Las organizaciones se están preparando para un mundo dominado por la inteligencia artificial y los nuevos avances tecnológicos. En este contexto, los departamentos de compliance están siendo duramente retados para adaptarse y garantizar el cumplimiento normativo en un entorno altamente tecnológico y dinámico que ya es real. De hecho, el 45% de los compliance officers en España afirman que el uso de herramientas basadas en IA ya tiene impacto en su trabajo, según la última un estudio realizado por EQS Group.

compliance - diario juridicoY es que el mundo en el que vivimos se caracteriza por dos rasgos esenciales e indiscutibles: la era de la globalización y la era digital. Las transacciones internacionales y las relaciones interpersonales se desarrollan en gran medida a través de internet, con mucha más facilidad cada año que pasa, muchas más ventajas para hacernos presentes, nosotros y nuestra marca personal, en distintos países, pero enfrentando problemas que desde luego no son nimios.

“Los flujos de datos en estos supuestos son algo imprescindible para el desarrollo de actividades. Con todo lo que ello implica, surgen riesgos a la hora de obtener información de personas que, si no se trata conforme a la legislación vigente, puede atentar al derecho fundamental de nuestra intimidad”, explica María José Palazón, abogada penalista y profesora en EALDE Business School, que señala que “las nuevas tecnologías que ahora se nos presentan como el paradigma de nuestra era actual, la gran solución a muchos de nuestros problemas y una vía muy útil para facilitar nuestro trabajo, no deja de albergar en realidad un conjunto de elementos de revolución digital que también amenazan la seguridad de nuestras empresas y nuestros datos, especialmente cuando no tenemos conocimiento real y en toda su extensión de lo que implican”.

La inteligencia artificial (IA), el blockchain y el internet de las cosas (IoT), entre otras, nos presentan un reto que necesariamente debemos intentar superar de la mejor manera posible, especialmente para proteger los derechos de los ciudadanos. En este sentido, Rosa Borjas, docente del área de Gestión de Riesgos de EALDE Business School, añade que “la protección de datos deberá sumarse a la protección basada en registros de bloques de datos (tecnología blockchain), en especial, cuando los registros de datos ya se encuentran vulnerables por el uso de algoritmos inteligentes. Por tanto, se requerirá ir a la par buscando armonizar estas tecnologías en miras de la mejora de la calidad y la seguridad de registros de datos personales”.

Si nos preguntamos cómo se pueden adaptar las empresas a este nuevo entorno que debe combinar ambas disciplinas, la respuesta debe partir de la necesaria y previa observación y conocimiento de la realidad. Rosa Borjas mantiene que “se tendrán que homologar disciplinas desde el uso del big data (disponibilidad de gran cantidad de registros), el aprendizaje y modelamiento de estos registros con machine learning, complementado con la toma de decisiones con asistencia de algoritmos inteligente”.

Legislación y tecnología han de ir de la mano

Por su parte, Juan Pablo Rodríguez, profesor del Máster en Compliance, Fraude y Blanqueo de EALDE Business School, destaca que “es importante tener en cuenta que en el entorno en el que estamos viviendo, denominado Revolución 4.0. hablar de la protección de los datos y de inteligencia inicial requiere que la legislación esté a tono con los desafíos de la tecnología”. Este experto señala que, por supuesto, esto va a ser muy complejo, porque siempre el mundo de la tecnología va mucho más rápido que la legislación: “Para ello se requiere que la norma se haga con base en estos conceptos técnicos y, por supuesto, con la ayuda y la buena guía de los expertos en inteligencia artificial y en protección de datos”.

En este sentido, Gonzalo Vila, experto en antilavado de activos y también profesor de la escuela de negocios, destaca que “algunos de los retos que enfrentan los compliance officer estarán relacionados con el constante cambio que obliga a una adaptación continua y a una comprensión profunda de las regulaciones de los riesgos de protección de datos, de las realidades distintas a los que se enfrentan las compañías”. María José Palazón añade que “el contar con especialistas en compliance y protección de datos, que estén actualizados y al día de los riesgos que suponen estas nuevas tecnologías para los derechos y el desarrollo empresarial, no es más que una exigencia que nos impone el devenir de los tiempos y un futuro, tan incierto como prometedor, para nuestro desempeño profesional unido al campo de dichas tecnologías”. 

