«- Incorpora a los trabajadores de casa particular para que accedan a la suspensión de la relación laboral por un acto o decisión de la autoridad o por un pacto entre las partes, de manera que puedan hacer uso de las prestaciones del Seguro de Cesantía en los mismos términos que los demás trabajadores que se vean en la situación de paralizar sus actividades en el periodo comprendido entre la declaración de Estado de Catástrofe y la entrada en vigencia de la ley N° 21.227.
Se establece expresamente que, en este caso, los empleadores podrán efectuar los pagos de seguridad social y aquellos para efectos indemnizatorios dentro de los 12 meses posteriores al término de la vigencia de los actos o declaraciones de la autoridad, a los que no se le aplicarán los intereses, reajustes y multas correspondientes.
– Precisa la regla de pago de cotizaciones aplicable durante el período de suspensión contractual, proponiendo que el empleador pague las cotizaciones de los trabajadores considerando para tales efectos lo dispuesto en el inciso primero del artículo 2º de la ley Nº 21.227.
– Aclara que los trabajadores que presten servicios en aquellas empresas que están exceptuadas de la paralización de actividades y no realicen actividades que se consideren como esenciales, puedan acogerse a las reglas de la suspensión de la relación laboral por un acto o decisión de la autoridad o por un pacto entre las partes.
– Aclara que los pactos de suspensión y reducción temporal de la jornada de trabajo entrarán en vigencia a partir del día siguiente de su suscripción, salvo acuerdo de las partes, las que no podrán pactar que sus efectos se ejecuten en una fecha posterior al primer día del mes siguiente a la fecha de celebración del mismo. Además, establece las adecuaciones correspondientes respecto al cálculo del complemento y el devengo de las prestaciones correspondientes a la reducción temporal de la jornada de trabajo.
– Establece que la Dirección del Trabajo debe llevar el registro relativo a los pactos de suspensión y reducción temporal de la jornada de trabajo, incorporando la información sobre suspensiones contractuales por efecto de acto de autoridad.»
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