La diputada del PT, Plantea Margarita García, señala que las implicaciones de su utilización debe estar acompañado de responsabilidades legales y éticas, toda vez que puede llegar a tener gran impacto en las personas.
La diputada federal Margarita García García (PT) impulsa una iniciativa para reformar el artículo 1916 del Código Civil Federal y adiciona un artículo 368 Sexties al Código Penal Federal, en materia de Inteligencia Artificial (IA), a fin de sancionar a quien haga uso de ésta a través de imagen, voz o identidad, sin tener el consentimiento debido.
La inteligencia artificial se refiere al desarrollo de máquinas capaces de realizar tareas que normalmente requieren inteligencia humana. Incluye áreas como el reconocimiento de texto o voz, la resolución de problemas y la toma de decisiones. El desarrollo de la IA suele requerir la introducción de grandes cantidades de datos para ayudar a los sistemas a «aprender».
El entrenamiento de sistemas de IA es, tan solo,el uso más reciente que se le ha dado a los datos personales de los usuarios que las empresas recopilan online. Pero la información sobre cómo se utilizan estos datos, qué consentimiento es necesario y cómo se regulan dichos datos no siempre está clara.
Se dice que el desarrollo de la IA descansa sobre los pilares de los algoritmos, el hardware y los datos. Los datos se consideran el cabo suelto, y el consentimiento del usuario es una parte importante de esta cuestión.
El rápido avance del entrenamiento de la IA y los usos de la tecnología han suscitado inquietudes sobre el consentimiento de los usuarios y las implicaciones éticas del uso de datos personales. Si los datos de los usuarios se utilizan para entrenar la IA, ¿tienen éstos derechos sobre los resultados?
En un comunicado indicó que la modificación al Código Civil establecerá que cuando un ilícito se produzca a través del uso de IA y genere una afectación en la persona, provocando daño patrimonial o deterioro de imagen, generando discriminación o desprecio, la persona responsable estará obligado a repararlo, mediante una indemnización en dinero.
Respecto al Código Penal, García García ahondó que cualquiera que usurpe con fines ilícitos la identidad de otra persona, a través de documentación, medios electrónicos, inteligencia artificial o cualquier otra vía, se le impondrá una pena de 10 a 15 años de prisión y una multa de tres veces del total del daño patrimonial causado.
Señaló que el uso de la IA debe estar acompañado de responsabilidades legales, éticas, sociales y culturales, ya que las implicaciones de su utilización pueden llegar a tener grandes impactos en las personas, como la falta de transparencia, prejuicios y discriminación, falta de privacidad, dilemas éticos, riesgos para la seguridad, concentración del poder, dependencia, desplazamiento laboral, desigualdad económica, entre otras.
La legisladora por Oaxaca aseguró que como consecuencia de una inexistente regulación en México, se han dado casos en donde se crea la imagen de una persona con IA, sin que ésta haya dado su autorización.
Asimismo, ocurre con traductores o intérpretes, ya que se graba la voz y posteriormente la reproducen sin el consentimiento, por lo que es inaplazable detener estos robos de identidad.






