España también es campeona en litigios

De la Eurocopa a los Juzgados. A pesar de que 50 por ciento de los asuntos que llegan a los despachos no acaban en pleito por la labor negociadora de los abogados, España es uno de los países del mundo con mayor tasa de litigiosidad.

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30/06/08 , Redacción | una respuesta

La aseveración se desprende del artículo del abogado y doctor en Derecho Procesal Gilberto Pérez del Blanco sobre la situación de la Administración de Justicia Española que publica el número 50 de la revista “Abogados”, del Consejo General de la Abogacía Española.

A finales de 2007 la tasa de litigiosidad, que recoge el número de asuntos que ingresan en la jurisdicción por el número de habitantes, estaba muy cerca de los 200 asuntos judiciales por cada 1.000 habitantes.

El autor apunta que en Francia dicha tasa está en torno a los 120 asuntos, en Italia 100, en Alemania 75 y el Reino Unido 50. Además, la evolución tampoco arroja un dato tranquilizador: cada año crece aproximadamente en 3 por ciento.

En 2007 el número de asuntos ingresados en la jurisdicción para su resolución ha sido de 8.343.687, de ellos el 75 por ciento corresponde al orden penal, el 17 por ciento al orden civil, el 4 por ciento al orden social y el 3 por ciento al orden contentencioso-administrativo.

El número de asuntos ingresados también se incrementa cada año: entre 2006 y 2007 el aumento ha sido de 300.000 asuntos. Los órganos jurisdiccionales no pudieron resolver, al menos, 90.000 asuntos.

Según los datos recopilados por el autor, en España hay 2.500.000 asuntos pendientes de resolución. A finales de 2007 cada órgano jurisdiccional tenía una media de 700 asuntos pendientes de resolver.

La peor parte se la lleva el contencioso-administrativo con 1.500 asuntos pendientes en cada órgano, a los que se tardaría en dar respuesta 15 meses, siempre y cuando no entrase ningún asunto nuevo.

En el orden civil hay 1.038.634 ejecutorias pendientes y con una tendencia claramente negativa, ya que las ejecuciones registradas por año superan en más de 80.000 a las resueltas. Teniendo en cuenta la capacidad de resolución de los órganos del orden civil, que es de 327.467 asuntos por año, necesitarían tres años sin ninguna ejecución nueva para poder resolver las pendientes.

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