La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, presidida por Juan Antonio Xiol Ríos, se reunirá en pleno el próximo 9 de mayo para resolver un recurso que sentará jurisprudencia al establecer la doctrina que deberán aplicar el resto de tribunales españoles ante las demandas presentadas por la venta de participaciones preferentes.
Concretamente, el TS conocerá de un recurso extraordinario por infracción procesal y de un recurso de casación presentado por Banco Santander sobre un asunto relacionado con la venta de este producto financiero de alto riesgo.
El pleito que ha llegado a la Sala se inició mediante la demanda de un matrimonio contra Banco Santander en la que se pedía al Juez que declarase que la venta de varios títulos del banco (participaciones preferentes) se hizo ocultando o sin informar a los compradores el riesgo financiero que comportaba la operación. También alegaron la existencia de un vicio del consentimiento porque, según los demandantes, el banco les manifestó que las participaciones serían reembolsables en cualquier momento y vencerían en septiembre de 2009, con el correspondiente abono, cuando, en realidad, la duración del contrato era perpetua o a voluntad de la entidad emisora.
El Juzgado de Primera Instancia de Mahón estimó la demanda y contra la sentencia interpuso recurso de apelación Banco de Santander, que fue desestimado por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca. Contra esta última sentencia, Banco de Santander ha interpuesto los recursos de que va a conocer el pleno de la Sala.
Es trascendente la reunión de la Sala en pleno para resolver este asunto porque la doctrina que siente la Sala al resolver el recurso ya se considera que crea jurisprudencia, sin tener que esperar a que recaiga otra sobre el mismo tema.
La Sala Primera del Tribunal Supremo ha querido resolver en pleno este asunto porque se refiere a un tema de «especial sensibilidad en los momentos actuales» que necesita una respuesta judicial que unifique la interpretación jurídica que sobre esta cuestión efectúan los Juzgados de Primera Instancia y las Audiencias Provinciales.