Era un hecho hasta cierto punto predecible que la falta de regulación jurídica empujaría a los operadores del sector a acudir a la vía arbitral para la resolución de las controversias.
El sector desconfía de que un Juez o Magistrado no especializado puede resolver una controversia de estas características al mismo nivel que un especialista en el sector. A ello se le unen otros impedimentos de la justicia tradicional como son la tardanza o la incertidumbre jurídica.
En ese espacio todavía por explorar destacan multitud de asociaciones. Una de ellas es la Blockchain Arbitration Society (BAS), que se erige como la primera asociación del mundo en ofrecer algo que podríamos llamar jurisdicción criptovirtual. Además, gracias a los medios y herramientas de esta asociación, se pretende otorgar seguridad y legalidad a las relaciones que surgen en el entorno cripto.
De hecho, esta asociación ya ha comenzado su andadura el pasado 12 de noviembre, dictando a tal efecto el primer laudo arbitral sobre esta materia. En dicha resolución se sientan las bases sobre la remuneración de tokens nativos generados a través de liquidity mining por un inversor.
En esta tipología de procedimientos, el acervo probatorio está basado sobremanera en la tecnología blockchain, gracias a la cual se deja constancia fidedigna de todas las transacciones.
Sin perjuicio de lo anterior, no debe olvidarse que existen otros procedimientos sencillos, agiles y baratos, como es la mediación en esta materia a través de especialistas en el sector para culminar en un acuerdo transaccional con homologación notarial y que luego puede ejecutarse, en el caso de resultar incumplido, por imperativo legal en la jurisdicción civil.
Autor: Daniel Burón, Director del departamento jurídico en Labe Abogados