La Audiencia Nacional ha dictado una nueva sentencia que clarifica el alcance de los Informes Motivados Vinculantes (IMV) en la aplicación de las deducciones fiscales por I+D+i en ejercicios posteriores a 2015, bajo la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades (LIS).

La resolución confirma el criterio ya apuntado por el Tribunal Supremo, estableciendo una distinción clara entre el ámbito técnico protegido por los IMV y las facultades de comprobación económica de la Administración tributaria en la aplicación de estos incentivos fiscales.

Cabe recordar que los IMV son los instrumentos emitidos por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades que certifican la naturaleza tecnológica de los proyectos desarrollados por las empresas, y son de gran utilidad para garantizar que Hacienda acepte la calificación técnica del proyecto como I+D+i, limitando sus inspecciones únicamente a comprobar los gastos declarados. En definitiva, este pronunciamiento sobre los IMV refuerza la seguridad jurídica al definir con mayor precisión los criterios para la aplicación de las deducciones fiscales por I+D+i.

Carácter vinculante de los Informes Motivados

En particular, la sentencia determina que los IMV mantienen su carácter vinculante en la calificación técnica de los proyectos, lo que incluye la determinación de si una actividad constituye investigación y desarrollo o innovación tecnológica (I+D+i), así como su encuadre en el artículo 35 de la LIS. 

Al mismo tiempo, el fallo reconoce que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) conserva sus facultades de comprobación sobre los aspectos económicos, pudiendo verificar los gastos incluidos en la base de la deducción, su correcta imputación y su vinculación efectiva con los proyectos, siempre que dichas actuaciones no impliquen una reconsideración indirecta de la calificación técnica previamente validada mediante los IMV.

Este pronunciamiento resulta especialmente relevante en el contexto posterior a la reforma de la normativa del Impuesto sobre Sociedades, al aportar mayor claridad interpretativa sobre el alcance de los IMV y reducir la incertidumbre existente en su aplicación práctica.

Continuidad de la doctrina del Tribunal Supremo

La sentencia se enmarca en la línea jurisprudencial consolidada por el Tribunal Supremo en 2024, especialmente en las distintas sentencias de dicho ejercicio (i, ii, iii), que abordaron cuestiones clave relacionadas con la aplicación de las deducciones fiscales por innovación tecnológica, especialmente en proyectos de desarrollo de software.

En dichas resoluciones, el Alto Tribunal estableció principios como el carácter vinculante de los IMV en la calificación técnica, la necesaria coherencia de actuación dentro de la propia Administración y la limitación del valor probatorio de determinados informes internos de la AEAT. Asimismo, reafirmó la competencia de la Administración para comprobar la realidad y trazabilidad de los gastos.

Aunque estas sentencias se referían al marco normativo anterior (TRLIS), han servido como base para la interpretación en el régimen vigente.

Impacto para las empresas

La nueva resolución contribuye a consolidar un marco más claro para la aplicación de las deducciones fiscales por I+D+i, reforzando la seguridad jurídica asociada a la calificación técnica de los proyectos y delimitando el alcance de las facultades de comprobación de la Administración.

Este criterio permite a las empresas afrontar con mayor certidumbre los procedimientos de inspección, al tiempo que subraya la importancia de una adecuada justificación documental y contable de los gastos.

Seguridad jurídica en un entorno de creciente complejidad

FI Group by EPSA ha participado en el procedimiento que ha dado lugar a esta sentencia, cuya dirección letrada ha sido asumida por el equipo de Regulatorio de FI Group by EPSA.

Víctor Cruz, Regulatory Public Affairs & Strategy Director, señala que, en este contexto, la compañía ha desarrollado Real Time Consulting, una metodología de trabajo propia orientada a minimizar los riesgos a los que se enfrentan las empresas en la aplicación de incentivos fiscales.

“Este enfoque refuerza el compromiso de FI Group by EPSA con la seguridad jurídica, acompañando a sus clientes en todas las fases del proceso, desde la planificación hasta la defensa en vía administrativa y contenciosa”, continúa Cruz.

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