La Cámara de Representantes aprobó el proyecto diseñado para proteger la intimidad de los consumidores financieros.
La Comisión Primera de la Cámara de Representantes aprobó en primer debate, el proyecto de Ley No. 017 de 2021 Cámara: “Por medio del cual se establecen medidas que protejan el derecho a la intimidad de los consumidores financieros.”
Los autores del proyecto de Ley son los representantes Juan Carlos Wills Ospina, Buenaventura León León, Armando Antonio Zabaraín De Arce, Ciro Antonio Rodríguez Pinzón, Diela Liliana Benavides Solarte.
El objeto de la iniciativa consiste en “Proteger el derecho a la intimidad de los consumidores financieros, durante las horas inhábiles, los fines de semana y días festivos, restringiendo los contactos a través de mensajes de texto, mensajes de datos, llamadas telefónicas, correos electrónicos y similares, provenientes de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera”.
El representante Juan Carlos Wills Ospina señaló que “Este proyecto obedece al malestar generalizado, que todos conocemos de esa violación al derecho a la intimidad que han tenido las entidades financieras en todos estos años… Nosotros lo que hemos evidenciado es que, lo mínimo que tenemos que hacer nosotros desde este Congreso es proteger a los colombianos que durante la semana están atosigados por el trabajo, acosados por la cantidad de actividades que tienen que hacer para responder por su economía en el hogar, para que lleguen a su casa en horarios de descanso, en horarios donde nosotros hemos dicho desde nuestro equipo, que cuando uno sale a descansar, sale a hacer lo que a uno se le venga en gana, y no tiene por qué estar como bien lo ha dicho la Corte, ni escuchando, ni recibiendo mensajes, ni llamadas de nadie que uno no quiera recibir”…
Por su parte, el congresista Gabriel Jaime Vallejo Chufi manifestó: “Este proyecto, pone uno de los temas más sensibles de cualquier sociedad, que es uno de los derechos más sensibles, que es el derecho a la intimidad, que importante que además se diga de esa manera. Desde mi concepción, el derecho a la intimidad es todo lo que ocurre de la puerta de mi casa, hacia adentro… El proyecto debemos extenderlo no solamente al consumidor financiero, porque esto termina limitando muchas otras actividades, yo creería que esta es una oportunidad bien interesante para dejar claro esos límites y alcances al derecho a la intimidad”…
Los artículos 2, 3, 4 y 5 indican: “Las entidades vigiladas usarán para los contactos exclusivamente el canal suministrado al efecto por el consumidor financiero. En ningún caso, el consumidor financiero será contactado por más de dos canales durante una misma semana”.
“En ningún caso, el consumidor financiero será contactado en más de una ocasión durante el mismo día. En ningún caso, las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera podrán contactar a las referencias, avalista, codeudor y deudor solidario hasta pasados 30 días hábiles desde entrada de la obligación en mora y el contacto se hará en las mismas condiciones que establece la presente Ley”.
La iniciativa que tiene 17 artículos en total, incluida la vigencia del mismo, fue objeto de varias constancias, que fueron dejadas como constancia.
Fuente: Prensa Cámara de Representantes, República de Colombia
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