confirmar la ilegalización de Batasuna, ha dictado varias sentencias en las que se rechaza los recursos presentados por las candidaturas Herritarren Zerrenda, presentada a las europeas de 2004, así como la del Parlamento navarro liderada por Pernando Barrena en 2003 y las de las listas locales ‘abertzales’ de ese mismo año.

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3/07/09 , Redacción | sin comentarios

La corte de Estrasburgo ha mantenido los mismos criterios en estos casos que en la sentencia contra Batasuna y ha establecido que no se ha producido la violación del Convenio Europeo de Derechos Humanos que invocaban los recurrentes.

Además de los recursos referidos a HB y Batasuna, los miembros del entorno político de ETA habían presentado recurso contra la anulación de la candidatura de Herritarren Zerrenda que no pudo comparecer a las europeas de 2004.

Igualmente había sido recurrida la prohibición de la candidatura al Parlamento de Navarra, en 2003, encabezada por Pernando Barrena, las de las Juntas Generales de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa y las de los ayuntamientos en los comicios de este último año.

Todos los recursos son rechazados ya que el Tribunal Europeo estima que la “disolución de Batasuna y de HB hubiera sido inútil si hubiera podido proseguir su actividad” a través de las candidaturas recurrentes.

La Corte considera que las autoridades españolas “disponían de numerosos elementos y del tiempo necesario para concluir que las agrupaciones electorales litigantes querían continuar las actividades de los partidos políticos declarados ilegales con anterioridad”.

La sentencia considera que las medidas restrictivas adoptadas por los tribunales españoles son proporcionales al objeto jurídico perseguido, no resultan arbitrarias ni atentan contra la libre expresión.

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