En el documento deberán constar los riesgos sanitarios que comporta, los cuidados que requiere una correcta cicatrización, las condiciones y las características del producto o materiales que se implanten.
Por primera vez se regula además el acceso a estas prácticas de los menores de 16 años, y se establece la obligatoriedad de llevar un certificado de madurez firmado por sus padres o tutores legales, antes de ser sometidos a una de estas prácticas.
El nuevo decreto, que incluye también la creación de un registro de profesionales que llevan a cabo estas prácticas, amplía la normativa que se implantó en Cataluña en 2001, la primera que hubo en el país, para regular la prácticas de tatuaje, micropigmentación y piercing.
Con esta normativa se quiere garantizar una mayor protección de los usuarios y los profesionales que se dedican a esta actividad ante el crecimiento espectacular que han tenido estas prácticas estéticas en los últimos años entre toda la población.
También establece que todos los establecimientos deberán tener a disposición de los usuarios hojas de reclamaciones o de denuncia oficiales, y que los profesionales que se dediquen a esto deberán acreditar como mínimo 35 horas de formación, diez más que las que se exigían hasta ahora.
La formación se deberá llevar a cabo en centros homologados y quedarán exentos los licenciados en medicina y cirugía, farmacia, biología y odontología, los diplomados en enfermería y podología, y los técnicos superiores en estética y en curas auxiliares de enfermería.

















[...] La sociedad argentina asiste entre el horror y el desconcierto a la revelación de los detalles de la muerte de una niña de dos años. Ocurrió el domingo en la localidad bonaerense de Lomas de Zamora, informó el diario El [...]