Programa piloto de la CAS para agilizar ciertos aspectos procesales de la UDRP

La Corte Checa de Arbitraje (CAS) propone un programa piloto para explorar la viabilidad práctica y jurídica de la agilización de ciertos aspectos procesales de la UDRP de la ICANN.

Comparte esta noticia:
Estos iconos son de sitios de bookmarking social dónde los usuarios pueden compartir págins nuevas.
  • Digg
  • del.icio.us
  • Google
  • BarraPunto
  • Meneame
  • Reddit
  • StumbleUpon
  • e-mail
  • Facebook
  • Live
  • Technorati
  • YahooMyWeb

9/10/08 , Redacción | sin comentarios

La Corporación de Internet para la Asignación de Nombres y Números (ICANN) recibió recientemente una petición de la Corte Checa de Arbitraje (CAC) para someter a comentario público dos proyectos pilotos relacionados con la forma en la que desea interpretar ciertos aspectos de la Política Uniforme para la Resolución de Controversias en materia de Nombres de Dominio (UDRP) de ICANN.

Como el lector sabe, la Corte de Arbitraje adjunta a la Cámara Económica de la República Checa y adjunta a la Cámara de Agricultura de la República Checa, más conocida como Corte Checa de Arbitraje (CAC), es la única entidad europea autorizada por ICANN para arbitrar todas las disputas derivadas del registro y uso de nombres de dominio con la terminación de primer nivel europea, “.eu” y funciona a estos efectos como www.adr.eu, no como http://www.soud.cz.

La CAC no estaba ni de lejos preparada para afrontar semejante encargo en 2005 en comparación con otras cortes europeas, pero obtuvo la nominación de la Unión Europea ante ICANN y recibió el más amplio apoyo experto, logístico y financiero para llevar a cabo esta labor. La CAC realiza hoy una labor extraordinaria y de gran calidad en la resolución de este tipo de controversias y no se dedica exclusivamente a las disputas “.eu”, habiendo sido autorizada en enero de este año para conocer sobre cualquier disputa relacionada con el registro y uso de nombres de dominio que contengan cualquier terminación de primer nivel.

¿Qué aspectos de la UDRP busca modificar la CAC, y con qué finalidad?

El proyecto piloto que propone la CAC para posteriormente ser evaluado pretende “explorar las implicaciones jurídicas y prácticas de una política que agilice el envío a la CAC de copias de sus demandas o contestaciones firmadas en papel (hardcopy)”.

El procedimiento habitual de demanda y contestación es electrónico, 100% online. Sin embargo y aún a pesar de mecanismos sofisticados de autenticación y encriptación, la plataforma online empleada genera documentos imprimibles para que demandado y demandante los firmen en papel y los remitan a la CAC tras haberlos cotejado a la vista contra la documentación online. Hecho esto, las partes firman los documentos y los remiten a la CAC por correo certificado en los que vuelven a cotejarse por el funcionario responsable de la administración del asunto concreto.

Bajo la UDRP ciertos documentos –notablemente la demanda y la contestación a la demanda—han de remitirse de forma electrónica y convencional en la forma explicada. La CAC busca agilizar este proceso. La CAC sugiere que la carga recaiga sobre ella misma de tal suerte que sea el administrador del asunto en la CAC quien, a petición de parte, envíe un ejemplar en papel de los documentos electrónicos cuando se soliciten. Si las partes deseasen solicitar originales en papel de los documentos originales transmitidos online, éstas las recibirán de la CAC para que los firmen y devuelvan a la corte.

¿En qué reside la agilidad del proceso? En la probabilidad de que muchos demandantes y demandados no deseen papel, que les baste con un proceso 100% online del que se responsabiliza la CAC. No olvidemos que para actuar ante la CAC, las partes han de tener una firma electrónica y que la totalidad del proceso se lleva a cabo desde servidores seguros.

Adicionalmente, la CAC proveerá a las partes un segundo nivel de autenticación que se basa en tarjetas de tipo crédito que algunos bancos dan a sus clientes para sus operaciones online. Así, una vez introducido el nombre de usuario y contraseña, no se podrá acceder al fichero que contenga las actuaciones excepto tras introducir unas claves adicionales presentadas en la forma de una matriz a la que sólo tendrá acceso el usuario concreto y que cambiarán aleatoriamente para cada sesión. A este proceso se le denomina “strong authentication”.

No termina aquí el proceso electrónico de autenticación. Cuando tras este proceso el usuario actúe en el arbitraje mediante el envío de un documento cualquiera, éste recibirá un email para que vuelva a entrar del modo explicado y dar su visto bueno definitivo. En otras palabras, no se actúa una vez; cada actuación documental requiere “re-actuar” sobre ella.

La CAC pretende con esta propuesta evaluar si merece la pena este esfuerzo, si funciona y tiene sentido desde un punto tecnológico, y si el proceso aguanta un examen jurídico serio en lo referente a los procesos de autenticación y validación. La CAC entiende que no habrá problemas jurídicos ya la propuesta tiene como meta marear al usuario tantas veces sean necesarias para establecer que es él quien actúa y no otro, y para conseguirlo se le marea lo suficiente; no más, no menos.

Empezamos a asumir que vivimos en los inicios de una era digital. Las palabras clave son “empezamos” e “inicios”, y por ello seguimos queriendo ver papel para los asuntos que consideramos importante; si es verjurado y tiene membrete, mejor; en altorrelieve para pasar el dedo y sentirlo, mejor que mejor; y ya, si incluye heráldica en cera roja y viene firmado con pluma de avutarda, lo más de lo más. Esto cambiará, pero cuesta.

El lector puede consultar la propuesta de la CAC a la ICANN en:

http://www.icann.org/udrp/proposals/cac-pilot-projects-description-18jun08.pdf

El periodo de consulta se cerrará el 20 de agosto.

Comparte esta noticia:
Estos iconos son de sitios de bookmarking social dónde los usuarios pueden compartir págins nuevas.
  • Digg
  • del.icio.us
  • Google
  • BarraPunto
  • Meneame
  • Reddit
  • StumbleUpon
  • e-mail
  • Facebook
  • Live
  • Technorati
  • YahooMyWeb



Enlaces patrocinados

Articulos relacionados

Feed para este artículo 0 Respuestas hasta el momento

  • No se ha recibido ningún comentario.

Añade tu comentario (o envia un Trackback)

Detalles personales
Tu comentario

  • Enlaces patrocinados



Etiquetas

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                       


Búsquedas interesantes:
prescripcion contrato suministro, decreto 372 2004 andalucia, solicitud aclaracion, clinicas privadas madrid, 19 mayo, servicio valenciano salud, regulacion valor nominal accion, exequatur divorcio suizo espana,