El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Proyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal (LOECrim), que transfiere al Ministerio Fiscal la instrucción de los procedimientos penales, sustituyendo a los jueces de instrucción. Se trata de la primera reforma integral de la ley procesal penal en 143 años y una de las transformaciones más profundas del sistema judicial español.
El nuevo texto crea además la figura del “juez de garantías”, que supervisará la actuación del fiscal durante las investigaciones, y fija en cinco años el mandato del Fiscal General del Estado, con el objetivo de desvincularlo del ciclo político del Gobierno que lo nombra. La entrada en vigor está prevista para el 1 de enero de 2028, con un amplio periodo de adaptación.
La medida busca modernizar el sistema y alinearlo con el modelo europeo, donde los fiscales dirigen las investigaciones y los jueces se centran en la tutela de los derechos fundamentales. Sin embargo, la decisión ha reabierto el debate sobre la politización del Ministerio Fiscal y la capacidad real de asumir la instrucción sin comprometer las garantías procesales.
“La transferencia de la instrucción al Ministerio Fiscal es una reforma técnicamente deseable, que homologa a España con los sistemas europeos, pero resulta inoportuna en el contexto actual”, afirma Felipe García, socio director de Círculo Legal Madrid y miembro de la World Compliance Association.
Una Fiscalía bajo presión
García subraya que el momento político complica la percepción de la independencia de este Proyecto. “El Ministerio Fiscal atraviesa una crisis institucional sin precedentes, con una reputación muy tocada y una percepción de la ciudadanía de una pérdida de independencia de la Fiscalía”. Para García, «esto puede verse, por muchos, como una ampliación de sus competencias para provocar una intervención directa de los procedimientos penales de ahora, en adelante».
Aunque el cambio supone un giro estructural, el jurista recuerda que en la práctica la Fiscalía ya desempeña un papel central en la mayoría de las investigaciones. “En la mayoría de los asuntos, es el propio fiscal quien propone las diligencias a practicar, mientras el juez se limita a admitirlas y acordarlas. La reforma no inventa nada nuevo, sino que formaliza una realidad procesal consolidada.”
Recursos y garantías
No obstante, advierte de que el éxito de la reforma dependerá de la dotación de recursos. “Para que la Fiscalía lidere las investigaciones, el Ejecutivo debería acometer una inversión sin precedentes en medios humanos, tecnológicos y económicos. Si no se dota al sistema de los recursos necesarios, se pondrían en riesgo las garantías procesales y la tutela judicial efectiva”.
El texto aprobado hoy también modifica el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF), otorga al Fiscal General competencias exclusivas en nombramientos, ascensos y sanciones, y limita el ejercicio de la acción popular, figura con una larga tradición, pero frecuentemente cuestionada por su uso político.
Equilibrio entre celeridad y garantías
Para García, el reto del Ejecutivo será preservar la imparcialidad del Ministerio Fiscal y asegurar que la celeridad procesal no sacrifique las garantías, “la reforma de Bolaños es jurídicamente coherente, y va en línea con otros ordenamientos jurídicos de la UE, pero, para que funcione, tendrá que contar con una inversión económica y en recursos humanos sin precedentes, poniendo en foco en garantizar la absoluta independencia de esta institución de los Poderes Públicos”.




