Hacienda comenzó el estudio de un proyecto de ley que permitiría suspender el cobro de cuotas de créditos por seis meses.

La Comisión de Hacienda comenzó el estudio del proyecto de ley, fruto de seis mociones refundidas (boletines 13.328, 13.362, 13.371, 13.391, 13.392 y 13.394), que suspende el cobro de cuotas de créditos de diverso tipo, en razón de la emergencia sanitaria, mientras dure el estado de excepción constitucional.

La iniciativa establece que, desde la publicación de esta ley, las personas naturales, las micro, pequeñas y medianas empresas que reúnan los requisitos establecidos, tendrán derecho a solicitar la suspensión del pago de seis cuotas de créditos de cualquier naturaleza.

El beneficio deberá ser solicitado por el deudor dentro de los seis meses siguientes a la publicación de esta norma, suspendiéndose por seis meses el cobro de las cuotas pactadas, las que corresponderá pagar al final de la deuda, en el mismo número de cuotas, reajustadas a la tasa de interés anteriormente pactada en el crédito. No podrá realizarse ningún cobro por mora, multa u otro tipo de cargo adicional.

Si bien la propuestas tiene buenas intenciones, las objeciones no se hicieron tardar. Al respecto, el ministro de Economía, Lucas Palacios, afirmó que la iniciativa en trámite perjudica la estabilidad financiera al no distinguir adecuadamente el tipo de créditos, al prohibir que se soliciten nuevos requisitos y al no existir una definición precisa de la disminución de ingresos.

Además, el secretario de Estado señaló que, tanto el Gobierno como el sistema financiero, ya están aplicando muchas de las medidas contempladas por el proyecto de ley, como ser, en materia de plazos de pago más flexibles y períodos de gracia.

Por su parte, Joaquín Cortez, presidente de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), indicó que las medidas de flexibilización de provisiones que han adoptado se basan en un principio fundamental: son las entidades financieras las que mantienen la responsabilidad de evaluar los riesgos de cada cliente para efectos de extender o renegociar un crédito.

Cortez apunta que el proyecto en evaluación cambia esta lógica ya que, al efectuar la postergación en forma automática, no permite a las entidades hacer su trabajo de evaluar riesgos, otorgando esta medida a todos los pagadores sin distinción (incluidos aquellos que no lo necesitan), provocando con ello un incremento del riesgo para las entidades y dañando la cultura de pago de los clientes.

Por otro lado, José Manuel Mena, presidente de la Asociación de Bancos, afirmó que los proyectos de ley que intervienen en la gestión y cobranza crediticia tienen impactos negativos en la gestión de riesgo del crédito, en el riesgo de liquidez y los descalces de flujos.

La propuesta, según el dirigente, inhibirá la capacidad de los bancos para gestionar la calidad crediticia de los deudores durante el período de postergación e interrumpir el flujo normal de cuotas recibidas, introduciendo con ello fragilidades que pondrán en riesgo el balance del sistema bancario.

Mena concluyó que el proyecto de ley presenta vicios de inconstitucionalidad, ya que afecta el derecho de propiedad de la banca sin que exista suficiente proporcionalidad específica e impone cargas desiguales al otorgar un beneficio social con recursos privados.

Fuente: Prensa Cámara de Diputados y Diputadas, República de Chile

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