Mercè Ferran, en nombre de los colegios de detectives privados de Catalunya —que preside—, Comunidad  Valenciana y Galicia, ha enviado un burofax a la SAREB (Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria) para exigir la rectificación de las condiciones de la «Licitación agencias de recuperación de la posesión e identificación de la vulnerabilidad» por ser contrarias a la Ley de Seguridad Privada.

Esta licitación pública tiene como objetivo la «realización de visitas físicas para lograr la verificación del estado ocupacional y/o recuperación de la posesión en los activos, financieros e inmobiliarios de toda tipología», según el pliego de condiciones técnico-legales. La empresa adjudicataria deberá visitar los inmuebles y, cuando así lo establezca la SAREB, elaborar un informe ocupacional en el que entre, otras cosas, se «deberá identificar la correcta ubicación del inmueble», así como «determinar con la mayor precisión y exactitud posible su estado y su situación ocupacional».

El  pliego señala, también, que el informe «debe tener la máxima calidad y completitud en relación con la situación ocupacional del inmueble, así como del título por el que se ocupa el inmueble y las circunstancias de los ocupantes, especialmente en casos de vulnerabilidad, o de las situaciones que incluya propuesta de actuación para cada caso». Finalmente, señala que la empresa adjudicataria tendrá que «recabar cuanta documentación sea necesaria para apoyar las conclusiones del informe (fotografías, contratos que los ocupantes pudieran aportar, documentos de los ocupantes que acrediten su situación de vulnerabilidad, exclusión o necesidad)»

Para el Col·legi Oficial de Detectius Privats de Catalunya, el Colegio Oficial Detectives Privados de la Comunidad Valenciana y el Colexio Profesional de Detectives Privados de Galicia esas actuaciones, «por su propia naturaleza, vienen a constituir servicios de seguridad privada y, concretamente, servicios de investigación privada que, el artículo 48.1 de la Ley 5/2014, de 4 de abril de Seguridad privada, reserva en exclusiva a los/as detectives privados debidamente habilitados para su prestación en los términos legalmente previstos», según texto del burofax fechado el pasado día 16 de mayo.

Los tres colegios instan al Consejero Delegado de SAREB para que «con la mayor prontitud proceda a tomar las medidas necesarias para rectificar el referido pliego de condiciones técnicas en el sentido de que los servicios o  actuaciones apuntados en los apartados anteriores necesariamente tengan que ser prestados por detectives o despachos de detectives privados debidamente habilitados. En caso contrario, pongo en su conocimiento que SAREB podría estar cometiendo la infracción muy grave prevista en el artículo 59.1 h) de la Ley 5/2014, de 4 de abril de seguridad privada que está castigada con sanciones que van desde 30.001 a 600.000 euros».  

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