En su Informe Anual 2007, la institución recomendó que las entidades sean más claras en este concepto para que los asegurados puedan conocer de forma clara y concreta la información sobre la prestación a percibir.
Según el Defensor del Pueblo, la referencia del valor venal como criterio de indemnización sin definir da facultades de interpretación a la entidad y supedita el cumplimiento de la prestación a su voluntad.
Aconseja a las entidades que especifiquen en las pólizas las fuentes de valoración o los criterios que usarán para aplicar el valor venal como indemnización.
La institución ha decidido incluir estas recomendaciones en su informe después de haber recibido varias reclamaciones de particulares.
Los clientes denunciaron que, tras sufrir un accidente y una vez valorados los daños, las compañías de seguros los califican como siniestro total y abonan sólo la indemnización por el valor venal y no por el valor real de la reparación.

















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