El Senado aprobó la ley que exonerará a los colombianos que hayan sido objeto de estafas, vía virtual, de pagar créditos y ser reportadas a centrales de riesgo.

 

 

En Colombia, entrará a regir en los próximos días esta ley que fue discutida y aprobada por el Senado, en el cierre del pasado período de sesiones ordinarias.

Esta ley llega en un momento en el que, según un estudio de Tendencias Globales de Fraude Digital elaborado por TransUnion, revelado en mayo pasado, en Colombia los casos de intentos de fraude digital crecieron de forma vertiginosa a un 134 %, mientras que a nivel mundial se registra un 52%. Según el reporte, tres de cada diez colombianos estuvieron expuestos a estos tipos de delitos.

Ante esta compleja situación, que afecta en particular a personas que fueron engañadas, se tramitó este proyecto de autoría del representante a la Cámara, Duvalier Sánchez, Alianza Verde.

Con esta ley, por lo menos 40 mil personas que han sido víctimas de estafas digitales, podrán quedar exoneradas de pagos de productos, o créditos que nunca tomaron.

El senador Jonathan Pulido Hernández, Partido Alianza Verde, ponente del proyecto, sostuvo que son miles los colombianos a quienes les ha tocado pagar cosas que no han comprado, y centeneres de personas que están reportados en las centrales de riesgo, por no pagar deudas que no son suyas, “esta ley busca implementar una verificación de seguridad, unos protocolos para verificar de forma correcta y rigurosa la identidad de la persona, para que no haya estos excesos de suplantación digital. Es un blindaje, tanto para la empresa que vende, como para el comprador; no perderá ninguno, ni el colombiano que va a ser suplantado”, precisó el congresista.

En plenaria de la corporación, se resaltó que la delincuencia aprovechó que desde el 2020 se ha dado un importante crecimiento en las transacciones digitales, en razón de la pandemia que enfrentó Colombia y el mundo.

Para recibir ese beneficio de la ley que acogió la plenaria del Senado, lo primero que deberá hacer la víctima de suplantación es reportar a la entidad financiera, o al operador telefónico, que fue suplantada y tiene una deuda vigente, para lo cual el operador le deberá informar que debe interponer la denuncia antes de 20 días hábiles.

El paso siguiente, señala el articulado, es que la entidad suspende de inmediato los cobros, y debe retirar el reporte negativo de la víctima en las centrales de riesgo. Luego será la fiscalía general de la Nación, la que verificará si hubo suplantación, y de ratificarse la víctima será exonerada y desvinculada de cualquier cobro y reporte. Pero la ley es precisa en indicar que, si se comprueba que no existió suplantación, se reanudarán los cobros, reportes, y el denunciante enfrentará responsabilidades penales por falsa denuncia.

Durante el trámite de la ley se resaltó que en adelante toda la carga no le quedará únicamente a la víctima, sino que las entidades deberán colaborar en el proceso judicial y mejorar sus mecanismos de ciberseguridad.

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