La oficina de Migraciones: de Chile amplía el plazo de detención para expulsiones administrativas se a 5 días.

El mensaje -que contó con la unanimidad del Senado- busca “asegurar la materialización de la expulsión administrativa”.

La expulsión administrativa, que es aquella que dicta el Ministerio del Interior por distintos motivos estipulados en el D.L N° 1.094, que abarcan, por ejemplo, el ingreso clandestino, la residencia irregular, el trabajar sin permiso para hacerlo, comisión de delitos, etc.

Para ello el Departamento de Seguridad Nacional le entregará un Aviso de comparecencia. Este es el documento oficial que inicia el proceso de deportación. En segundo lugar, recibirá una notificación de audiencia en la que se le indicará que comparezca ante un juez de inmigración.

Los procesos de expulsión administrativa a personas extranjeras se hacen mediante la posibilidad de realizar la primera notificación vía carta certificada o correo electrónico informado al Servicio Nacional de Migraciones o a la PDI. En dicha notificación se le informará de la causal de expulsión que le afecta, manteniendo el derecho a realizar descargos, y se le indicará los documentos que puede acompañar para impugnar la decisión.

En cualquier caso en el proceso de sanción de expulsión  se mantiene la notificación personal realizada por la PDI, acompañando copia de la resolución de expulsión, pudiendo el afectado presentar, dentro del plazo de 10 días, el recurso judicial respectivo en contra de la medida.

Haciendo frente “a una serie de trámites que deben considerarse” a la hora de materializar una expulsión administrativa, el Senado respaldó el mensaje que modifica la ley 21.325 ampliando de 48 horas a 5 días corridos, el plazo máximo de detención del extranjero con orden de expulsión.

El texto –que quedó en condiciones de convertirse en ley- precisa que se busca “asegurar la materialización de la expulsión administrativa, permitiendo así que puedan efectuarse todas las actuaciones previas necesarias para que dicha medida, efectivamente pueda practicarse”.

Durante el debate los senadores Esteban Velásquez, Luz Ebensperger, José Miguel Durana y José Miguel Insulza reconocieron que “el actual plazo es insuficiente”, considerando una serie de trámites y logística, como la compra de pasajes al extranjero, el traslado (si corresponde) del migrante hacia la capital, verificación de identidad, entre otros.

En este sentido se recordó que “a marzo de este año, estaban pendientes de expulsión más de 20 mil personas, con un elevado costo para el país”.

Además, se advirtió que la medida debe ir “acompañada de otras normas”, de un “mayor compromiso del gobierno” y la “necesaria colaboración con otros países, para poder llegar, además, por vía terrestre”.

Por su parte, la ministra del Interior y Seguridad, Carolina Tohá, señaló que el proyecto “no está incluido en el fast track legislativo acordado en materia de seguridad, pero sí está en el compromiso transversal que se tomó en el mes de enero”.

Cabe precisar que el proyecto “da aplicación legal” a la reforma constitucional aprobada en mayo de 2023 de autoría de los senadores Luz Ebensperger, Juan Antonio Coloma, José Miguel Durana, Javier Macaya y Enrique Van Rysselberghe (Boletín N° 15438-06).

Dejar una respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.