Bruselas propone al Consejo de Ministros de la UE la ratificación de la Convención de Palermo

La Convención de Palermo, cuyas negociaciones concluyeron en octubre de 2000, es el primer instrumento de Naciones Unidas con capacidad jurídica vinculante dentro de este ámbito. Un total de 147 países se han adherido al documento, de los que 40 ya lo han ratificado. Está previsto que entre en vigor el próximo 29 de septiembre.
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1/09/03 , Redacción | una respuesta

La Convención de Palermo, cuyas negociaciones concluyeron en octubre de 2000, es el primer instrumento de Naciones Unidas con capacidad jurídica vinculante dentro de este ámbito. Un total de 147 países se han adherido al documento, de los que 40 ya lo han ratificado. Está previsto que entre en vigor el próximo 29 de septiembre.
En la Unión Europea, es necesario que se ratifique la convención en nombre de la Comunidad y de cada país miembro. Hasta la fecha, únicamente España (1 de marzo de 2002) y Francia (29 de octubre de 2002) han depositado en Naciones Unidas sus respectivos instrumentos de ratificación.
Uno de sus objetivos de la convención es el de reforzar la cooperación internacional contra el crimen organizado mediante la equiparación de las definiciones legales de cuatro tipos de delitos, como son la participación en un grupo criminal organizado, blanqueo de capitales, corrupción y obstrucción a la Justicia. Así, un delito de esta naturaleza cometido en un país firmante será reconocido como tal en el resto de los suscriptores.
Asimismo, el documento detalla fórmulas para mejorar la cooperación internacional en aspectos como la extradición, la asistencia legal mutua, la transferencia de procedimientos y las investigaciones conjuntas, así como la protección a las víctimas y testigos, y la introducción de ¿escudos legales¿ contra el crimen organizado.
Por su parte, el protocolo sobre tráfico de personas con fines sexuales, esclavitud o trabajo clandestino, insta a los países firmantes a perseguir y castigar a los traficantes internacionales, adoptar medidas para mejorar la cooperación entre países a fin de combatir de una manera más efectiva este fenómeno, así como a proteger a las víctimas.
En cuanto al protocolo contra el tráfico de inmigrantes por tierra, mar y aire prevé que los países que lo adopten tipifiquen esta actividad como delito en sus ordenamientos jurídicos internos, adopten medidas especiales contra el tráfico de inmigrantes por mar e incrementen la cooperación internacional en la materia.

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