La Comisión Interamericana a la Corte Interamericana de Derechos Humanos solicitó en el marco de una Opinión Consultiva pronunciamientos sobre la importancia del enfoque de género en el ámbito laboral y sindical-asociativo.

El Senador Alexander López participó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos presentando observaciones sobre derechos sindicales y perspectiva de género.

El 15 de junio, el senador, en compañía de las Corporaciones CIPJUS y Nicho,  radicó observaciones para esa opinión.

El senador Alexander López Maya fue notificado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos que escuchará sus argumentos los días 27, 28, 29, 30 y 31 de julio de 2020.

Al respecto el legislador manifestó que “la protección de los derechos sindicales es nuestra bandera y desde las diferentes instancias alzaremos la voz para que se garanticen”.

El papel que en el ámbito laboral juegan los Estados para hacer respetar los derechos los trabajadores y trabajadoras y especialmente el enfoque que en dicha materia se les da a las mujeres en Latinoamérica.

“Una de las banderas que hemos tenido y por la que llegamos al Congreso, ha sido la lucha por la protección y garantía de los derechos”, reafirmó.

“Los sindicales, hemos visto como hay Estados (incluyendo Colombia) que no se preocupan por cumplir los estándares mínimos de estos derechos ni promocionarlos, dejando a nuestros trabajadores y trabajadoras en muchos casos a la intemperie.»

«No dudamos ni un segundo en participar de esta oportunidad que extendió la Corte Interamericana” agregó el López Maya.

Está convocatoria de la Corte Interamericana de Derechos Humanos es de suma importancia, porque el senador Alexander López Maya es el único Congresista de Colombia que será escuchado en audiencia.

Sus argumentos servirán a la labor interpretativa que realiza la Corte para  desentrañar el sentido, propósito y razón de las normas internacionales sobre derechos humanos, y para coadyuvar al cumplimiento cabal y efectivo de las obligaciones internacionales de los Estados americanos en los derechos laborales, de libertades sindicales y la participación efectiva de las mujeres como líderes sindicales.

En el texto de la opinión consultiva puede leerse:

“Garantizar y promocionar el enfoque de género dentro de los sindicatos, en las negociaciones colectivas, en el desarrollo de la huelga sin discriminación, como practica de las empresas publicas y privadas (nacionales e internacionales). Así como adecuar recursos que permitan la protección de las mujeres y la comunidad LGBTI cuando en el marco de sus derechos sindicales son discriminados en condición de su género.”

“Dado que la finalidad principal del enfoque de género como eje transversal es la igualdad de los géneros, es pertinente volver sobre el principio de igualdad y no discriminación, contextualizado en el apartado 3.1 de estas observaciones, tal como se mencionó, dentro de las obligaciones que surgen para los estados se encuentra la de adoptar medidas positivas para revertir o cambiar situaciones discriminatorias existentes en perjuicio de determinado grupo de personas105, dado que las mujeres constituyen un grupo discriminado histórica y estructuralmente, surge la obligación para los estados de adoptar en sus ordenamientos jurídicos medidas específicas para protegerlas.”

Fuente: Prensa Senado de la República de ColombiaObservaciones a la Solicitud de Opinión Consultiva

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