El 2022 es el año del Canal de Denuncias. Se trata de una herramienta para detectar e investigar las irregularidades internas de las organizaciones. Una vez transpuesta la Directiva 2019/1937, los organismos públicos y entidades privadas con 50 o más trabajadores estarán obligados a implantar un cauce interno de comunicación para denunciar todo tipo de irregularidades garantizando la seguridad y protección para el denunciante, que podrá, incluso, tener la opción de registrar su denuncia de forma anónima.

anticorrupciónAunque países como Portugal, Suecia y Dinamarca ya han adaptado la Directiva a su propia normativa, España ha sido sancionada por Bruselas por no trasladar a tiempo su legislación nacional. En este contexto, IDBO Consultants y Procesia han creado una herramienta fácil e intuitiva para la protección del denunciante -o whistleblower-, la investigación eficiente y resolución del procedimiento.

OBLIGADOS A CONTAR CON UN CANAL DE DENUNCIAS

Además de las empresas y entidades que cuenten con 50 o más trabajadores, sean del sector público o privado, existen numerosas organizaciones que deben implantar esta herramienta en virtud de otras normativas que les resulten aplicables: aquellas que estén obligadas a tener un Plan de Igualdad, entidades educativas o deportivas en las que haya presencia de menores, quienes deseen participar en determinadas licitaciones y/o recibir fondos europeos, todas las que tengan Programas de Cumplimiento Normativo Penal -también conocidos como Programas de Compliance- o sujetos obligados por la Normativa de Prevención de Blanqueo de Capitales (PBC) y Financiación del Terrorismo (FT).

Los Estados Miembros deberán regular las sanciones por incumplimiento de la Directiva. Sin embargo, según otras normativas vigentes en nuestro país, las sanciones por no contar con dichos cauces de comunicación pueden llegar hasta los cinco millones de euros.

LAS GARANTÍAS DEL CANAL DE DENUNCIAS DE IDBO CONSULTANTS

Esta herramienta online dota a las entidades públicas y privadas de un sistema seguro, confidencial y ágil tanto para efectuar la denuncia como para investigar las infracciones, y ha sido desarrollada por parte de expertos jurídicos que, además, prestan servicios especializados en el cumplimiento normativo empresarial. El alertador notificará su sospecha de infracción a través de un formulario predefinido en el que la gama de irregularidades contempladas es muy amplia, incluyéndose entre ellas: fraude y corrupción, delitos contra la propiedad intelectual, delitos contra la salud pública, blanqueo de capitales, vulneración de derechos de los trabajadores, prácticas que atentan contra el medioambiente o incumplimientos de la normativa sobre protección de datos.

Así se garantizan las buenas prácticas, pero también se evitan repercusiones legales, económicas y reputacionales a la empresa o que las personas jurídicas se enfrenten a consecuencias penales derivadas de incumplimientos y comisión de delitos.

De cara a los empleados, exempleados, proveedores y colaboradores, esta herramienta ofrece la posibilidad de abrir una investigación de forma confidencial o desde el anonimato –la protección de datos ha sido un factor esencial a la hora de desarrollar este canal de denuncias-, y garantiza así también la imparcialidad en la investigación ya que permite contar con colaboradores de la empresa o entidad y/o con equipos externos e imparciales, evitando que intervengan personas que podrían encontrarse ante una situación de conflicto de interés o de falta de objetividad, así como la posible toma de represalias frente al denunciante. En el caso de tratarse de una denuncia anónima, este carácter se mantendrá durante toda la investigación, aunque existen mecanismos anónimos que permiten al denunciante revisar el estado de la denuncia o ser consultado durante todo el procedimiento en caso de ser requerido por parte de la organización. Una vez presentada la denuncia, la organización deberá acusar recibo en un plazo máximo de siete días y si se activa el procedimiento de investigación, éste deberá resolverse en un plazo máximo de tres meses.

De lo que se trata, en definitiva, es de proteger al denunciante y fomentar el cumplimiento normativo y la ética empresarial, incluyendo aspectos fundamentales como los derechos de los trabajadores, la prevención del acoso y el abuso en el ámbito laboral, la corrupción, los derechos de los consumidores y delitos contra el medio ambiente, entre otros. A nivel nacional, con la transposición (pendiente de aplicar), se facilitará a las organizaciones la adaptación a esta nueva exigencia por medio de canales de denuncias como el que IDBO Consultants y Procesia han desarrollado con todas las garantías.

Fuente: IDBO Consultants

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