El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha aclarado en una reciente sentencia que las compañías aéreas no pueden negarse de forma generalizada a pagar compensaciones alegando decisiones del control del tráfico aéreo.
Lo determinante es qué circunstancias motivaron dichas decisiones y si estas fueron realmente extraordinarias. El caso tiene su origen en un vuelo de Esmirna a Varsovia que llegó a su destino con más de tres horas de retraso. La sentencia refuerza los derechos de los pasajeros y obliga a las aerolíneas a demostrar de forma concreta los motivos que justificarían quedar exentas del pago de una compensación.
Declaraciones de Lucía Cergarra, experta legal en derechos de los pasajeros de Flightright:
“Este pronunciamiento del TJUE supone un avance importante para los pasajeros aéreos, ya que refuerza las garantías frente a denegaciones de compensación que no estén debidamente justificadas. Las decisiones del control del tráfico aéreo forman parte del funcionamiento habitual de la aviación y, por tanto, no pueden utilizarse automáticamente para rechazar una reclamación. Con esta sentencia, queda claro que las aerolíneas deben acreditar las causas que motivaron esas decisiones y demostrar que realmente constituyen circunstancias extraordinarias. Se trata, sin duda, de una excelente noticia para los pasajeros y para la protección efectiva de sus derechos”.





