En la Cámara de Senadores se abrió el debate sobre la posibilidad de que los padres puedan elegir orden de apellidos de sus hijos.

El fundamento de planteo radica en que consistiría en una especie de reivindicación para mujeres que se han hecho cargo de sus hogares.

En efecto, la senadora Antares Guadalupe Vázquez Alatorre propuso una reforma al artículo 58 del Código Civil Federal, a fin de que los padres y madres puedan registrar a sus hijos con los apellidos en el orden que definan.

El artículo 58 sólo prescribe: “El acta de nacimiento se levantará con asistencia de dos testigos. Contendrá el día, la hora y el lugar del nacimiento, el sexo del presentado, el nombre y apellidos que le correspondan; asimismo, la razón de si se ha presentado vivo o muerto; la impresión digital del presentado. Si éste se presenta como hijo de padres desconocidos, el Juez del Registro Civil le pondrá el nombre y apellidos, haciéndose constar esta circunstancia en el acta.

Si el nacimiento ocurriere en un establecimiento de reclusión, el Juez del Registro Civil deberá asentar como domicilio del nacido, el Distrito Federal.

En los casos de los artículo 60 y 77 de este Código el Juez pondrá el apellido paterno de los progenitores o los dos apellidos del que lo reconozca…”

La legisladora de Morena señaló que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha definido que es inconstitucional obligar a registrar a un recién nacido anteponiendo el apellido paterno, pues esta práctica relega a la mujer a un rol secundario en el ámbito familiar.

La Suprema Corte entendió que dicha disposición establece un prejuicio que discrimina y disminuye el rol de las mujeres en las familias y, en consecuencia, en la sociedad.

Vázquez Alatorre explicó que la imposición del apellido paterno responde a un trasfondo histórico, en el cual la concepción del hombre como jefe y portador del apellido de la familia relega a las mujeres al papel de simples integrantes, lo que niega las funciones que realizan.

No hay justificación para limitar el derecho de los padres a elegir el nombre de sus hijos, a partir de prejuicios que pretenden perpetuar la situación de superioridad del hombre en las relaciones familiares, asentó.

La senadora comentó que los cambios sociales y culturales han influido en el aumento de hogares con jefatura femenina, lo que ha motivado diversas investigaciones para conocer las causas y las condiciones en las que se desarrollan.

En la gran mayoría de los hogares mono maternales el apellido que llevan las hijas o hijos es el del padre, por lo que la posibilidad de elegir, para su descendencia, el apellido materno no es sólo una reivindicación de su propia identidad, sino el establecimiento de una estirpe que permita a las generaciones futuras el conocimiento de su origen y tradiciones.

Por ello, Antares Vázquez aseguró que esta reforma permitirá dar un reconocimiento a las mujeres que, en muchas partes del país, sostienen no sólo a las familias, sino a sus comunidades a lo largo de las generaciones.

Fuente: Senado de la República de Chile


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