La Reforma Laboral en Colombia ya es una ley que dignifica el trabajo de los colombianos, otorgándoles mayor dignidad.
La reforma laboral aprobada por el Congreso y sancionada por el presidente Gustavo Petro deja un legado para los colombianos: El trabajo digno es ley.
El trámite de la iniciativa en el Congreso se prolongó por dos años, cuando todos los sectores políticos, sociales y empresariales debatieron sobre la necesidad de garantizar los derechos laborales.
La reforma fue construida teniendo en cuenta las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo, experiencias internacionales, opiniones de expertos y la concertación entre trabajadores, empresarios y el Gobierno.
Hubo momentos difíciles producidos por quienes no querían la ley. Fue archivada el 18 de marzo de este año, pero el anuncio de una Consulta Popular que hizo el presidente Gustavo Petro la resucitó el 14 de mayo, cuando se resolvió una apelación y, el 18 de junio, fue aprobada. Hoy es ley de la República.
La reforma laboral introduce cambios significativos en los contratos, los recargos por trabajo nocturno y dominical y el contrato de aprendizaje.
“Esta Ley es para cumplirla, esta es la Ley de la justicia social, es la primera ley del Estado Social de Derecho», dijo el presidente Petro en el momento de la sanción de la norma.
Entre tanto, el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, aseguró que el Gobierno les entrega a los colombianos “una reforma democrática», que beneficiará a la clase trabajadora del país.
La reforma, que ya comenzó su aplicación, volvió a garantizar los derechos de los colombianos que se perdieron en 2002, cuando una ley afectó los derechos de los trabajadores y redujo sustancialmente sus ingresos que tenían por recargos nocturnos, horas extras, reconocimiento de los dominicales y festivos.
La Ley laboral garantiza que los colombianos que trabajan en jornada nocturna, en domingo o festivos tengan un real reconocimiento a su labor.
Para el caso de los recargos nocturnos, la iniciativa estableció que la jornada nocturna comenzará a las 7 de la noche hasta las 6 de la mañana, que acabó con lo aprobado en 2002 cuando se determinó que los recargos solo se reconocían desde las 10 de la noche.
Con respecto a los recargos dominicales y festivos, la ley otorgó una gradualidad así:
1. 1 de julio de 2025 se reconocerá 80 %
2. 1 de julio de 2026 será de 90 %
3. 1 de julio de 2027 llegará a 100 %
Por otro lado, la Ley Laboral estableció que los aprendices del SENA tendrán contrato laboral, recibirán el 75 % del salario mínimo durante el primer año y 100 % en el segundo; tendrán derecho a seguridad social y ARL.
Para el caso de las madres comunitarias se determinó que serán incorporadas a la planta de personal, en calidad de trabajadoras oficiales del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
Se refuerza la obligación de contratar formalmente a trabajadoras y trabajadores del servicio doméstico.
Las aplicaciones de domiciliarios deberán garantizar el pago de seguridad social y ARL a sus trabajadores.
Para el caso de la población en condición de discapacidad, la ley estableció que las empresas que tengan entre 100 y 500 trabajadores deberán contratar o mantener al menos dos trabajadores con discapacidad por cada 100 trabajadores. Para las empresas con 501 o más trabajadores, la obligación es contratar al menos un trabajador con discapacidad adicional por cada 100 empleados.
Fuente: Presidencia de la Nación