La Cámara de Representantes dio por aprobado el informe de conciliación final del Proyecto que prohíbe el consumo de drogas en parques, espacios educativos y deportivos.

El proyecto de ley que prohíbe el porte y consumo de drogas en parques, entornos educativos y escenarios deportivos, surge de la iniciativa del representante a la Cámara Erwin Arias Betancur y del senador Rodrigo Lara Restrepo de Cambio Radical.

La Cámara de Representantes aprobó el informe de conciliación final con 118 votos a favor y se aguarda que sea sancionada como Ley de la República en próximos días por parte del Presidente Iván Duque Márquez.

La norma recientemente aprobada contempla los siguientes aspectos:

En primer lugar, concede a los alcaldes la competencia para establecer perímetros para la restricción del consumo y porte de sustancias psicoactivas, inclusive la dosis personal, en lugares públicos. Prohíbe el porte y consumo, incluido la dosis personal, en el perímetro de los colegios y parques metropolitanos y zonales.

A su vez, otorga a las asambleas o consejos de administración la función de regular la prohibición del consumo de sustancias psicoactivas en las zonas comunes de las propiedades horizontales. Y, finalmente, crea los Centros de Atención Integral para la drogadicción.

Las sanciones previstas para quienes incumplan dichas prohibiciones van desde la destrucción de la dosis, así como multas y aprehensión para traslado a participar en programas de trabajo comunitario o actividades pedagógicas de convivencia, para quienes porten o consuman sustancias psicoactivas en las áreas restringidas.

Para el caso de tratarse de menores de dieciséis años que realicen estas conductas, serán amonestados y se efectuará la destrucción de las sustancias psicoactivas, incluso la dosis personal.

Para los mayores de dieciséis y menores de dieciocho, además del decomiso y destrucción de las sustancias, se les aplicarán las sanciones de trabajo comunitario o actividades pedagógicas de convivencia con todas las garantías que establece el Código de la Infancia y Adolescencia.

Cabe destacar que este proyecto de ley, radicado el 23 de agosto de 2018, es compatible con los términos del reciente fallo de la Corte Constitucional que declaró inexequible una prohibición general de consumo de licor y drogas en todo el espacio público.

Esta iniciativa regula el uso y porte de sustancias psicoactivas y, en lugar de constituir una prohibición general en todo el espacio público, instituye zonas específicas para la prohibición del consumo y porte. En este sentido, no se pretende penalizar el consumo sino regularlo de manera que no se realice en lugares concurridos por niños.

Fuente: Cámara de Representantes, República de Colombia

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