La Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto el litigio que enfrentaba a un médico y a la madre de uno de sus pacientes, a raíz de la difusión por parte de esta en distintas páginas de Internet de comentarios y escritos que cuestionaban la actuación médica realizada para el tratamiento de su hijo. La paciente tendrá que indemnizar con 9.000 euros por comentarios vertidos que dañan al honor del facultativo.

 El médico formuló demanda de protección de su derecho al honor pidiendo el cese de dicho comportamiento, al entender que lesionaba gravemente su honor y prestigio profesional. El Juzgado y la Audiencia apreciaron el carácter ilegítimo de la intromisión.

La sentencia de apelación precisó además que, aunque la de primera instancia tomó en consideración frases que no aparecían en la demanda ni resultaban de la documentación obrante en autos, se trataba de frases que la demandada nunca negó que se hubieran incluido en las páginas web, siendo una de estas, en particular la que comparaba la actuación médica del demandante con la efectuada por los médicos de la Alemania nazi, una expresión que no puede quedar amparada en ningún caso en la libertad de expresión por exceder de una lícita crítica a la pericia profesional. Ahora el Supremo confirma este mismo pronunciamiento.

 La sentencia, de la que es ponente el presidente de la Sala Primera, D. Juan Antonio Xiol Ríos, sitúa el conflicto en la colisión entre la libertad de expresión y el derecho al honor, y recuerda que su solución exige un juicio de ponderación, no solo abstracto, en donde goza de prevalencia la primera, sino que atienda también al peso relativo de tales derechos en función de las circunstancias del caso.

En aplicación de estas premisas, concluye que en el supuesto enjuiciado existen razones para revertir la preponderancia de la que goza la libertad de expresión, a favor del derecho al honor del demandante. Según se afirma, el interés general de los hechos divulgados en la página web es incuestionable, pues todos los sucesos aparejados a intervenciones médicas despiertan interés en la generalidad de la población, habida cuenta de la alta probabilidad de someterse a este tipo de tratamientos que tiene cualquier persona o sus familiares. Sin embargo, lo relevante para revertir el juicio de ponderación a favor del derecho al honor radica en la utilización de expresiones desproporcionadas, ofensivas, vejatorias y no necesarias para expresar la opinión crítica a la labor profesional del demandante.

 Entiende así el Supremo que se produjo una intromisión ilegítima en el derecho al honor del médico, en su vertiente de prestigio profesional, desde el instante en que los comentarios divulgados “no obedecen simplemente al lógico deseo de expresar públicamente su indignación por los hechos acontecidos respecto de su hijo o su discrepancia con los pronunciamientos judiciales recaídos en los procesos interpuestos para depurar posibles responsabilidades derivadas de una mala praxis médica sino que da un paso más y entra de lleno en el terreno de la descalificación, de la difamación con el empleo de expresiones que lejos de reflejar una opinión escarnecen y humillan al demandante al atribuirle directamente la comisión de un acto criminal, que sin embargo jamás fue acreditado; imputación en la que es evidente el carácter difamatorio y el desmerecimiento en el concepto público”.

 El hecho probado de imputar al demandante el uso de “procedimientos nazis” o de “comparar su actuación médica con los experimentos llevados a cabo por los médicos de la Alemania nazi” entiende la Sala que es un símil de una extraordinaria dureza que resulta desproporcionado con el mensaje que se trasmitía y el contexto en el que se desarrollaba, porque, si el fin era la denuncia y la crítica pública a la práctica médica llevada a cabo en relación a su hijo, los términos empleados desde la perspectiva y finalidad indicada son innecesarios.

1 Comentario

  1. Si hubiese habido justicia,y los médicos hubieran sido condenados por mala praxis de acuerdo a todas las constancias del expediente como lo relata la actora en su web, tal vez no se hubiera llegado a esto.Es mi humilde opinión y espero que no me condenen por opinar así.

Dejar una respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.