El objetivo de esta medida es doble: reducir el consumo y recortar las diferencias de precios entre los Estados miembros, lo que a su vez contribuirá a luchar contra el contrabando intracomunitario.
El incremento no tendrá ninguna consecuencia práctica en España porque, tras la subida aprobada el pasado junio, el nivel de impuestos sobre el tabaco ya está por encima de los mÃnimos que exigirá la nueva norma, según explicó la vicepresidenta Económica del Gobierno y ministra de EconomÃa y Hacienda, Elena Salgado.
El porcentaje mÃnimo de impuestos especiales aumentará progresivamente desde el 57% actual hasta el 60% del precio medio ponderado en 2014, mientras que la cantidad mÃnima de impuestos especiales subirá de 64 euros a 90 euros por cada mil cigarrillos.
Bulgaria, Grecia, Estonia, Letonia, Lituania, HungrÃa, Polonia y RumanÃa dispondrán de 4 años suplementarios, hasta 2018, para llegar a estos mÃnimos. Los paÃses que no se beneficien de este periodo de transición podrán imponer un lÃmite de al menos 300 cigarrillos a la cantidad de tabaco que puede introducirse en su territorio procedente de estos 8 paÃses para evitar distorsiones de competencia.
También aumenta la presión fiscal sobre el tabaco para liar, que hasta ahora ha gozado de un tratamiento preferente. Los Estados miembros deberán respetar ya sea un mÃnimo proporcional o un mÃnimo monetario, que será del 40% del precio medio de venta o 40 euros por kilo en 2011; 43% o 47 euros por kilo en 2013; 46% o 54 euros por kilo en 2015; 48% o 60 euros por kilo en 2018 y 50% o 60 euros por kilo en 2020.