El Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD) aprobó el pasado lunes un dictamen en referencia a la Comunicación de la Comisión Europea sobre neutralidad de la red y una Internet abierta en Europa, en el que destacó la importancia de celebrar un debate serio sobre las políticas de neutralidad de la red para asegurarse de que la confidencialidad de los usuarios de las comunicaciones se protege eficazmente.
El dictamen emitido por el Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD) destaca las consecuencias de una Internet abierta y de la neutralidad de la red sobre el derecho fundamental a la privacidad y la protección de datos de los usuarios, en particular, en términos de confidencialidad de las comunicaciones. La opinión se basa en la Comunicación de la Comisión Europea sobre neutralidad de la red y una Internet abierta en Europa aprobada en abril de 2011. Neutralidad de la red se refiere a la cuestión de si los proveedores de servicios de Internet (ISP) deben permitir controlar el tráfico de red para filtrar o restringir el acceso a Internet, por ejemplo, para bloquear servicios o aplicaciones específicas (por ejemplo, el “peer to peer”) o dar acceso preferencial a otros.
Según Peter Hustinx, Supervisor Europeo de Protección de Datos, el concepto de neutralidad de la red se basa en la idea de que la información en Internet debe ser transmitida con imparcialidad, sin tener en cuenta el contenido, el destino o el origen. Hustinx destacó que, al supervisar las comunicaciones de Internet de los usuarios, los proveedores pueden violar las normas vigentes sobre la confidencialidad de las comunicaciones, un derecho fundamental que a su juicio debe ser cuidadosamente conservado. Por lo tanto, el Supervisor subrayó que se debe asegurar un debate político serio sobre neutralidad de la red para que la confidencialidad de los usuarios de las comunicaciones se proteja eficazmente.
El Supervisor Europeo pide a la Comisión que inicie un debate que involucre a todos los interesados ?para aclarar cómo el marco legal de protección de datos se puede aplicar en este contexto. Recomienda así que la orientación se imparta en áreas como determinar si las prácticas de inspección son legítimas, por ejemplo aquellas necesarias para garantizar la fluidez del tráfico o llevadas a cabo por motivos de seguridad; determinar también cuando dicha supervisión requiere el consentimiento previo de los usuarios, por ejemplo en el caso de la utilización de filtros que tienen como objetivo limitar el acceso a ciertas aplicaciones y servicios, como el llamado “peer to peer”, en cuyo caso, se necesitaría orientación en relación con la aplicación de las garantías de protección de datos (uso restringido, la seguridad, etc.)



