En cumplimiento del artículo 259 de la Ley de enjuiciamiento criminal, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sido denunciada ante la Fiscalía Provincial de Madrid por un presunto delito de falsedad documental reiterada, esperando su admisión a trámite próximamente tras ser registrada con el número 4690/2025 en dicha fiscalía.

La denuncia, interpuesta por Pedro J. Masiá Samper, está basada en falsas afirmaciones en la narración de los hechos en varios expedientes firmes, hecho que está respaldado por más de una decena de pruebas (entre ellas certificados web, actas notariales y resoluciones oficiales), lo que, según el denunciante, podría encajar en los delitos previstos en los artículos 390.1.4º y 391 del Código Penal.

Comprobaciones inexistentes en una resolución de 2020

Según la denuncia presentada ante la fiscalía madrileña, en una resolución emitida en 2020, la AEPD afirmó haber realizado comprobaciones sobre determinadas páginas web. Sin embargo, tras el análisis exhaustivo del expediente, se habría comprobado que dichas verificaciones no constan en la documentación oficial.

Esta circunstancia sería contraria al artículo 70 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), que obliga a las administraciones públicas a incluir estas comprobaciones en el expediente.

Tal como consta en la denuncia recién interpuesta, “(…) está acreditado mediante Safe Stamper y archivos de Web Archive (Internet Archive) septiembre de 2020, seguía publicada al menos una imagen del denunciante en el dominio de Rótulos Electrónicos (…)”. Esto, supuso una nueva reclamación por los mismos hechos en 2024 donde constaba que “(…) las empresas Digiman Alicante S.L. y Digitecnia Solutions S.L., después de ser sancionadas por la publicación de imágenes mías sin mi consentimiento (…), y a pesar de que he ejercido mi derecho de supresión siguen teniendo en sus archivos imágenes mías y publicadas en direcciones web de libre acceso(…)”.

El caso de las cámaras exteriores

Uno de los puntos clave de la denuncia se refiere a una resolución en la que la AEPD dio por acreditada la existencia de dos cámaras exteriores en unas instalaciones.

Sin embargo, según las pruebas aportadas —fotografías del reclamante, imágenes de Google Maps y otros documentos—, en realidad existirían tres cámaras. Pese a que esta discrepancia podría haberse verificado fácilmente mediante una comprobación visual, la AEPD mantuvo la versión errónea.

La propia Agencia, a través de su portal de transparencia (referencia de entrada: 00001-00106829), reconoce haber tenido conocimiento de este asunto en varias ocasiones.

En la respuesta que el portal de transparencia da al denunciante consta que éste ya había presentado un escrito previo (REGAGE24e00086196487) alertando de una posible falsedad documental en el procedimiento E/00152/2020, vinculado a los expedientes EXP202406080, RR/00210/2020, RV/00016/2023 y RV/00004/2024.

Antecedentes: una filtración de datos personales

Esta denuncia se suma a un episodio anterior en el que la AEPD habría ocultado durante meses una filtración de datos personales provocada por la propia Agencia, hecho reconocido por el organismo, que asumió la brecha de seguridad a través de su portal de transparencia, a falta de saber cuándo se comunicó dicho incidente.

En concreto, el 2 de abril de 2025,  la propia Agencia filtró, por error, documentos con datos personales sensibles (nombres, DNI y firmas manuscritas de la plantilla de la  empresa reclamada) al reclamante.

“Llama la atención que la AEPD, en diferentes resoluciones, haya sostenido que la exposición pública del número del Documento Nacional de Identidad (DNI) puede suponer un riesgo de suplantación de identidad, mientras que, cuando la filtración proviene de la propia institución, la haya minimizado calificándola como un mero dato identificativo”, comenta el denunciante.

 

Dejar una respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.