El contrato de distribución carece de regulación normativa específica en nuestro país. Cuando se resuelve un contrato de este tipo, frecuentemente se plantea la cuestión de conocer si el distribuidor tiene derecho a reclamar una indemnización por clientela.
La jurisprudencia viene admitiendo este el derecho pero para establecer si existe, lo primero que hay que tener en cuenta es lo que se ha pactado en el contrato de distribución. A falta de acuerdo expreso, el distribuidor tendrá ese derecho siempre y cuando se den una serie de circunstancias, que expone el abogado de Sanahuja & Miranda, José María Peyra, en el siguiente vídeo.
Muchas gracias por estos comenatrios interesantes. pero como el empresario calcular el beneficio del distribuidor para poder calcular la indemnización.
Atte.
Alexander Sanz