Celebran en las instalaciones del Palacio Legislativo de San Lázaro el Foro  “Armonización de la Prisión Preventiva Oficiosa”.

 

En el Foro, la diputada María del Pilar Ortega Martínez y presidenta de la Comisión de Justicia, comunicó que venció el plazo para tener la legislación secundaria derivada de la reforma al artículo 19 Constitucional sobre la ampliación del catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva.

“Se venció en el periodo de receso, de tal manera que la intención de la Comisión es que, una vez que se estableció con la Mesa Directiva una ruta de trabajo para efecto de generar la legislación, se tuviera un encuentro como éste”.

La legisladora señaló que el Congreso deberá revisar la evolución de estas nuevas medidas de prisión preventiva oficiosa y reflexionar en torno a la manera en que las normas se van a plasmar en la legislación secundaria; es decir, cuáles son los ajustes que tendrá en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

La diputada Mariana Rodríguez Mier Y Terán (PRI), secretaria de la Comisión, aseguró que ampliar el catálogo de delitos proclives de prisión preventiva oficiosa no será suficiente hacia la pacificación del país, que es en definitiva lo que la sociedad ha estado pidiendo.

“Desde que se inició con este sistema ha habido una lista de delitos que está considerada y que contempla el 19 constitucional, pero que lejos de haber descendido se han incrementado”, subrayó. “El tema no es aumentar o no el catálogo de delitos, sino la manera en que lo estamos enfrentando”, aclaró.

Óscar Langlet González, coordinador de asesores del fiscal General de la República, señaló que para la institución la prisión preventiva oficiosa representa un elemento de vital importancia en la impartición de justicia, como medida cautelar excepcional de la privación de la libertad sujeta a proceso penal.

Explicó que los acuerdos reparatorios en aquellos delitos que las propias leyes lo permiten como un elemento fundamental del sistema penal acusatorio. Uno de los requisitos establecidos para celebrarlos es la no privación de la libertad, aclaró.

Langlet González manifestó que se está trabajando con la Comisión de Justicia en proponer la posibilidad que cuando las partes manifiesten su voluntad de celebrar acuerdos reparatorios de cumplimiento inmediato, el Ministerio Público pueda solicitar al juez levantar la medida cautelar que hubiese impuesto, a fin de mantener la posibilidad de que se pueda solicitar al juez levantar esta medida cuando las condiciones particulares del caso lo ameriten.

“La introducción de estas reformas deberían generar nueva certeza para la operación del sistema y facilitar el trabajo de los ministerios públicos en el caso de los delitos incluidos en el catálogo”.

Por su parte, Jorge Alberto Lara Rivera, licenciado en Derecho y Relaciones Internacionales de la UNAM y ex diputado federal en la LVIII legislatura, sostuvo que hay un mandato constitucional de revisar la eficacia de la medida cautelar, de la cual “no tenemos evidencia todavía de que sea útil. No hay evidencia.»

«Por ello, el ejercicio legislativo, que con toda seriedad y objetividad realizan los diputados y posteriormente los senadores, tendrá que contar con evidencia empírica que justifique la pertinencia de la inclusión de todos estos delitos”, concluyó.

Fuente: Cámara de Diputados, República de México

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