“El progreso es imposible sin el cambio y aquellos que no pueden cambiar sus mentes no pueden cambiar nada” (George Bernard Shaw).
¿Es necesario un cambio en materia de cotización para el régimen especial de trabajadores autónomos?
La respuesta a esta pregunta desde luego parece clara, teniendo en cuenta que los autónomos llevan años reclamando cambios en la cuota de cotización.
Y por fin el año 2023 nos trae buenas noticias para ellos, pues entra en vigor el RDL 14/2022 de 21 de agosto, es decir, empiezan las novedades en materia de cotización, cuya base van a ser los rendimientos netos. Hay que añadir que, esta reforma ha sido un triunfo conseguido gracias a la negociación entre los interlocutores sociales CEOE, Cepyme, CCOO y UGT, que han trabajado mano a mano con las organizaciones de autónomos ATA, UATAE Y UPTA.
Los cambios siempre son necesarios en la vida para poder avanzar pues vivimos en un mundo dinámico que se mueve constantemente. Nos preguntamos cuándo es bueno cambiar las cosas y si esos cambios serán suficientes para el futuro. En el mundo jurídico, las normas siempre se crean ante una situación que ya se está produciendo, es decir aquello que ya existe por lo que siempre va por detrás y con el tiempo y con la práctica se ven todas aquellas cosas que funcionan bien o otras que no y entonces hay que plantearse cambiar. Como dice el autor de la frase sin cambio no hay posibilidad de progreso y la sociedad tiene que estar preparada para cambiar y poder progresar.
Los autónomos son unos de los motores de la economía española y por este motivo, en mi opinión, deberían tener un trato especial por parte de la sociedad en general. Este colectivo lleva reclamando durante años que se actualicen y se estudien nuevas formas de cotización en función de los ingresos y gastos, y que en general, se tenga en cuenta y la gente sea más consciente de la realidad en la que viven y los problemas que se les plantean en su día a día.
Hablamos de cambios que han sido muy esperados por este colectivo y con el tiempo veremos si son suficientes, pero se ha conseguido aprobar una norma en relación con sus pretensiones y que muy pronto entrará en vigor para empezar a regirse por un sistema más justo para todos.
Y aprovechamos este artículo para explicar cuáles van a ser los principales cambios que va a traer esta reforma:
- ¿Cuándo va a entrar en vigor?
El 1 de enero de 2023. Durante los siguientes 3 años se va a desplegar progresivamente un sistema de 15 tramos que determinan las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos que tengan, después se producirá una transición a un modelo definitivo de cotizaciones e ingresos reales que se producirá como muy tarde para 2032.
- ¿Cuáles van a ser las cuantías de las cuotas?
Las cuantías mensuales de la Seguridad Social van desde los 230 € a los 500 € al mes en 2023 y de los 200€ a 590€ al mes en 2025, siempre teniendo en cuenta los rendimientos netos.
- ¿Cuáles serán los tramos?
Como ya hemos dicho anteriormente, serán 15 tramos y los vemos en la siguiente tabla:
Ejemplo, un autónomo que declare un rendimiento mensual de 900 € tendría que abonar 260€ al mes en concepto de Seguridad Social en 2023, 250 € en 2024 y 240 € en 2025 respectivamente. Antes del 1 de enero de 2026 el Gobierno deberá establecer el segundo período de implantación.
- ¿Es posible cambiar de tramo?
Sí es posible, cada 2 meses y hasta un máximo de 6 veces al año. Se ha pensado así para que puedan adaptarse a cada época del año y a su actividad. Lo tendrán que gestionar a través del portal Import@ss. Y los cambios tendrán efectos los días 1 de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre. Así, por ejemplo, un autónomo que comunique un cambio de tramo el 15 de febrero tendrá efecto el 1 de marzo.
- ¿Cómo se calculan los rendimientos netos?
Es una operación sencilla:
Ingresos – gastos = rendimientos netos – 7% *
* (cantidad que se aplica como deducción por gastos generales, si es autónomo societario es un 3%)
- ¿Qué pasa si la cotización provisional presentada es inferior o superior a la que realmente corresponde?
En el primer caso, la Tesorería General de la Seguridad Social generará una liquidación para ser ingresada, sin intereses de demora ni recargos, pero tendrá que abonarse dentro del mes siguientes al que haya sido notificado.
En el segundo caso, la Tesorería General de la Seguridad Social devolverá de oficio las diferencias de cotización antes del 30 de abril del ejercicio siguiente a aquel en el que la AEAT haya comunicado a la TGSS los rendimientos computables, sin aplicar interés alguno.
- ¿Hay tarifa plana para aquellos autónomos que se dan de alta por primera vez?
Los nuevos autónomos se van a poder beneficiar de una cuota de 80 € los primeros 12 meses. Sólo podrán prorrogar esta cuota reducida aquellos que sus rendimientos no superen el Salario Mínimo Interprofesional.
Es importante tener en cuenta, que los autónomos que se hayan dado de alta como nuevos antes del 1 de enero de 2023, van a poder seguir beneficiándose de la cuota reducida de 60 € hasta cumplir los 12 meses.
Además, en la Comunidad de Madrid, la presidenta Isabel Díaz Ayuso ha anunciado la “tarifa cero” para los nuevos autónomos. En palabras de la presidenta: “Durante el primer año, que es el más difícil para poner en marcha un negocio, los nuevos autónomos no pagarán nada, y durante el segundo año tampoco lo harán los que facturen por debajo del salario mínimo interprofesional”.
- ¿Qué ocurre con aquellos autónomos que tienen bajos ingresos?
Estos autónomos, es decir, aquellos que tienen unos ingresos por debajo del Salario Mínimo Interprofesional van a poder beneficiarse en más de un 30 % con respecto de la actual cuota. Pagarán entre 200€ y 260 € al mes en 2025.
- ¿Qué nueva acción protectora incluye la reforma?
A partir de 1 de enero de 2023, los autónomos podrán beneficiarse del cese de actividad, por ejemplo, si tienen deudas, o tienen que reducir la jornada de sus empleados o el Consejo de Ministros pone en marcha el Mecanismo RED.
Una vez comentados todos los cambios que van a empezar a partir del 1 de enero de 2023, con esta reforma de cotización para los autónomos, decir que ahora habrá que esperar a que todo se ponga en marcha y que con el tiempo veremos los avances y el progreso que han supuesto estos cambios. Porque sin cambios no hay progreso y sin progreso no hay nada.
Sobre la autora
- Eva Mª López Rodríguez
- Abogados de Paz Lozano