Presidente Iván Duque anunció el aplazamiento en el pago de impuesto de renta para las micro y pequeñas empresas.

En el programa de televisión ‘Prevención y Acción’, el Presidente Iván Duque anunció que en el la firma de dos decretos que contienen dos medidas muy importantes:

“La primera, el aplazamiento para el pago del impuesto de renta para la micro y pequeña empresa del país, que debería empezar la próxima semana y se va a aplazar para el mes de junio; y el segundo pago, previsto para el mes de junio, quedará para el mes de noviembre”.

El aplazamiento de la obligación será de 2 meses para la primera cuota y 5 meses para la segunda. Así, las micro y pequeñas empresas pagarán la primera cuota entre el 9 y el 23 de junio de 2021 y la segunda cuota entre el 9 y el 23 de noviembre de 2021, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.

En la oportunidad el Mandatario reveló que las empresas de los sectores más afectados por la pandemia no tendrán que pagar por anticipo de renta en este 2021.

“Y algo también muy importante: se ha tomado la decisión para que algunos de los sectores más afectados por esta pandemia no tengan que pagar anticipo de renta en el año 2021, porque necesitamos que fortalezcan su flujo de caja en el proceso de reactivación”, añadió el Mandatario.

Por su parte, el Director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Lisandro Junco, afirmó que “en el caso del anticipo de renta, se tomó como medida de choque, porque se ha visto un decrecimiento frente al año 2020, y la apuesta es poderles ayudar con este flujo de caja al no pagar la tarifa normal, que es del 75%, para que sea 0%”.

El Decreto 374, que modifica los plazos del pago de las cuotas del Impuesto de Renta 2020 para la micro y pequeñas empresas, dispone que las personas jurídicas que sean empresas catalogadas por ingresos como micro y pequeñas, pagarán la primera cuota entre el 9 y el 23 de junio de 2021 y la segunda cuota entre el 9 y el 23 de noviembre.

Para ello, es muy importante tener en cuenta que la presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios del año gravable 2020 por parte de estos contribuyentes, tendrá que realizarse entre el 12 de abril y el 7 de mayo de 2021, tal como estaba establecido inicialmente.

La medida beneficiará a más del 90% de las empresas en Colombia que tributan por impuesto de renta cerca $1,2 billones.

Por último, con el Decreto 375, que establece un porcentaje de cero por ciento (0%) como anticipo del año gravable 2021, se beneficiarán 31 grupos de actividades, que fueron determinadas por su importante decrecimiento y el impacto directo sufrido como consecuencia de las restricciones adoptadas para detener la propagación del coivd-19.

Fuente: Prensa Presidencia de la Nación, República de Colombia


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