El Senado de la Nación creó nuevos delitos, penas y multas para proteger el medio ambiente en Colombia.

El nuevo régimen sancionatorio ambiental y el incremento de las nuevas medidas penales buscan mitigar los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente en Colombia, con el fin de proteger el ecosistema y mejorar las condiciones de vida.

Con esta modificación y actualización al título XI del Proyecto de Ley No. 446 de 2021 Senado – 283 de 2019 Cámara se pretende controlar y contrarrestar los daños producidos contra el medio ambiente, estableciendo una mayor penalidad con un incremento del 25% de multas y condenas para quienes incurran en los delitos que pongan en riesgo al medio ambiente y los recursos naturales.

Principalmente, con esta iniciativa se crean nuevos tipos de delitos:

  • El tráfico de fauna.
  • Deforestación.
  • Promoción y financiación de la deforestación.
  • Tenencia o transporte de mercurio.
  • Financiación de invasión de áreas de especial importancia ecológica.
  • Apropiación ilegal de baldíos de la Nación.

El propósito de la iniciativa es preservar y proteger el medio ambiente y los recursos naturales. Para ello, se articularán las instituciones como el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Ministerio de Justicia y del Derecho, Ministerio de Minas, y Energía, Ministerio de Defensa Nacional, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, La Agencia Nacional de Tierras, La Autoridad Nacional de Acuicultura y pesca.

La Fiscalía General de la Nación se suma a las mencionadas con el objetivo de prevenir estos delitos y penalizar con mayor rigor a aquellos grupos delincuenciales dedicados a la deforestación, al tráfico de animales exóticos, entre otros delitos.

La Fiscalía General de la Nación será el ente encargado de judicializar a los detractores del medio ambiente, y de penalizar de acuerdo al daño causado.

La iniciativa también contempla penas de prisión que van desde los 5 años hasta los 15 años y sanciones económicas desde los 134 salarios mínimos hasta los 50.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes establecidos en el código penal. Además, dispone que quienes incurran en ocho de los delitos contemplados en el código penal no tendrán ningún beneficio.

Tipificación penal, multas y condenas:

-Tráfico de Fauna: prisión de 5 a 11 años y una multa de 300 hasta 40.000 salarios mínimos legales vigentes

– Tenencia o transporte de mercurio, quien almacene, transporte o comercialice mercurio, incurrirá en prisión de 4 a 6 años y una multa mensual de 134 a 50.000 salarios mínimos legales vigentes.

– La deforestación, con pena de cárcel de 5 a 12 años y una sanción económica mensual desde 134 hasta 50.000 salarios mínimos legales vigentes.

– Promoción y financiación de la deforestación tendrá prisión de 8 a 15 años y una sanción mensual de 300 a 50. 000 salarios mínimos legales vigente.

– Financiación de invasión a áreas de especial importancia ecológica, con pena de 8 a 15 años de cárcel y una multa mensual de trescientos 300 a 50.000 salarios mínimos legales vigente.

– Apropiación ilegal de los baldíos de la nación, con prisión de 6 a 12 años más una multa mensual de ciento cuarenta 140 a 50.000 salarios mínimos legales vigentes.

– Financiación de la apropiación ilegal de los baldíos de la Nación tendrá prisión de 8 a 15 años y una multa mensual de 300 a 50.000 salarios mínimos legales vigentes.

– Daños en los recursos naturales y ecocidio, se estipula en el Artículo 333. El cual se refiere al daño masivo y destrucción generalizada de los ecosistemas con penas que van desde los 5 años hasta los once años y medio y una multa de 134 salarios mínimos hasta los 50.000 salarios mínimos legales vigentes.

Fuente: Prensa Senado República de Colombia


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