Más acerca de EALDE Business Schoolrante los Juegos Olímpicos de Tokio, un total de 321 deportistas tuvieron el honor de representar a España en diversas disciplinas deportivas, según números ofrecidos por Relevo. Para los Juegos Olímpicos de París en 2024, la participación de los atletas ya ha sido anunciada y hay altas expectativas españolas. Pues se espera superar esta impresionante cifra en 2024, preservando el compromiso por el desarrollo y éxito deportivo a nivel internacional. Encaminándonos hacia unos Juegos Olímpicos exitosos, en 2024 habrá nuevas modalidades en las que España podrá alcanzar la meta: se estrenará el break dance y se consolidarán la escalada deportiva, el surf y el skate.

En este contexto, es importante que todos los deportistas participantes tengan un bienestar asegurado en cualquier complicación ante la que se puedan enfrentar en el desarrollo de las competiciones. Y, para eso, es necesaria una legislación deportiva que ampare los derechos de los atletas y el buen desarrollo de toda actividad deportiva. Nacho López, coordinador del Máster en Derecho Deportivo Internacional de Unisport, destaca que “el derecho deportivo juega un papel fundamental. Tiene una parte previa, de carácter organizativo, y otra que es viva, pues responde a toda la problemática que puede darse durante la celebración del evento”.

López hace referencia así al control de las instalaciones, la comercialización de los derechos audiovisuales o la protección de datos, entre otras cuestiones que hay que gestionar mucho antes de que llegue la cita olímpica. El derecho deportivo tiene un papel protagonista incluso en la tramitación de entradas, para evitar problemas que se han dado en el pasado.

“Durante los Juegos u otras competiciones, los profesionales del derecho deportivo tienen responsabilidades en los controles de dopaje, los procedimientos de disciplina deportiva…”, refleja el coordinador del Máster en Derecho Deportivo Internacional, Nacho López. “Lo fundamental es conocer la legislación aplicable, sobre todo porque es muy cambiante, y a nivel internacional no hay legislación armonizada”, añade el experto de Unisport.

Patrocinios, derechos de imagen y arbitrajes

En los Juegos Olímpicos, un evento de renombre internacional, se entrelazan diversas ramas del Derecho, destacando el Derecho de Propiedad Intelectual al velar por los derechos de autor, derechos de imagen y marcas olímpicas. Además, el Derecho Comercial, que cobra relevancia en la gestión de contratos de patrocinio y publicidad. Sin embargo, el ámbito legal que desempeña un papel fundamental en este contexto es el Derecho Deportivo, ya que afecta a decisiones cruciales tomadas por el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD). Este último se convierte en un pilar esencial para resolver disputas durante los Juegos Olímpicos.

¿Qué papel tiene el derecho internacional en la organización de unos Juegos Olímpicos?

Los Juegos Olímpicos son uno de los eventos deportivos más destacados en los que el derecho desempeña un papel crucial. Desde Unisport se presentan algunas de las aplicaciones fundamentales del derecho deportivo internacional aplicado a los Juegos Olímpicos:

  1. Carta Olímpica: son el conjunto de reglas y regulaciones que rigen los Juegos Olímpicos. Está basada en principios fundamentales de respeto, amistad, solidaridad y juego limpio.
  2. Acuerdo de Sede: Convenio entre el país anfitrión, y la organización de los Juegos, entre otras partes relevantes, para abordar cuestiones legales y logísticas.
  3. Derechos de retransmisión y patrocinio: Son acuerdos comerciales internacionales entre el Comité Olímpico Internacional y diversas empresas y medios de comunicación.
  4. Derechos de propiedad intelectual: Protección de una amplia gama de activos de propiedad intelectual, como el logotipo olímpico, la música, las imágenes y las marcas registradas.
  5. Regulación antidopaje: Son el conjunto de regulaciones antidopaje, establecidas por la Agencia Mundial Antidopaje, para garantizar que los atletas compitan de manera justa y libre de sustancias prohibidas.
  6. Derechos Humanos: Abordar preocupaciones en base a críticas hacia el país anfitrión relacionadas con cuestiones de libertad de expresión o la discriminación en Los Juegos Olímpicos.

El derecho: presente en todos los ámbitos de la vida

El ámbito del derecho aparece en todos los aspectos de nuestras vidas, y, dada su amplitud, es esencial contar con especialistas profesionales en los diversos campos en donde tiene presencia. Según Nacho López: “La especialización en un sector tan complejo y vivo como el derecho deportivo internacional es demandada porque te permite poder adoptar un papel conciliador y de intermediación que ayuda a reducir la conflictividad y alcanzar los objetivos de una forma más eficiente”. El Máster en Derecho Deportivo Internacional ofrecido por Unisport es la puerta de entrada a este enfoque especializado; y, a un sector con constante demanda de profesionales.

Dejar una respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.