Este proyecto de ley busca entregar una solución de Estado ante el funcionamiento del sistema privado de salud.
La Ley Corta de Isapres es un proyecto presentado por el Gobierno que busca modernizar Fonasa, regular a las Isapres y fortalecer la Superintendencia de Salud con la finalidad de dar tranquilidad y seguridad a las personas en cuanto a la continuidad de sus atenciones de salud y coberturas asociadas.
Para ello, el Ministerio de Salud lideró un equipo de trabajo en el que participaron parlamentarias y parlamentarios de todos los sectores junto a expertos en el área, usuarios y beneficiarios, isapres y clínicas.
La Ley Corta de Isapres busca modernizar Fonasa. Uno de los principales ejes de la Ley Corta de Isapres se basa en modernizar Fonasa a través de la creación de la Modalidad de Cobertura Complementaria.
La cobertura complementaria que propone el proyecto de ley permite a Fonasa contratar seguros privados voluntarios para sus beneficiarios y beneficiarias (actuales y futuros).
De este modo, quienes se encuentren suscritos a Fonasa, podrán acceder a un esquema de cobertura integrado por prestadores privados con copagos mínimos garantizados mediante el pago de una prima comunitaria adicional al 7% por beneficiario.
Esta nueva modalidad no es excluyente ni discriminatoria por razones sanitarias (en especial, preexistencias), a diferencia de los actuales planes complementarios de salud de las isapres o con los ofrecidos por seguros privados voluntarios de salud.
Además, la Ley Corta de Isapres busca fortalecer a la Superintendencia de Salud dotándola de facultades necesarias para implementar las sentencias de la Corte Suprema a todas las instituciones de salud privada.
Lo anterior, con el fin de adecuar los precios finales de los contratos donde el factor que se aplica al precio base corresponde a la Tabla de Factores de la Superintendencia de Salud de la Circular 343/2019 (TFS), lo que debiera hacerse una vez publicada la ley.
Asimismo, busca Instruir la suspensión del cobro a niñas y niños menores de dos años de edad e implementar la devolución de las cantidades percibidas en exceso por uso de las tablas de factores distintas a la TFS.
La Ley Corta de Isapres pretende modificar la normativa que regula a las instituciones de salud privada a través del establecimiento de condiciones para cumplir con las sentencias emanadas de la Corte Suprema sin perder las coberturas de sus afiliados.
De esta manera, las isapres siguen siendo actores del sistema privado de salud en el nuevo escenario.
Las condiciones para cumplir con las sentencias dirigidas a las isapres son:
Deberán presentar un plan de pago de los excedentes que se generan con ocasión de la aplicación de la sentencia.
Respecto de los excedentes generados en la sentencia, no formarán parte de la garantía legal ni de los indicadores de liquidez y patrimonio, con el fin de evitar el incumplimiento y afectar las atenciones de salud de las personas. Aquellos no pagados tendrán prioridad en los procesos concursales de liquidación o reorganización.
¿Cuánto deben devolver las Isapres?
El Superintendente de Salud, Víctor Torres, dio a conocer ante la Comisión de Salud del Senado que debido al fallo de la Corte Suprema el monto que deberán devolver las Isapres asciende a un billón de pesos a cerca de 700 mil cotizantes.
La Ley Corta de Isapres quiere ejecutar lo dictado por la Corte Suprema acerca de los cobros excesivos realizados por las instituciones de salud privada de acuerdo a la tabla de factores.
Algunos beneficios de la Ley Corta de Isapres para sus usuarios son:
Fin a cobros calificados como “indebidos” por la Corte Suprema por la no aplicación universal de la tabla de factores de 2019, lo que beneficia a aproximadamente el 30% de los contratos vigentes al mes de noviembre de 2022
Significará una reducción de las cotizaciones en un promedio de 50 mil pesos mensuales aproximadamente desde que se apruebe el proyecto y se publique la circular correspondiente hacia el futuro por parte de la Superintendencia de Salud,
Suspende el cobro de las cotizaciones para los contratos que incluyen a menores de dos años (aprox. 60 mil contratos beneficiados; 3% de los contratos vigentes a noviembre 2022), manteniendo solamente el cobro de la prima GES para ellos.
Inicia la devolución de lo cobrado por este concepto desde diciembre de 2022 a la fecha por medio de excedentes. Esto también cuenta, desde que se apruebe el proyecto y se publique, por parte de la Superintendencia de Salud la circular, hasta que los menores cumplan los dos años.
Establece un procedimiento para hacer efectivas las devoluciones de los cobros indebidos por la no aplicación de la tabla de factores a los contratos previos a abril de 2020.







