Senado aprueba proyecto que aumenta de 12 a 24 horas el plazo de flagrancia para perseguir delitos y abren plazo de indicaciones.

La moción busca dotar a las policías de mayor tiempo para poner al infractor a disposición de la justicia. La Sala acordó que en particular, el texto sea analizado por la Comisión de Constitución.

Por 25 votos a favor y 5 abstenciones, el Senado respaldó solo en general –pese a ser de artículo único- la moción que aumenta de 12 a 24 horas el plazo de flagrancia contemplado en el artículo 130 del Código Procesal Penal, de manera de fortalecer la persecución penal por parte de las policías.

Código Procesal Penal: Artículo 130: Situación de flagrancia. Se entenderá que se encuentra en situación de flagrancia:

  1. a) El que actualmente se encontrare cometiendo el delito;
  2. b) El que acabare de cometerlo;
  3. c) El que huyere del lugar de comisión del delito y fuere designado por el ofendido u otra persona como autor o cómplice;
  4. d) El que, en un tiempo inmediato a la perpetración de un delito, fuere encontrado con objetos procedentes de aquél o con señales, en sí mismo o en sus vestidos, que permitieren sospechar su participación en él, o con las armas o instrumentos que hubieren sido empleados para cometerlo, y
  5. e) El que las víctimas de un delito que reclamen auxilio, o testigos presenciales, señalaren como autor o cómplice de un delito que se hubiere cometido en un tiempo inmediato.
  6. f) El que aparezca en un registro audiovisual cometiendo un crimen o simple delito al cual la policía tenga acceso en un tiempo inmediato.

Para los efectos de lo establecido en las letras d), e) y f) se entenderá por tiempo inmediato todo aquel que transcurra entre la comisión del hecho y la captura del imputado, siempre que no hubieren transcurrido más de doce horas.

El senador Felipe Kast, encargado de informar el proyecto, precisó que su objetivo es “extender el plazo que determina el concepto de “tiempo inmediato” transcurrido entre la comisión de un delito y la captura del imputado para efectos de la situación de flagrancia, en ciertas hipótesis, de doce a veinticuatro horas, en caso de que la detención sea realizada por agentes policiales”

Para hacer frente a “la dificultad que eso (las 12 horas), muchas veces genera para las policías y para el procedimiento penal” y se destacó que la moción está “en línea de darle mayores herramientas a las policías para la eficacia de la persecución penal”.

En este sentido, se dio fe que en zonas rurales del sur “la flagrancia dentro de 12 horas ha sido imposible” de aplicar.

Sin embargo, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Luis Cordero, indicó que “complica las expectativas que genera. ¿Es razonable sostener la eficacia de la persecución criminal sobre la base estricta de mantener una ficción de flagrancia de la base 24 horas? La respuesta es que no, porque en opinión del Ejecutivo lo que debiéramos hacer es reforzar las facultades autónomas de la policía para llevar a cabo parte de la investigación inicial”, dijo.

 

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