El Senado de la Nación de Colombia advierte la polémica generada por la derogación del decreto que regulaba el consumo de drogas en espacios públicos.

El decreto 1844 de 2018 que reglamentaba el procedimiento policial frente al consumo de drogas en espacios públicos, fue derogado por el presidente Petro.

Decreto 1844 del 1 de octubre de 2018, para reglamentar parcialmente el Código Nacional de Policía y Convivencia, en lo referente a la prohibición de poseer, tener, entregar, distribuir o comercializar drogas o sustancias prohibidas.

Luego de 6 años de haber entrado en funcionamiento, senadores de la coalición aplaudieron la iniciativa, pues consideran que es un primer paso a la construcción de una política que regula y legaliza el consumo y otros como un considerable retroceso en la lucha contra las drogas.

El Gobierno Nacional expidió en las últimas horas el decreto 2114 de 2023, por el medio del cual se determina no criminalizar el porte y consumo de la dosis personal de estupefacientes en el país.

“Por la juventud, la moralidad y el enfoque es mucho mejor lo que plantea Petro, a lo que plantea la histeria ultra derechista, a la que le conviene que no miremos donde hay que mirar”, expresó el senador Wilson Arias (Coalición Pacto Histórico).

Por su parte senadores de la oposición consideran que la medida adoptada por el actual gobierno, permitirá que el microtráfico se intensifique en espacios públicos, además de perjudicar a niños que disfrutan de estos espacios.

El senador Alirio Barrera (Centro Democrático) mencionó: “Están asustados los padres de familia y no quieren que esto se de porque amenaza a todos los jóvenes”.

Para el senador Miguel Ángel Barreto (Partido Conservador), “lo que hoy Colombia reclama es una mejor educación, escenarios deportivos donde nuestros jóvenes puedan tener otras alternativas”.

El Decreto 1844, en concreto, reglamentó parcialmente el Código Nacional de Policía y Convivencia, en lo referente a la prohibición de poseer, tener, entregar, distribuir o comercializar drogas o sustancias prohibidas.

Establecía que, cuando la autoridad advierta la posible infracción de la prohibición de tenencia o porte de sustancias psicoactivas ilícitas, tales como marihuana, cocaína, heroína o derivados, drogas sintéticas, así como cualquier otra sustancia que se encuentre legalmente prohibida, se debía aplicar el procedimiento establecido en el proceso verbal establecido en el Código Nacional de Policía y Convivencia.

Mientras la polémica continúa, en el congreso se seguirá trabajando en políticas que fortalezcan el control, seguridad y protección a la ciudadanía, además de analizar qué tan viable es la transición de un modelo de prohibición a un modelo de regulación.

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